Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 251

Fecha del Boletín 
21-10-2022

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20221021-49

Páginas: 10


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ALCORCÓN

OFERTAS DE EMPLEO

49
Alcorcón. Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo

En relación con el proceso selectivo que está llevando a cabo este Ayuntamiento para proveer, mediante concurso-oposición libre, una plaza de técnico superior, puesto de trabajo de Técnico de Transparencia, se pone en conocimiento de los interesados lo siguiente:

Primero.—Que por la Junta de Gobierno de este Ayuntamiento, en sesión celebrada el día 27 de septiembre de 2022, se aprobó la convocatoria anteriormente citada, cuyo literal es el siguiente:

“CONVOCATORIA Y BASES ESPECÍFICAS PARA LA COBERTURA DE UNA PLAZA DE TÉCNICO/A SUPERIOR, PUESTO DE TRABAJO DE TÉCNICO/A DE TRANSPARENCIA, MEDIANTE EL SISTEMA DE CONCURSO-OPOSICIÓN LIBRE PARA EL AYUNTAMIENTO DE ALCORCÓN

1. Objeto de la convocatoria

Es objeto de la presente convocatoria la cobertura de una plaza de la categoría Técnico/a Superior, Subescala de Servicios Especiales, Escala de Administración Especial, vacante en la plantilla de personal funcionario del Ayuntamiento.

— Clasificación: Escala de Administración Especial, Subescala de Servicios Especiales, Técnico/a Superior.

— Número de plazas: una.

— Denominación del PT correspondiente: técnico/a de Transparencia.

— Procedimiento de selección: concurso-oposición.

La plaza está incluida en la Oferta de Empleo Público correspondiente al año 2021 del Ayuntamiento de Alcorcón, aprobada en la Junta de Gobierno Local en sesión celebrada el 28 de diciembre de 2021 y publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de fecha 14 de enero de 2022.

Las características del PT asociado y también vacante en la RPT son las siguientes:

2. Normativa

En lo no previsto en estas bases se estará a lo dispuesto en el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (en adelante TRLEBEP) aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, en la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, en la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, en el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, aprobado por Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, en las Bases Generales que regirán los procesos selectivos para el ingreso o acceso como funcionarios de carrera a las escalas de Administración General y Administración Especial del Ayuntamiento de Alcorcón (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 12 de octubre de 2019), modificadas por Acuerdo de JGL de fecha 18 de enero de 2022 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 3 de febrero de 2022), y demás normativa de aplicación.

3. Derechos de examen

Para proceder al pago de la tasa por derechos de examen, consulte el documento “instrucciones para el pago de tasas de examen” disponible en el apartado de Empleo Público de la página web municipal ( www.ayto-alcorcon.es ), al que puede acceder mediante el siguiente enlace:

https://www.ayto-alcorcon.es/documentos?folder=regimeninterior\EmpleoPublico

La tasa corresponde a la tarifa “Plazas del grupo A1 y asimilados”.

En ningún caso, el pago en la entidad bancaria correspondiente supondrá la sustitución del trámite de presentación en tiempo y forma de la solicitud de participación en estas pruebas.

No procederá la devolución de los derechos de examen en los supuestos de exclusión de la convocatoria por causa imputable al interesado, ni tampoco por la no presentación del interesado a las pruebas selectivas.

4. Requisitos de los aspirantes

Además de los requisitos generales establecidos en el apartado 3.1.1. de las Bases Generales, los aspirantes deberán estar en posesión o en condiciones de obtener a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, el título de Licenciado o Grado en Derecho, según lo previsto en el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.

Los requisitos establecidos en la presente convocatoria deberán cumplirse en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la toma de posesión.

5. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de instancias será de veinte días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto del anuncio de la convocatoria en el “Boletín Oficial del Estado”.

