Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 241

Fecha del Boletín 
10-10-2022

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20221010-66

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

URBANISMO

Área de Gobierno de Desarrollo Urbano

66
Madrid. Urbanismo. Área de Gobierno de Desarrollo Urbano. Estatutos junta de compensación

La Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, en sesión celebrada el día 22 de septiembre de 2022 y en el expediente administrativo con número de referencia 711/2022/00847, ha adoptado el siguiente Acuerdo:

“Primero.—Aprobar definitivamente, de conformidad con lo establecido en el artículo 162.3 del Reglamento de Gestión Urbanística, aprobado por Real Decreto 3288/1978, de 25 de agosto, el Proyecto de Estatutos y Bases de Actuación para la constitución de la Junta de Compensación de la Unidad de Ejecución número 6 “Calle Bermeo” del Área de Planeamiento Específico 09.24 “Valdemarín Este”, promovido por Sociedad Limitada de la Cruz de la Trinidad y Urbanizadora La Zarzuela, S. L., propietarios que representan la totalidad de la superficie del ámbito.

Segundo.—Designar como representante de la administración actuante, en el órgano rector de la Junta de Compensación que se constituya, a la concejala-presidenta del Distrito de Moncloa-Aravaca o persona en quien delegue.

Tercero.—Publicar el acuerdo en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid y notificar individualizadamente a las personas propietarias afectadas, de acuerdo con lo establecido en el artículo 162.4 del Reglamento de Gestión Urbanística, aprobado por Real Decreto 3288/1978, de 25 de agosto.”

Lo que se publica para general conocimiento, significando que este Acuerdo pone fin a la vía administrativa, pudiendo interponer contra el mismo recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes, ante el mismo órgano que lo ha dictado según lo dispuesto en el artículo 124.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas o directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, de conformidad con lo establecido en los artículos 8 y 46 de la Ley 29/98, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, a contar en ambos casos desde el día siguiente a la publicación del presente Acuerdo, sin perjuicio de cuantos otros recursos se estime oportuno deducir.

Madrid a 26 de septiembre de 2022.—La directora de la Oficina de la Secretaría de la Junta de Gobierno, Carmen Toscano Ramiro.

(02/18.797/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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