Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 242

Fecha del Boletín 
11-10-2022

Sección 1.3.29.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20221011-20

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO

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ORDEN de 5 de octubre de 2022, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se establecen las condiciones de una emisión de Deuda Pública verde de la Comunidad de Madrid por un importe nominal máximo de 500.000.000,00 euros.

El Gobierno de la Comunidad de Madrid, a propuesta del Consejero de Economía, Hacienda y Empleo Pública, autorizó, en su reunión del 12 de enero de 2022, a disponer la realización de una o varias operaciones financieras a largo plazo por importe máximo de 4.467.104.522,46 euros, dentro del límite de endeudamiento establecido en el artículo 39 de la Ley 4/2021, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para 2022, y, en todo caso, por el importe máximo y condiciones que sean fijadas por el Acuerdo de Consejo de Ministros que lo autorice. Todo ello, según lo establecido en el artículo 90 de la Ley 9/1990 de 8 de noviembre, Reguladora de la Hacienda de la Comunidad de Madrid.

El Consejo de Ministros, en su reunión de 8 de febrero de 2022, ha autorizado a la Comunidad de Madrid, a formalizar préstamos a largo plazo y emitir deuda pública hasta un importe máximo de 3.327.594.932,46 euros.

Posteriormente, mediante Acuerdo de Consejo de Ministros de 13 de septiembre de 2022 se ha autorizado a la Comunidad de Madrid, a formalizar operaciones de deuda a largo plazo por importe máximo de 320.000.000,00 euros, correspondientes al segundo tramo de la referencia del déficit para 2022, establecido en el 0,6 por 100 del PIB Regional.

En virtud de los citados Acuerdos, dadas las condiciones actuales en el Mercado de Deuda Pública, de acuerdo con la autorización estatal, se considera conveniente que la Comunidad de Madrid proceda a realizar una emisión de deuda pública verde con una vida de 7,05 años a tipo de interés fijo. El importe no excede de los límites autorizados por los referidos Acuerdos.

En razón de lo expuesto y de conformidad con las facultades conferidas por el artículo 95 de la Ley 9/1990, de 8 de noviembre, Reguladora de la Hacienda de la Comunidad de Madrid, y por el artículo 40.5 de la citada Ley 4/2021, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para 2022,

DISPONGO

Primero

Realizar una emisión de Deuda Pública verde con las siguientes características:

Importe nominal máximo: 500.000.000,00 euros.

Modalidad: obligaciones.

Fecha de emisión y desembolso: 14 de octubre de 2022.

Precio de emisión: 100 por 100 sobre el importe nominal de la emisión.

Fecha de vencimiento: 31 de octubre de 2029.

Amortización: única, al vencimiento y a la par, libre de gastos para el tenedor.

Representación de las obligaciones: las obligaciones se representan mediante anotaciones en cuenta registradas a través del Sistema de Registro del Mercado de Renta Fija, AIAF, gestionado por la Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de Valores S. A.-Iberclear, siendo el importe nominal mínimo de negociación de 1.000,00 euros.

Negociación de los valores: Mercado de Renta Fija AIAF.

Suscripción: la suscripción de las obligaciones se realizará a través de las entidades colocadoras mediante el procedimiento de book building. El importe total de la emisión se adjudicará a cada entidad inversora adjudicataria proporcionalmente al importe solicitado y precio adjudicado, y se anotará en las cuentas de valores de los miembros del Mercado de Renta Fija AIAF que determinen las citadas entidades inversoras adjudicatarias.

Cupón: 2,822 por 100 fijo nominal anual, base Act/Act ICMA, no ajustado, convención día siguiente, pagadero en los aniversarios, comenzando el 31 de octubre de 2023 (primer cupón largo).

Otras condiciones: de acuerdo con la normativa aplicable a las Comunidades Autónomas, la presente emisión disfrutará de los mismos beneficios y condiciones que la Deuda Pública del Estado.

Segundo

La presente Orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 5 de octubre de 2022.—El Consejero de Economía, Hacienda y Empleo, P. D. (Orden de 3 de diciembre de 2021, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se delega el ejercicio de determinadas competencias y se desconcentra Protectorado de Fundaciones; BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 21 de diciembre), el Director General de Política Financiera y Tesorería, Rodrigo Robledo Tobar.

(03/19.289/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.29.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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