Para ser admitidos, los aspirantes deberán presentar:

a) Anexo II. Solicitud, que puede descargarse en la web municipal.

b) Fotocopia del DNI.

c) Fotocopia del título exigido en la convocatoria conforme al apartado 4.

d) Anexo IV. Aceptación expresa para someterse a las pruebas médicas que sean necesarias para acreditar la capacidad funcional para el desempeño de las tareas y funciones del puesto.

e) Anexo V. Declaración responsable de no haber sido separado del servicio ni hallarse inhabilitado.

f) Justificante del pago de los derechos de examen y documento de autoliquidación o, en caso de exención del mismo, Anexo VI. Declaración responsable y certificado/s correspondiente/s.

Los méritos que los aspirantes deseen hacer valer en el concurso deberán detallarse en el Anexo III y serán justificados mediante la aportación de los documentos indicados a continuación:

— Para los méritos referidos a la experiencia laboral o profesional deberá presentarse certificado/informe de vida laboral expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social, acompañado de los contratos de trabajo o de cualquier otro documento en el que se haga constar la categoría desempeñada.

— Los méritos formativos se acreditarán mediante título, diploma o certificado que exprese el contenido y la duración de las acciones formativas.

Dicha documentación y el Anexo III, deberán presentarse junto con la solicitud. En caso contrario, el Órgano de Selección no podrá tenerlo en cuenta a la hora de la valoración del concurso.

Solo se podrán valorar aquellos méritos obtenidos antes de la fecha en que termine el plazo de admisión de instancias.

6. Publicaciones en el tablón de anuncios

Todas las referencias hechas al “tablón de anuncios” en las Bases Generales, deberán entenderse realizadas a la web municipal.

7. Lugar de presentación de solicitudes

Las solicitudes, según Anexo II, se presentarán en el Registro Electrónico o en el Registro General del Ayuntamiento de Alcorcón, dentro del plazo indicado en el apartado 5. También podrán presentarse en la forma que determina el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, junto con el resto de documentación exigida.

8. Admisión de candidatos

Se aplicará lo previsto en el apartado 5 de las Bases Generales, salvo la designación nominal del Tribunal Seleccionador y el lugar, fecha y horas del comienzo del proceso selectivo, que se harán públicos únicamente en la web municipal tras la publicación de la relación definitiva prevista en el apartado 5.4 de las Bases Generales.

9. Órgano de selección

El Tribunal de Selección estará compuesto por un presidente, un secretario y tres vocales, así como una persona suplente por cada una de ellas.

De conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, los órganos de selección serán colegiados y su composición deberá ajustarse a los principios de imparcialidad y profesionalidad de sus miembros, y se aplicará la paridad entre mujer y hombre.

La designación de sus miembros será predominantemente técnica y los vocales deberán poseer titulación o especialización iguales o superiores a las exigidas para el acceso a las plazas convocadas. La designación de los miembros del Tribunal, incluirá la de sus respectivos suplentes.

El Órgano de Selección podrá actuar asistido de asesores técnicos con voz, pero sin voto y estará facultada para resolver las dudas e incidencias que se presente, así como para adoptar los acuerdos necesarios para el buen desenvolvimiento del proceso selectivo, en todo aquello no previsto expresamente en las bases.

10. Sistema de selección y calificación

El sistema de selección será el de concurso-oposición. Primero se realizará la fase de oposición y posteriormente la de concurso.

A. Fase de oposición:

Los ejercicios de esta convocatoria serán tres de carácter obligatorio para todos los aspirantes y versarán sobre el temario indicado en el Anexo I. La puntuación máxima de esta fase será de 70 puntos.

A.1. Primer ejercicio: Test.

Consistirá en la realización de una prueba tipo test, consistente en responder 80 preguntas, más 5 preguntas de reserva, con 3 respuestas alternativas, siendo sólo una de ellas correcta, sobre la totalidad del temario indicado en el Anexo I (temario común y temario específico). El acierto puntúa 0,25 y el error resta 0,10. El tribunal se reserva el derecho a redondear las puntuaciones finales si así lo estimara conveniente.

Este ejercicio se realizará en el tiempo máximo que previamente fije el Tribunal y que se dará a conocer a los candidatos antes del comienzo del mismo. En cualquier caso, la duración no superará los 90 minutos.

Este ejercicio se calificará de 0 a 20 puntos, siendo necesario para aprobar obtener una calificación de 10 puntos.

