Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 241

Fecha del Boletín 
10-10-2022

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20221010-100

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE VILLAVIEJA DEL LOZOYA

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

100
Villavieja del Lozoya. Organización y funcionamiento. Delegación funciones

Por resolución de Alcaldía 213/2022, de 28 de septiembre, se han acordado los acuerdos que se transcriben a continuación:

Vista la Resolución de la Alcaldía número 140/2022, de 1 de julio de 2022, por la que se acordó, entre otros, el siguiente acuerdo, que copiado literalmente dice:

“Primero.—Delegar en doña María del Rocío Prieto Blázquez, teniente de alcalde de este Ayuntamiento, la totalidad de las funciones de la Alcaldía, en los términos del artículo 23.3 Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, durante el período comprendido entre el 1 de julio de 2022 y mientras la señora alcaldesa permanezca en situación de incapacidad temporal y disfrute de su futuro permiso/descanso por maternidad”.

Teniendo en cuenta que la situación de incapacidad temporal y disfrute de permiso/descanso por maternidad de esta Alcaldía ha finalizado, resuelvo:

Primero.—Dejar sin efecto la delegación de la totalidad de las funciones de la Alcaldía en la teniente de alcalde doña María del Rocío Prieto Blázquez, asumiendo de nuevo todas las funciones que corresponden a mi cargo desde el día de hoy.

Segundo.—La presente resolución será publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, dándose cuenta de su contenido al Pleno de la Corporación en la primera sesión que esta celebre.

En Villavieja del Lozoya, a 28 de septiembre de 2022.—La alcaldesa en funciones, María del Rocío Prieto Blázquez.

(03/18.870/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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