Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 247

Fecha del Boletín 
17-10-2022

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20221017-82

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE COBEÑA

RÉGIMEN ECONÓMICO

82
Cobeña. Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones

Extracto de la convocatoria de becas para alumnos/as de Cobeña matriculados en centros escolares en etapas de 2.o ciclo de Educación Infantil, Primaria, Secundaria, Bachiller y Formación Profesional (Básico o de Grado Medio), para el curso 2022/2023.

BDNS (Identif.): 652526

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones ( www.infosubvenciones.es ) y en la página web del Ayuntamiento de Cobeña.

Primero. Beneficiarios.—Podrán ser beneficiarios todos/as aquellos/as que cumplan los siguientes requisitos:

a) Que todos los miembros de la unidad familiar estén empadronados en Cobeña a la fecha de 30 de junio de 2022.

b) Que se encuentren matriculados para el curso 2022/2023 en algún curso de Educación Infantil (2.o ciclo), Educación Primaria, Educación Secundaria, Bachiller o Formación Profesional (Básico o de Grado Medio).

c) Que todos los miembros de la unidad familiar estén al corriente de pago con la Hacienda Municipal, AEAT y la Seguridad Social a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

d) Aportar, junto con la solicitud, en el caso en que proceda, la documentación que se exige en las presentes bases reguladoras.

e) No estar incurso en alguna de las prohibiciones establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

f) Que los solicitantes tengan DNI o NIE.

g) Tener como máximo 20 años el día 31 de diciembre del presente año.

h) Que los alumnos de Bachillerato no hayan sido beneficiarios de las becas de la Comunidad de Madrid para el curso 2022-2023 o del programa Accede (sistema de préstamo de libros de texto en centro docentes).

Segundo. Objeto.—Es objeto de esta convocatoria conceder becas para alumnos/as de Cobeña matriculados en centros escolares en etapas de 2.o ciclo de Educación Infantil, Primaria, Secundaria, Bachiller y Formación Profesional (Básico o de Grado Medio), para el curso 2022/2023.

Tercero. Bases reguladoras.—Las bases reguladoras de la concesión de esta subvención están contenidas en la ordenanza general de subvenciones del Ayuntamiento de Cobeña, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 135, de 8 de junio de 2005, y posterior modificación publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 180 de 31 de julio de 2013.

Cuarto. Cuantía.—La presente convocatoria se financiará con cargo a la aplicación presupuestaria 2023.326.480 del presupuesto general municipal del ejercicio 2023, por importe total máximo de 55.000,00 euros.

Esta cuantía total máxima tiene carácter estimado, puesto que está condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el momento de resolución de la concesión, que tendrá lugar en un ejercicio presupuestario distinto al vigente en el momento de la aprobación de la convocatoria.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—El plazo de presentación comenzará el día 15 de noviembre y finalizará el 15 de diciembre de 2022.

Sexto. Otros datos.—Las solicitudes se ajustarán al modelo oficial, que se aprueba junto con la convocatoria y que puede obtenerse en el Ayuntamiento de Cobeña y en el tablón de anuncios de la sede electrónica ( http://sede.ayto-cobena.org/ )

La solicitud deberá ser cumplimentada y firmada por el solicitante si es mayor de edad o por el padre, la madre o el tutor o tutora del alumno/a, en cuyo domicilio se encuentre empadronado el alumno/a.

En Cobeña, a 7 de octubre de 2022.—El alcalde, Jorge Amantos Rodríguez.

(03/19.580/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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