A.2. Segundo ejercicio: Supuesto práctico.

Este ejercicio solo podrán realizarlo aquellos aspirantes que hayan superado el primer ejercicio.

Consistirá en la resolución de un supuesto práctico entre dos propuestos por el Tribunal, relacionado con la parte específica del temario que figura como Anexo I a las presentes bases.

En el caso de que el Tribunal estime que los aspirantes puedan utilizar legislación o documentación de apoyo, calculadora u otras herramientas adicionales, informarán de este hecho al menos con 48 horas de antelación a la fecha del examen.

Este ejercicio se realizará en el tiempo máximo que previamente fije el Tribunal y que se dará a conocer a los candidatos antes del comienzo del mismo.

Una vez realizada la prueba práctica, el aspirante procederá a la defensa del supuesto práctico frente al tribunal, que podrá preguntar y debatir con el aspirante sobre el supuesto realizado.

Este ejercicio se calificará de 0 a 25 puntos, siendo necesario para aprobar obtener una calificación de 12,50 puntos.

A.3. Tercer ejercicio: Ejercicio de presentación profesional.

Los aspirantes que hayan superado el segundo ejercicio procederán a exponer ante el Tribunal durante 20 minutos, un proyecto relacionado con la implantación y gestión en una Administración Local de una oficina municipal de transparencia y acceso a la información pública, el acomodo a la legislación vigente en materia de transparencia, e itinerario jurídico/administrativo en relación con las solicitudes de acceso a la información pública. Los aspirantes deberán contar con medios propios de presentación, que deberán ser compatibles con el entorno tecnológico municipal, para lo que podrán contactar con el departamento de informática una vez convocados.

El Tribunal podrá preguntar y debatir con el aspirante sobre la presentación realizada y cualquier aspecto profesional relacionado.

El Tribunal valorará la capacidad de comunicación del candidato, así como la dificultad técnica o complejidad del proyecto, tarea o solución presentada, los conocimientos de la realidad de la materia, la adecuación del proyecto al temario de esta convocatoria y la respuesta a las preguntas del Tribunal fluida y acorde a las normativas y buenas prácticas profesionales.

Este ejercicio se calificará de 0 a 25 puntos, siendo necesario para aprobar obtener una calificación mínima de 12,5 puntos.

A.4. Calificación de la fase de oposición:

Las puntuaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios se harán públicas en la página web municipal.

La calificación final de la fase de oposición será el resultado de la suma aritmética de las puntuaciones obtenidas en los distintos ejercicios, siempre que se hubiera obtenido la puntuación mínima requerida en cada uno de ellos.

B. Fase de concurso:

El resultado de la fase de concurso se hará público en la página web municipal.

La puntuación máxima de esta fase será de 30 puntos.

Únicamente se valorará la fase de concurso a aquellos aspirantes que hayan superado la fase de oposición. Se valorará la antigüedad en la Administración Pública así como la experiencia de los aspirantes desempeñando funciones relacionadas con la transparencia y la gestión pública, así como su formación académica y preparación para el desempeño de las funciones del puesto de trabajo al que aspire de acuerdo con lo que haya declarado en su instancia de conformidad con el baremo siguiente.

B.1. Antigüedad:

La puntuación máxima de este apartado será de 4,5 puntos.

Por haber desempeñado Puestos de Trabajo como empleado público, a razón de 0,15 puntos por cada año completo, con un máximo de 4,5 puntos.

B.2. Experiencia profesional:

La puntuación máxima en este apartado serán 18 puntos.

a) Por haber desempeñado puestos de trabajo de dentro del subgrupo A1, como empleado público, relacionados con la materia de transparencia, a razón de 0,30 puntos por cada mes completo, con un máximo de 9 puntos.

b) Por haber desempeñado puestos de trabajo como empleado público, relacionados con la materia de transparencia en subgrupos inferiores al A1, a razón de 0,20 puntos por cada mes completo, con un máximo de 9 puntos.

B.3. Cursos de formación y perfeccionamiento:

La puntuación máxima en este apartado serán 7,5 puntos.

