Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 242

Fecha del Boletín 
11-10-2022

Sección 1.4.28.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20221011-26

Páginas: 3


I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios

CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y AGRICULTURA

26
RESOLUCIÓN de 21 de febrero de 2022, de la Dirección General de Descarbonización y Transición Energética sobre autorización administrativa y aprobación del proyecto para la construcción de una subestación eléctrica de 132/15 kV en la carretera vía de servicio A-3, km 11,250 (ST Los Berrocales-USE248), en el término municipal de Madrid, solicitada por UFD Distribución Electricidad, S. A. Número de expediente: 2020P677-14-0141-00677.5/2020.

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero

Con fecha 1 de septiembre de 2020 tiene entrada en esta Dirección General de Descarbonización y Transición Energética escrito de UFD Distribución Electricidad, S. A. en el que se solicita la autorización administrativa y de aprobación del proyecto para la construcción de la instalación referenciada, al que se acompaña proyecto de ejecución firmado por María Isabel López Ferrer con n.o de colegiado 17566 del COIIM.

Segundo

Con fecha 12 de noviembre de 2021 y ref. 10/571411.9/21, a la vista del informe técnico del Área de Evaluación Ambiental elevado por la Subdirección General de Impacto Ambiental y Cambio Climático, se emite informe por la Dirección General de Descarbonización y Transición Energética de la Comunidad de Madrid (SEA 9.13/21), en el que se resuelve la no necesidad de tramitación de los procedimientos de evaluación de impacto ambiental establecidos en el artículo 7 de la Ley 21/2013 de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental.

Tercero

Por parte de esta Dirección General se dio cumplimiento al trámite de información pública que figura en el Decreto 70/2010, de 7 de octubre.

Cuarto

En la tramitación de este expediente se han observado las formalidades legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero

La competencia de esta Dirección General de Descarbonización y Transición Energética para resolver la cuestión planteada viene determinada por el Real Decreto 1860/1984 de 18 de julio, de traspaso de funciones y servicios del Estado en materia de Industria, Energía y Minas, el Decreto 287/2019, de 12 de noviembre, del Consejo de Gobierno donde se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Empleo y Competitividad y el Decreto 88/2021, de 30 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se modifica la estructura orgánica básica de las Consejerías de la Comunidad de Madrid, la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, el Decreto 70/2010, de 7 de octubre para la simplificación de los procedimientos de autorización, verificación e inspección, responsabilidades y régimen sancionador en materia de instalaciones eléctricas de alta tensión, la Orden de 31 de enero de 2011 por la que se aprueban los modelos y formularios para la presentación de proyectos de alta tensión, el Real Decreto 1955/2000 por el que se regulan las actividades de transporte, distribución y comercialización, suministro y procedimiento de autorización de instalaciones de energía eléctrica, el Decreto 131/1997, de 16 de octubre, por el que se fijan los requisitos que han de cumplir las actuaciones urbanísticas en relación con las infraestructuras eléctricas, la Ley 2/2007, de 27 de marzo, por la que se regula la garantía de suministro eléctrico en la Comunidad de Madrid y el Decreto 19/2008, de 13 de marzo, que la desarrolla, el Reglamento de Líneas de Alta Tensión aprobado por Real Decreto 223/2008 y el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias, aprobado mediante Real Decreto 337/2014, de 9 de mayo.

Segundo

Del examen de la documentación que obra en el expediente se desprende que se ha seguido el procedimiento y cumplido los requisitos establecidos en la normativa citada, así como los demás de general y pertinente aplicación, por lo que esta Dirección General de Descarbonización y Transición Energética en el uso de sus atribuciones legalmente establecidas.

