Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 248

Fecha del Boletín 
18-10-2022

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20221018-59

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

URBANISMO

Área de Gobierno de Obras y Equipamientos

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Madrid. Urbanismo. Área de Gobierno de Obras y Equipamientos. Urbanización Desarrollo del Este-Los Ahijones

Aprobación definitiva del proyecto de urbanización del ámbito de suelo urbanizable sectorizado pormenorizado UZPp 02.03 “Desarrollo del Este-Los Ahijones” (adaptación del proyecto de urbanización del UZP 02.03 “Desarrollo del Este-Los Ahijones” y su modificado a la revisión del PGOUM de 1985 y modificación del PGOUM de 1997), promovido por la Junta de Compensación del ámbito. Distrito de Vicálvaro. Expediente: 714/2002/05540.

La Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, en su sesión celebrada el día 22 de septiembre de 2022, adoptó el siguiente acuerdo:

«Primero.—Resolver las alegaciones presentadas, en los términos y por las razones que figuran en el informe técnico de la Dirección General del Espacio Público, Obras e Infraestructuras de 14 de septiembre de 2022.

Segundo.—Aprobar definitivamente el proyecto de urbanización del ámbito de suelo urbanizable sectorizado pormenorizado UZPp 02.03 “Desarrollo del Este-Los Ahijones” (adaptación del proyecto de urbanización del UZP 02.03 “Desarrollo del Este-Los Ahijones” y su modificado a la revisión del PGOUM de 1985 y modificación del PGOUM 1997), promovido por la Junta de Compensación del ámbito, Distrito de Vicálvaro, con un presupuesto de ejecución por contrata de 552.054.651,76 euros, IVA incluido, conforme al informe técnico de la Dirección General del Espacio Público, Obras e Infraestructuras de 14 de septiembre de 2022.

Tercero.—Establecer la ejecución de las obras en seis etapas, conforme al informe técnico de la Dirección General del Espacio Público, Obras e Infraestructuras. Los diferentes presupuestos de cada una de las etapas son los siguientes:

Cuarto.—El plazo de ejecución de las obras se fija, para cada una de las etapas, en los siguientes plazos, contados a partir del día siguiente de la firma del acta de replanteo de cada una de ellas:

— Etapa 1: cuarenta y dos (42) meses.

— Etapa 2: treinta (30) meses.

— Etapa 3-4: treinta (30) meses.

— Etapa 5: treinta (30) meses.

— Etapa 6: cuarenta y dos (42) meses.

El plazo de garantía de cada etapa será de dos años, a partir de la fecha de la firma de la respectiva acta de recepción de las obras por el Ayuntamiento de Madrid».

Lo que se publica para general conocimiento, significándose que el referido acuerdo pone fin a la vía administrativa, pudiendo interponer contra el mismo recurso potestativo de reposición ante la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 112, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien, podrá ser impugnado directamente ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, modificada por la Ley 19/2003, de 23 de diciembre, sin perjuicio de que pueda utilizar cualquier otro recurso que estime pertinente.

Madrid, a 4 de octubre de 2022.—La directora de la Oficina de la Secretaría de la Junta de Gobierno, Carmen Toscano Ramiro.

(02/19.812/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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