Se otorgarán 0,01 puntos por hora formativa acreditada en materias relacionadas con el contenido de la parte específica del temario, con el procedimiento y práctica administrativa, la transparencia y buen gobierno, protección de datos y práctica procesal.

— Únicamente se valorarán aquellos cursos superados para los cuales se presente un certificado de acreditación o diploma con el nombre del aspirante, fecha de expedición y duración del mismo.

— Los cursos deberán tendrán una duración mínima acreditada al menos igual o superior a 20 horas.

— En aquellos casos en que el título y la denominación de la actividad formativa que figura en la documentación acreditativa no permita identificar nítidamente el área o contenido formativo a que se refiere, el interesado deberá aportar el programa formativo.

— Los cursos susceptibles de valoración serán los cursos de formación y perfeccionamiento, impartidos por el Ayuntamiento de Alcorcón y otras Administraciones Públicas, Centros o Entidades acogidos al Plan de Formación Continua de las Administraciones Públicas o que cuenten con convenios de formación con las Administraciones Públicas, los impartidos por Universidades o en colaboración con éstas y por los colegios profesionales de derecho.

— Los cursos relacionados con temas de Igualdad y Prevención de Riesgos Laborales genéricos se puntuarán hasta un máximo de 2 puntos. Los cursos de Prevención de Riesgos Laborales cuyo contenido esté referido al puesto que se convoca se puntuarán de forma general, no dentro de este apartado.

B.4. Calificación de la fase de concurso:

La calificación final de la fase de concurso será el resultado de la suma aritmética de la puntuación obtenida en el apartado de antigüedad, más la experiencia profesional más la obtenida en el apartado de cursos de formación y perfeccionamiento.

Las puntuaciones de esta fase se harán públicas en la página web.

C. Puntuación definitiva:

La puntuación total y definitiva vendrá dada por la suma de las parciales obtenidas en la fase de oposición y en la de concurso.

El Órgano de Selección publicará en la página web municipal las puntuaciones de los opositores.

11. Bolsa de trabajo

Los aspirantes que hubieran superado la fase de oposición o alguno de los ejercicios incluidos en ésta formarán parte de una Bolsa de trabajo.

La bolsa que resulte de esta convocatoria será sustituida por cualquier otra posterior que se convoque o que resulte de una convocatoria de selección de plazas fijas.

En todo caso, deberá ser sustituida por una nueva bolsa en el plazo de tres años desde la fecha de la resolución que la apruebe. Excepcionalmente y por motivos de necesidad del Servicio podrá prorrogarse esta vigencia por un año más.

ANEXO I

TEMARIO

Parte general

1. Líneas fundamentales del constitucionalismo español. La Constitución española de 1978.

2. Los principios constitucionales: el Estado social y democrático de Derecho. Los valores superiores en la Constitución española.

3. Los derechos fundamentales: evolución histórica y conceptual. Los derechos fundamentales y las libertades públicas en la Constitución española. La protección de los derechos fundamentales.

4. Los derechos económicos y sociales en la Constitución española. El modelo económico de la Constitución. Los deberes constitucionales.

5. La representación política: democracia directa y representativa en la Constitución española.

6. El derecho de sufragio y sus clases. Sistemas electorales. El sistema electoral español. Los partidos políticos. Las organizaciones sindicales y empresariales. El derecho de asociación.

7. La distribución territorial del poder: el Estado unitario y el Estado federal. El Estado de la Autonomías.

8. La monarquía parlamentaria. La Corona. Funciones constitucionales. Sucesión. Regencia. Refrendo.

9. Las Cortes Generales: composición y funciones. El procedimiento de elaboración y aprobación de las leyes.

10. El Gobierno. Funciones y potestades en el sistema constitucional español. El control parlamentario del Gobierno.

11. Órganos constitucionales de control del Gobierno: el Defensor del Pueblo y el Tribunal de Cuentas. La función consultiva: el Consejo de Estado.

12. El poder judicial. La regulación constitucional de la justicia. El Consejo General del Poder Judicial. El Ministerio Fiscal.

