Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 249

Fecha del Boletín 
19-10-2022

Sección 1.3.29.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20221019-30

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO

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EXTRACTO de la Orden de 4 de octubre de 2022, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se convocan para el año 2022, subvenciones para financiación de proyectos integrados de inserción en el marco de la inversión 4 del componente 23 “Nuevos Proyectos Territoriales para el Reequilibrio y la Equidad-Colectivos Vulnerables, del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia Financiado por la Unión Europea-Next Generation EU.

BDNS: 652845

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones ( http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index ) y en la página web de la Comunidad de Madrid ( http://www.comunidad.madrid ).

Primero

Objeto

La presente Orden tiene por objeto convocar, para el año 2022, subvenciones para la realización de “Nuevos proyectos territoriales para el reequilibrio y la equidad-Colectivos vulnerables”, cuyo objeto consiste en promover el desarrollo de proyectos integrados de inserción laboral, a través de itinerarios individualizados y personalizados, que deberán dirigirse a desempleados de larga duración, en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid, en colaboración con entidades sin ánimo de lucro.

Segundo

Bases reguladoras

Las bases reguladoras de la presente convocatoria se encuentran establecidas en el Capítulo I de la Orden de 4 de octubre de 2022, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo por la que se establecen las bases reguladoras de subvenciones destinadas a la financiación de proyectos integrados de inserción en el marco de la inversión 4 del componente 23 “Nuevos proyectos territoriales para el reequilibrio y la equidad-Colectivos vulnerables”.

Tercero

Entidades beneficiarias

Podrán acogerse a las subvenciones establecidas en esta orden Podrán ser beneficiarias de la subvención establecida en este capítulo, las entidades sin ánimo de lucro, ya sean asociaciones, fundaciones o federaciones, que dispongan de centro de trabajo o instalaciones en la Comunidad de Madrid y acrediten una experiencia de al menos tres años en la realización de programas de itinerarios individualizados y personalizados de inserción laboral con colectivos vulnerables en los últimos cinco años anteriores a la publicación de la convocatoria.

Cuarto

Financiación

1. La financiación de estas ayudas se realiza con cargo a los correspondientes fondos dotados en el Presupuesto de gastos del Servicio Público de Empleo Estatal, en el marco de los recursos financieros derivados del Instrumento Europeo de Recuperación (Next Generation UE), a través del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia establecido por el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, distribuidos a las Comunidades Autónomas en función de los criterios objetivos acordados por la Conferencia Sectorial de Empleo y Asuntos Laborales.

2. Para el cumplimiento de la finalidad establecida en esta convocatoria, se destinará el crédito presupuestario establecido en la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2022, en el Programa 241M-Promoción y Fomento de Empleo, Subconcepto 48200 “Actuaciones cofinanciadas FSE y otros”, cuya cuantía es: 14.766.876,00 euros.

Quinto

Cuantía de las ayudas

La cuantía de la subvención será un módulo de 5.454 euros a percibir por cada persona participante que concluya el itinerario personalizado que se le haya diseñado.

Sexto

Número de itinerarios y período subvencionable

1. El número mínimo de itinerarios por proyecto presentado será de 90 y el número máximo de itinerarios será de 200.

2. El período subvencionable para la ejecución de los proyectos aprobados será de un máximo de siete meses. El proyecto territorial para el reequilibrio y la equidad-colectivos vulnerables compuesto por los distintos itinerarios a realizar deberá ejecutarse en un plazo máximo de ocho meses.

Séptimo

Plazo de presentación de solicitudes

El plazo para la presentación de las solicitudes será de quince días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en forma de extracto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 4 de octubre de 2022.

El Consejero de Economía, Hacienda y Empleo, JAVIER FERNÁNDEZ-LASQUETTY Y BLANC

(03/19.774/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.29.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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