Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 239

Fecha del Boletín 
07-10-2022

Sección 1.4.30.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20221007-37

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios

CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y POLÍTICA SOCIAL

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ADENDA de 14 de septiembre de 2022, de prórroga para el período 1 de diciembre de 2022 a 30 de noviembre de 2023, ambos inclusive, del convenio entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social, y la Mancomunidad Sierra Norte, para articular la atención a personas con discapacidad intelectual en centro ocupacional.

Madrid, a 14 de septiembre de 2022.

REUNIDOS

De una parte, la Excma. Sra. D.a María Concepción Dancausa Treviño, Consejera de Familia, Juventud y Política Social de la Comunidad de Madrid, nombrada mediante Decreto 47/2021, de 19 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, actuando en virtud de las atribuciones que le confieren el artículo 41 a) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y el artículo 4.3 a) de la Ley 8/1999, de 9 de abril, de adecuación de la normativa de la Comunidad de Madrid a la Ley estatal 4/1999, de 13 de enero.

Y de otra, D.a Mercedes López Moreno, Presidenta de la Mancomunidad Sierra Norte, actuando en virtud de las atribuciones que le confieren y otorgan el artículo 21 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y el artículo 41 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, así como los Estatutos de la Mancomunidad, y elegida en la Sesión Plenaria de Constitución de la Mancomunidad celebrada el día 13 de septiembre de 2019.

Ambos intervienen en nombre y representación de las instituciones señaladas, reconociéndose capacidad jurídica suficiente para suscribir la presente adenda, y

MANIFIESTAN

Primero

Que el día 30 de noviembre de 2020, la Comunidad de Madrid, a través de la entonces Consejería de Políticas Sociales, Familias, Igualdad y Natalidad, y la Mancomunidad Sierra Norte, suscribieron un convenio para la atención a personas con discapacidad intelectual en centro ocupacional, para un plazo de vigencia de un año. Esta vigencia se inició el día 1 de diciembre de 2020 y finaliza, por tanto, el 30 de noviembre de 2021, existiendo la posibilidad de prorrogarse por períodos de, como máximo, la misma duración que el plazo de vigencia inicial, durante un máximo de cuatro años, mediante acuerdo expreso de las partes, adoptado en cualquier momento antes de la finalización del plazo previsto de vigencia.

Segundo

Que, como consecuencia de este convenio, la Mancomunidad Sierra Norte pone a disposición de la Comunidad de Madrid treinta plazas del centro ocupacional sito en avenida de Madrid, número 40, Lozoyuela-Navas-Sieteiglesias, e inscrito en el Registro de Entidades, Centros y Servicios de Acción Social de la Comunidad de Madrid con el número de inscripción registral C1868. De estas plazas la Consejería financia la atención de 28 y la Mancomunidad la de las 2 restantes.

Tercero

Que, de conformidad con lo dispuesto en la cláusula cuarta del convenio, los precios acordados, tanto para la plaza ocupada como para la plaza en ausencia y como para el plus de transporte, garantizan la atención especificada en el anexo I del convenio, comprendiendo todos los conceptos que se deban abonar por dicha plaza, incluidas las tasas e impuestos que procedan.

La Consejería asume el gasto del plus de transporte de las treinta plazas objeto del convenio, siempre que estén ocupadas, debido a la dispersión geográfica de sus usuarios y a la dificultad de la Mancomunidad de hacer frente a dicho gasto.

En el supuesto de que el usuario no utilice el servicio de transporte, el precio de la plaza ocupada se reducirá en un 5 por 100 y no se abonará el plus de transporte.

Cuarto

Que, de conformidad con lo dispuesto en la cláusula quinta del convenio, en el supuesto de prórroga no se efectúa revisión de precios en cumplimiento de las condiciones estipuladas en el Real Decreto 55/2017, de 3 de febrero, por el que se desarrolla la Ley 2/2015, de 30 de marzo, de desindexación de la economía española.

Quinto

Que, con fecha 26 de noviembre de 2021, se suscribió entre ambas partes adenda de prórroga para el período 1 de diciembre de 2021 a 30 de noviembre de 2022, ambos inclusive, del convenio entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social, y la Mancomunidad Sierra Norte, para articular la atención a personas con discapacidad intelectual en centro ocupacional.

Sexto

Que, al amparo de la cláusula novena de dicho convenio, las partes acuerdan suscribir la presente adenda de prórroga del convenio para el período 1 de diciembre de 2022 a 30 de noviembre de 2023, ambos inclusive, aprobada por la Junta de Gobierno Local de la Mancomunidad Sierra Norte en la sesión celebrada el 14 de junio de 2022 con arreglo a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera

Prórroga

El convenio queda prorrogado para el período comprendido entre el 1 diciembre de 2022 y el 30 de noviembre de 2023, ambos inclusive.

Segunda

Financiación

El importe a financiar por parte de la Consejería se calcula con los precios recogidos en la cláusula cuarta del convenio tal y como se recoge en la siguiente tabla:

La Consejería, consecuentemente, abonará el importe de la prórroga que asciende a la cantidad de 335.677,94 euros (IVA exento) aplicándose el coste de la misma con cargo a la clasificación económica 25400, con Corporaciones Locales, de la clasificación funcional 231F, Atención Especializada a Personas con Discapacidad, del vigente Presupuesto de Gastos de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social de la Comunidad de Madrid.

Y para que así conste, y en prueba de conformidad de las partes, se firma la presente adenda al convenio.

Madrid, a 14 de septiembre de 2022.—La Consejera de Familia, Juventud y Política Social, María Concepción Dancausa Treviño.—La Presidenta de la Mancomunidad Sierra Norte, Mercedes López Moreno.

(03/18.668/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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