13. La justicia constitucional. El Tribunal Constitucional: composición, organización y atribuciones. Recurso de inconstitucionalidad y cuestión de inconstitucionalidad. El recurso de amparo.

14. Conflictos constitucionales entre órganos del Estado. Conflictos positivos y negativos con las Comunidades Autónomas. Impugnación de disposiciones y resoluciones de las Comunidades Autónomas. Conflictos en defensa de la autonomía local.

15. La Administración Pública: principios constitucionales. La Administración General del Estado: órganos centrales y órganos territoriales.

16. Naturaleza y construcción del Estado Autonómico: antecedentes históricos. Los principios constitucionales: unidad y autonomía, solidaridad, igualdad entre Comunidades Autónomas, igualdad de derechos y obligaciones de los ciudadanos y unidad de mercado.

17. El sistema de fuentes del Derecho autonómico: los Estatutos de Autonomía. La distribución de competencias entre las Administraciones Públicas: competencias exclusivas, compartidas, concurrentes, de desarrollo y ejecución. La interpretación del Tribunal Constitucional.

18. Entidades Locales: regulación constitucional. Normativa reguladora. Principio constitucional de autonomía local. La Carta Europea de la Autonomía Local.

Parte específica

19. La Administración pública y el Derecho. El principio de legalidad. El Derecho administrativo. Concepto y contenido. Tipos históricos. Sistemas contemporáneos. Las fuentes del Derecho Administrativo.

20. La Ley: teoría general. Tipos de leyes. Reserva de Ley. Disposiciones del ejecutivo con fuerza de Ley: Decretos-Ley y Decretos Legislativos.

21. Las relaciones entre el ordenamiento estatal y los ordenamientos autonómicos. La legislación básica del Estado. Las leyes-marco. Las leyes de transferencia o delegación. Las Leyes de armonización. Las Leyes autonómicas.

22. El reglamento: concepto, naturaleza y clases. Fundamento de la potestad reglamentaria. Procedimiento para la elaboración de disposiciones de carácter general. Órganos con potestad reglamentaria. La potestad reglamentaria y sus límites. El control de los reglamentos.

23. La costumbre. La práctica administrativa. Los principios generales del Derecho. Los Tratados Internacionales: su valor en el Derecho Interno. Jurisprudencia y Doctrina.

24. Personas jurídicas públicas y privadas: criterios de distinción. Clasificación de las personas jurídicas públicas. Las personas jurídicas públicas en el Derecho español: régimen jurídico. Especial referencia a la capacidad.

25. Las potestades administrativas. La actividad administrativa discrecional y sus límites. Vías de control de la discrecionalidad. Los conceptos jurídicos indeterminados. Derecho subjetivo. Interés legítimo.

26. El ciudadano y la Administración. La capacidad de obrar y el concepto de interesado. Representación. Derechos de las personas en sus relaciones con las Administraciones Públicas. Derecho y obligación de relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas. Identificación y firma de los interesados en el procedimiento administrativo. La participación en las Administraciones Públicas.

27. El órgano administrativo: concepto, naturaleza y elementos. Clases de órganos: examen particular de los colegiados. La potestad organizatoria de la Administración: creación, modificación y supresión de órganos.

28. Principios de la organización administrativa. La competencia: naturaleza, criterios de delimitación y técnicas de traslación. La jerarquía, la coordinación y el control.

29. El acto administrativo. Concepto. Elementos. Clases. Requisitos: la motivación y forma.

30. La eficacia de los actos administrativos: el principio de autotutela declarativa. Efectos. La notificación: contenido, plazo y práctica. La notificación defectuosa. La publicación. La aprobación por otra Administración. La demora y retroactividad de la eficacia.

31. La ejecutividad de los actos administrativos: el principio de autotutela ejecutiva. La ejecución forzosa de los actos administrativos: sus medios y principios de utilización. La coacción administrativa directa.

32. Nulidad, anulabilidad e irregularidad de los actos administrativos. Límites de la invalidez. Conversión, conservación y convalidación de los actos administrativos. La revisión de oficio.

