Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 244

Fecha del Boletín 
13-10-2022

Sección 3.10.20N: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20221013-84

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE NAVAS DEL REY

RÉGIMEN ECONÓMICO

84
Navas del Rey. Régimen económico. Padrones fiscales

Los padrones sobre el impuesto de bienes inmuebles de naturaleza urbana segundo plazo, bienes inmuebles de naturaleza rústica e impuesto de actividades económicas del excelentísimo Ayuntamiento de Navas del Rey (Madrid), para el ejercicio económico de 2022.

Los padrones de bienes inmuebles de naturaleza urbana segundo plazo, bienes inmuebles de naturaleza rústica e impuesto de actividades económicas deberán estar a disposición del público en los respectivos Ayuntamientos, en virtud del artículo 24 del Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación.

Una vez aprobado el padrón, debe exponerse al público, durante un plazo de veinte días hábiles.

Lo dispuesto por el artículo 21.1.f) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Haciendas Locales, que recoge, como una de las atribuciones del alcalde, el desarrollo de la gestión económica de acuerdo con el presupuesto aprobado, he resuelto:

Primero.—Aprobar provisionalmente los padrones de los impuestos sobre bienes inmuebles de naturaleza urbana, bienes inmuebles de naturaleza rústica e impuesto de actividades económicas, correspondientes al ejercicio económico de 2022.

Segundo.—Ordenar que dicha aprobación sea publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, exponiéndose al público por un plazo de veinte días hábiles, a contar desde el día siguiente al de su publicación.

Tercero.—Los padrones se entenderán definitivamente aprobados si no se presentara ningún recurso durante el plazo de su exposición.

Cuarto.—Fijar el período de cobro en voluntario de los impuestos sobre bienes inmuebles de naturaleza urbana segundo plazo, bienes inmuebles de naturaleza rústica e impuesto de actividades económicas, durante el ejercicio económico de 2022, al amparo de lo dispuesto en el artículo 24 del Reglamento General de Recaudación, del 23 de septiembre al 23 de noviembre, ambos incluidos.

Quinto.—Dar conocimiento de esta resolución en la próxima sesión plenaria ordinaria que se celebre.

Lo mando y firmo en Navas del Rey, a 29 de septiembre de 2022.—Ante mí: el secretario, Marcial Gallego Gómez.—El alcalde, Jaime Peral Pedrero.

(01/19.096/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20N: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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