Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 251

Fecha del Boletín 
21-10-2022

Sección 3.10.20L: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20221021-61

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE LEGANÉS

RÉGIMEN ECONÓMICO

61
Leganés. Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones

Acuerdo adoptado de la Junta de Gobierno Local, de 6 de octubre de 2022, punto 6, por el que se aprueba la “Convocatoria de subvenciones a proyectos de acción social y servicios sociales realizados por asociaciones o entidades sin ánimo de lucro, para el año 2022”, de acuerdo a las bases aprobadas en Junta de Gobierno Local de 5 de julio de 2022, punto 5, publicadas en BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 179, de 29 de julio de 2022 y modificadas según acuerdo de Junta de Gobierno Local de 6 de septiembre de 2022, publicada en BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 221, de 16 de septiembre de 2022.

De conformidad con lo previsto en el artículo 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones ( http:www.pap.minhap.gob,es/bdnstrans/index ):

BDNS (identif.): 652938

Primero. Beneficiarios.—Subvenciones destinadas a asociaciones y entidades sin ánimo de lucro que estén dadas de alta en el Registro Municipal de Asociaciones de Leganés.

Segundo. Objeto.—Estas ayudas tienen como objeto la realización de proyectos a actividades relacionadas con la Delegación de Familia y Políticas Sociales a la que van a solicitar la subvención.

Tercero. Importe.—La cuantía total máxima asciende a 300.000,00 euros, en concepto de subvenciones con cargo a los créditos disponibles y retenidos de la aplicación presupuestaria 08/2300/489.01, del ejercicio 2022.

Cuarto. Plazo de presentación.—Las solicitudes con el resto de la documentación exigida en las bases, se presentará dentro del plazo de veinte días hábiles a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Quinto. Concesión.—Las ayudas se concederán de acuerdo con los principios generales, de publicidad, transparencia, objetividad, igualdad y no discriminación, en régimen de concurrencia competitiva.

Sexto. Otros datos.—Toda la documentación, se podrán descargar en el trámite publicado en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Leganés: http://sede.leganes.org, y tendrá que ir firmada telemáticamente. La presentación de las solicitudes se realizará también a través del acceso a la Sede Electrónica. Solo se presentará una solicitud por proyecto y las que se presenten fuera de plazo quedarán excluidas por la Delegación.

Leganés, a 14 de octubre de 2022.—La concejala-delegada de Familia y Políticas Sociales, María del Pilar Cano Bueno.

(03/19.965/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20L: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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