33. Disposiciones generales sobre los procedimientos administrativos (I): la iniciación del procedimiento: clases, subsanación y mejora de solicitudes. Presentación de solicitudes, escritos y comunicaciones. Los registros administrativos. Términos y plazos: cómputo, ampliación y tramitación de urgencia. Ordenación. Instrucción: intervención de los interesados, prueba e informes.

34. Disposiciones generales sobre los procedimientos administrativos (II): terminación. La obligación de la Administración de resolver. Falta de resolución expresa: el silencio administrativo. La terminación convencional. El desistimiento y la renuncia. La caducidad.

35. Los recursos administrativos: concepto y principios generales. Clases de recursos. Procedimientos sustitutivos de los recursos administrativos: conciliación, mediación y arbitraje.

36. La responsabilidad patrimonial de las Administraciones Públicas. Principios. Responsabilidad concurrente de las Administraciones Públicas. Indemnización. Responsabilidad de Derecho Privado. Responsabilidad de las autoridades y del personal al servicio de las Administraciones Públicas. El procedimiento Administrativo de Responsabilidad Patrimonial. Tramitación simplificada del procedimiento administrativo en materia de responsabilidad patrimonial.

37. La potestad sancionadora de las Administraciones Públicas: principios. Procedimiento administrativo de naturaleza sancionadora. Tramitación simplificada del procedimiento administrativo de naturaleza sancionadora.

38. La Ley Orgánica del Poder Judicial (I). Extensión y límites de la jurisdicción. Planta y organización territorial de los Tribunales y Juzgados. La división territorial en lo judicial.

39. La Ley Orgánica del Poder Judicial (II). Actuaciones judiciales. Oralidad, publicidad y lengua oficial. Protección de datos de carácter personal en el ámbito de la Administración de Justicia. Impulso procesal. Nulidad de los actos judiciales. Resoluciones judiciales.

40. La Ley Orgánica del Poder Judicial (III). Responsabilidad patrimonial del Estado por el funcionamiento de la Administración de Justicia.

41. La Administración y los Tribunales de Justicia: conflictos de jurisdicción entre Juzgados o Tribunales y Administración. Posición procesal de la Administración como parte. Vía de hecho y su protección procesal.

42. Representación y defensa de las partes. El Abogado: su estatuto y función procesal. El Procurador de los Tribunales: su estatuto y función. El Ministerio fiscal. Su función en los procesos civiles. La asistencia jurídica al Estado e instituciones públicas: el régimen de asistencia jurídica.

43. Las resoluciones procesales. Clases de resoluciones judiciales: contenido y características. Las resoluciones del Letrado de la Administración de Justicia. Invariabilidad y vinculación de las resoluciones. Aclaración y corrección. Defectos de los actos: nulidad, anulabilidad, irregularidad; subsanación de defectos. Los actos de comunicación a las partes y otros sujetos: notificaciones, citaciones, emplazamientos y requerimientos. Actos de comunicación con otros órganos: exhortos, oficios y mandamientos.

44. El proceso civil. La Ley de Enjuiciamiento Civil. La jurisdicción de los tribunales civiles: extensión y límites. Cuestiones prejudiciales. Competencia de los tribunales civiles. Clases: objetiva, funcional y territorial. Fuero territorial de las Administraciones Públicas.

45. Las partes en el procedimiento civil. Capacidad para ser parte y capacidad procesal. Legitimación procesal. El litisconsorcio: clases, régimen jurídico. La intervención procesal, intervención forzosa e intervención adhesiva. La rebeldía.

46. El objeto del proceso civil. Teoría de la acción procesal: acción, pretensión y demanda. Acumulación de acciones. Acumulación de procesos. Ampliación de la demanda. Reconvención. Actos previos al proceso. El juicio ordinario: la audiencia previa al juicio y la vista. El juicio verbal.

47. Las medidas cautelares. Procedimiento para la adopción de la tutela cautelar. Modificación y alzamiento de las medidas cautelares.

48. Actos de iniciación del proceso civil. La demanda: sus efectos. La litispendencia. Actos de desarrollo del proceso civil. La actuación del demandado. Contestación a la demanda. Excepciones. La carga de comparecer y la rebeldía. La prueba: objeto y valoración. La prueba del Derecho. Carga de la prueba. Proposición y admisión de la prueba: licitud de la prueba; pertinencia y utilidad. Anticipación y aseguramiento de la prueba. Valoración de la prueba. Disposiciones generales en materia de prueba.

