Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 241

Fecha del Boletín 
10-10-2022

Sección 1.2.29.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20221010-19

Páginas: 7


I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO

19
RESOLUCIÓN de 21 de septiembre de 2022, de la Dirección General de Función Pública, por la que se aprueban las relaciones provisionales de aspirantes admitidos y excluidos en las pruebas selectivas del proceso extraordinario de estabilización de empleo temporal del personal funcionario para el ingreso en el Cuerpo de Bomberos de la Comunidad de Madrid, Escala Ejecutiva u Operativa, Especialidad de Comunicaciones, Categoría de Operador, Grupo C, Subgrupo C1, y se publica la relación provisional de excluidos.

Mediante Orden 681/2021, de 30 de noviembre, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 294, de 10 de diciembre), se convocaron las pruebas selectivas del proceso extraordinario de estabilización de empleo temporal del personal funcionario para el ingreso en el Cuerpo de Bomberos de la Comunidad de Madrid, Escala Ejecutiva u Operativa, Especialidad de Comunicaciones, Categoría de Operador, Grupo C, Subgrupo C1.

De conformidad con lo establecido en las bases octava y novena de la Orden 290/2018, de 27 de junio, de la entonces Vicepresidencia, Consejería de Presidencia y Portavocía del Gobierno (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 163, de 10 de julio), por la que se aprueban las bases generales por la que se regirán las convocatorias de procesos selectivos de personal funcionario de Administración y Servicios de la Comunidad de Madrid, esta Dirección General, en uso de las facultades que tiene atribuidas,

RESUELVE

Primero

Aprobar las relaciones provisionales de aspirantes admitidos y excluidos en las referidas pruebas selectivas, que se expondrán en los tablones de anuncios de las oficinas de asistencia en materia de registro cuyas direcciones pueden consultarse en el enlace: https://www.comunidad.madrid/servicios/informacion-atencion-ciudadano o a través del Portal del Ciudadano de la Comunidad de Madrid.

Asimismo, a efectos meramente informativos, dichas relaciones se encontrarán disponibles en la página web: https://www.comunidad.madrid/gobierno/espacios-profesionales/bomberos-op...

Segundo

Publicar, como Anexo a esta Resolución, la relación provisional de aspirantes excluidos en el mencionado proceso selectivo.

Tercero

De acuerdo con lo previsto en el apartado segundo de la base novena de la reseñada Orden 290/2018, de 27 de junio, los aspirantes excluidos expresamente, así como los que no figuren en la relación de admitidos ni en la de excluidos, dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación de la presente resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, a fin de subsanar el/los defecto/s que haya/n motivado su exclusión o su no inclusión expresa en la relación provisional de admitidos al referido proceso.

Cuarto

1. La cumplimentación y presentación de subsanaciones se ajustará a lo establecido en el Decreto 188/2021, de 21 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la obligación de relacionarse por medios electrónicos con la Administración de la Comunidad de Madrid del personal a su servicio y de los participantes en procesos selectivos. A tal efecto, la cumplimentación electrónica y presentación telemática de la solicitud de subsanación se realizará mediante el formulario que se incorpora a esta resolución, y en los términos en él establecidos, accediendo al mismo a través de la página web de la Comunidad de Madrid: https://www.comunidad.madrid/gobierno/espacios-profesionales/bomberos-op... en la sección “Listados de admitidos y excluidos”.

2. El formulario de subsanación, junto con la documentación acreditativa que, en su caso, corresponda, se dirigirán a la Dirección General de Función Pública, Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, y se presentarán de forma telemática, de conformidad con lo establecido en el punto primero de este apartado cuarto.

Para ello, la persona interesada debe disponer de uno de los certificados electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica, que sean operativos en la Comunidad de Madrid y expedidos por prestadores incluidos en la “Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación”, o cualquier otro sistema de firma electrónica que la Comunidad de Madrid considere válido en los términos y condiciones que se establezcan específicamente para cada tipo de firma, y tener instalada la aplicación “Autofirma”, que podrá descargarse, una vez cumplimentado el formulario de solicitud, en el proceso de envío a registro.

3. Las personas aspirantes que hubieren de subsanar deberán marcar la causa de exclusión que les resulte aplicable, cumplimentar los datos y/o presentar la documentación acreditativa que resulte necesaria para la subsanación.

4. Aquellas personas que no figuren en la relación de admitidos ni en la de excluidos habrán de marcar la causa identificada con el código “Z” del modelo de subsanación, acompañando al mismo copia de la solicitud de participación en las pruebas selectivas presentada en tiempo y forma, así como el resto de documentación que proceda en los términos indicados en la base tercera de la Orden 681/2021, de 30 de noviembre.

Quinto

De no realizarse por las personas interesadas las subsanaciones correspondientes en el plazo y forma establecidos o, si del examen de la documentación que, en su caso, hubieran aportado a tal fin, o de la obtenida de la consulta efectuada de oficio en los supuestos ya descritos, se dedujera que no reúnen los requisitos exigidos, figurarán en la relación definitiva de aspirantes excluidos del proceso de referencia.

Dado en Madrid, a 21 de septiembre de 2022.—La Directora General de Función Pública, por delegación de firma mediante Resolución de 24 de noviembre de 2021, la Subdirectora General de Planificación de Efectivos y Selección, Emilia Álvarez Tornero.









(03/18.906/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.2.29.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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