RESUELVE

Primero

Autorizar a UFD Distribución Electricidad, S. A. la construcción de la subestación eléctrica Los Berrocales (USE248), cuya localización será carretera Vía de Servicio A-3, km 11,250, en el término municipal de Madrid. La ubicación en coordenadas UTM referidas al huso 30 son: X = 450574; Y = 4468825. Las características principales de la instalación son:

Sistema de 132 kV:

En edificio, en configuración de doble barra con acoplamiento transversal, con celdas blindadas con aislamiento SF6, con las siguientes posiciones:

— Dos posiciones de transformador de potencia.

— Dos posiciones de línea (Villaviciosa y Cristo de Rivas).

— Una posición de medida sin interruptor.

— Una posición de acoplamiento transversal de barras.

— Adicionalmente se dispone de espacio para 3 posiciones futuras sin equipar.

Transformación:

Dos transformadores de 132/15 kV y 30 MVA, con refrigeración ONAN, grupo de conexión YNyn0, ubicados sobre bancadas de hormigón y protegidos mediante muros cortafuegos, en recintos independizados. Espacio para su posible ampliación mediante un tercer transformador de las mismas característica que los dos anteriores.

Sistema de 15 kV:

En edificio, en configuración de doble barra, con celdas blindadas con aislamiento SF6, con las siguientes posiciones:

— Dos posiciones de transformador de potencia.

— Cuatro posiciones de línea.

— Una posición de acoplamiento transversal de barras.

— Una posición de medida de tensión de barras.

— Dos posiciones de servicios auxiliares.

— Adicionalmente se dispone de espacio para 12 posiciones futuras sin equipar.

Elementos auxiliares:

— Dos transformadores de 15.000/420 V y 160 kVA, de distribución para servicios propios de la subestación.

— Armarios de servicios auxiliares para el sistema de baja tensión y el resto de instalaciones complementarias.

— Sistema de detección automática en edificios y extinción portátil en toda la subestación.

Segundo

Aprobar el proyecto de ejecución de las instalaciones citadas en el párrafo anterior con arreglo a las siguientes condiciones:

1. Las obras se realizarán de acuerdo con el proyecto presentado, con las variaciones que en su caso se soliciten y autoricen, cumpliendo las prescripciones dispuestas en los reglamentos vigentes.

2. El plazo de ejecución de la instalación será de doce meses, contados a partir de la fecha de notificación de la presente Resolución, advirtiéndole que si transcurrido dicho plazo no hubiera sido presentada la solicitud del acta de puesta en servicio, acompañada de la documentación establecida en el Anexo I del Decreto 70/2010, se producirá la caducidad de la aprobación del proyecto, sin perjuicio de que el interesado pueda solicitar, por causas justificadas, una ampliación del plazo establecido.

3. La documentación a presentar con la solicitud de acta de puesta en servicio deberá incluir declaración responsable en la que el solicitante certifique que dispone de las oportunas concesiones, autorizaciones o permisos de Administraciones, organismos o empresas de servicios de interés general que puedan verse afectados por la instalación, en los bienes y derechos a su cargo.

Tercero

Se deberán cumplir las condiciones expresadas en el informe emitido por la Dirección General de Descarbonización y Transición Energética de la Comunidad de Madrid citado en los antecedentes de hecho.

Cuarto

La presente autorización administrativa aprobación de proyecto de ejecución se concede sin perjuicio de las obligaciones de disponer de las autorizaciones, licencias o concesiones que fuese necesario obtener de otros organismos oficiales competentes o de terceros, así como del cumplimiento por parte del titular de otras obligaciones con los propietarios de locales y terrenos.

Contra esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada en el plazo de un mes a partir de su notificación ante el Viceconsejero de Medio Ambiente y Agricultura de la Comunidad de Madrid conforme al artículo 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Mediante este acto se notifica al interesado la resolución adoptada en el procedimiento de referencia, de conformidad con lo previsto en el artículo 40 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Madrid, a 21 de febrero de 2022.—El Director General de Descarbonización y Transición Energética, Fernando Arlandis Pérez.

(02/18.206/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.28.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20221011-26