49. Medios de prueba. La prueba documental. El interrogatorio de las partes. El interrogatorio de testigos. Especialidades aplicables a las Administraciones Públicas. El dictamen de peritos. Reconocimiento judicial. Las presunciones: concepto, naturaleza y clases de presunciones. Las diligencias finales.

50. La sentencia. Sus efectos jurídicos: cosa juzgada formal y cosa juzgada material (función positiva y negativa de la cosa juzgada). Límites subjetivos, objetivos y temporales de la cosa juzgada. Otras formas de terminación del proceso: renuncia, desistimiento, allanamiento, transacción, satisfacción extraprocesal y carencia sobrevenida de objeto. Admisión de hechos. La suspensión del proceso.

51. Efectos económicos del proceso: costas y tasas judiciales. Criterios para la imposición de costas. Las costas y los entes públicos. Tasación de costas. Particularidades de las tasaciones de costas en los procesos en que son parte las Administraciones Públicas. La asistencia jurídica gratuita.

52. La jurisdicción contencioso-administrativa: naturaleza, extensión y límites. Órganos de este orden jurisdiccional y sus competencias. Las partes. Legitimación. El objeto del recurso contencioso administrativo.

53. El recurso contencioso administrativo (I): procedimiento en primera o única instancia. Procedimiento abreviado.

54. El recurso contencioso administrativo (II): recursos contra Providencias, Autos y Sentencias. Ejecución de Sentencias. Procedimientos especiales.

55. El régimen local español: evolución histórica. El principio de autonomía local. Los principios de proporcionalidad y de subsidiariedad. La Carta Europea de Autonomía local.

56. La legislación estatal sobre régimen local. Legislación básica y reglamentos de desarrollo. El Pacto Local. La Ley de Administración Local de la Comunidad de Madrid.

57. La potestad reglamentaria de las entidades locales. Titularidad y límites. Ordenanzas, Reglamentos y Bandos: competencia, procedimiento de elaboración y aprobación. Especial referencia a los Reglamentos Orgánicos: potestad de autoorganización y relación con los reglamentos estatales de desarrollo del régimen local. Potestad sancionadora: tipificación y límites.

58. El Municipio: concepto. El territorio municipal. Organización territorial del municipio: Distritos y Barrios. Municipios de gran población: ámbito territorial.

59. La organización municipal. Régimen general: órganos básicos y complementarios. Régimen específico de los municipios de gran población: organización y funcionamiento de los órganos municipales necesarios. Órganos superiores y órganos directivos. Estatuto de los miembros de las Corporaciones Locales.

60. El Alcalde. Atribuciones: régimen especial de los municipios de gran población. Moción de censura y cuestión de confianza. Los Tenientes de Alcalde. La Junta de Gobierno local. Atribuciones. Concejal-Secretario de la Junta de Gobierno Local y órgano de apoyo. Concejales miembros del gobierno local. Miembros del gobierno local no Concejales. Reglamentos Orgánicos.

61. El Pleno. Composición y atribuciones: régimen de los municipios de gran población. El Secretario General del Pleno. Las Comisiones. La Asesoría Jurídica. Órganos de gestión económico-financiera; presupuestaria; de gestión tributaria; de control y fiscalización interna; para la resolución de las reclamaciones económico-administrativas.

62. El proceso de elaboración y modificación de las disposiciones de carácter general de las Administraciones Locales. Reglamentos y ordenanzas. Naturaleza jurídica y efectos. Tramitación. Límites. Entrada en vigor.

63. El Reglamento Orgánico del Ayuntamiento de Alcorcón.

64. El Reglamento de Organización y Funcionamiento de las Juntas Municipales de Distrito del Ayuntamiento de Alcorcón.

65. El Reglamento de Participación Ciudadana y de Creación del Defensor de la Familia, Infancia y Mayores.

66. Regulación de la transparencia en el Estado español. Ámbito subjetivo de aplicación. La publicidad activa: Principios generales.

67. La publicidad activa. Obligaciones legales. Órganos de control. Medios para hacer efectiva la obligación.

68. La publicidad activa en el ámbito de la “Comunidad de Madrid”. Ámbito subjetivo. Obligaciones. Difusión de la información.

69. El derecho de acceso a la información en el derecho comunitario. Marco normativo del derecho de acceso a el estado español. Concepto de información pública.

70. Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno: ámbito subjetivo de aplicación.

71. Ley 10/2019, de 10 de abril, de Transparencia y de Participación de la Comunidad de Madrid.

72. Límites del derecho de acceso a la información. Especial referencia a la protección de datos personales.

73. El acceso a la información relativa a las Relaciones de Puestos de Trabajo, catálogos, plantillas orgánicas de los órganos, organismos y entidades del sector público estatal, autonómico y local. Alcance del derecho de acceso a la referida información en el marco normativo actual.

74. Especialidades del régimen de visibilidad, comunicación, publicidad y transparencia derivados de la gestión de fondos europeos vinculados al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

75. El ejercicio del derecho de acceso a la información. La licitud. Las causas de inadmisión. Tramitación. Resolución.

76. Las unidades de información. La formalización del acceso.

77. Solicitudes de acceso complejas y voluminosas. Actuaciones a realizar en estos supuestos. El silencio administrativo en la actual regulación del Estado y en la Comunidad de Madrid.

78. Solicitudes de acceso a la información cuando la misma ya consta publicada en el Portal de Transparencia. Marco normativo. Actuaciones a llevar a cabo.

79. La reelaboración de la información como supuesto de inadmisión. Marco normativo. Concepto de reelaboración. Resolución del expediente.

80. Solicitudes de acceso a la información que pudiera afectar a derechos o intereses de terceros, debidamente identificados. Especialidades de la tramitación. Acceso a la información.

81. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno: régimen de impugnación de resoluciones emanadas de la Administración Local. Procedimiento, resolución y recursos.

82. Real Decreto 919/2014, de 31 de octubre, por el que se aprueba el Estatuto del Consejo de Transparencia y Buen Gobierno.

83. El Consejo de Transparencia y Participación de la Comunidad de Madrid. Régimen de impugnación de resoluciones emanadas de la Administración Local. Procedimiento, resolución y recursos.

84. Regímenes específicos del derecho de acceso a la información pública (I). El derecho de acceso de los órganos corporativos municipales en el ejercicio de sus funciones.

85. Regímenes específicos del derecho de acceso a la información pública (II). El derecho de acceso de los interesados en el procedimiento administrativo.

86. Regímenes específicos del derecho de acceso a la información pública (III). Otras materias con regulación de acceso propia.

87. El procedimiento de impugnación frente a las resoluciones de las entidades locales en materia de acceso a la información pública. La reclamación y la vía contencioso-administrativa. Supuestos de resolución expresa y resolución presunta. Plazos y órganos jurisdiccionales competentes para la resolución.

88. Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (I). Ámbito de aplicación. Transparencia e información al afectado. Ejercicio de los derechos.

89. Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (II). Responsable y encargado del tratamiento: disposiciones generales. Medidas de responsabilidad activa.

90. Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (III). Encargado del tratamiento y delegado de protección de datos.

91. Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (IV). La Agencia Española de Protección de Datos. Régimen jurídico. Funciones. Potestades de investigación. Autoridades autonómicas de protección de datos.

92. Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (IV). Procedimientos en caso de posible vulneración de la normativa de protección de datos. Régimen sancionador”.

Los Anexos II, III, IV, V y VI, correspondientes a esta convocatoria, podrán descargarse en la página web municipal ( www.ayto-alcorcon.es ).

Segundo.—El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días naturales contados a partir del siguiente a la publicación del anuncio de la convocatoria en el “Boletín Oficial del Estado”.

Alcorcón, a 6 de octubre de 2022.—El concejal-delegado de Seguridad, Organización Interna y Atención Ciudadana, Daniel Rubio Caballero.

(02/19.465/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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