Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 253

Fecha del Boletín 
24-10-2022

Sección 1.3.30.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20221024-27

Páginas: 6


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y POLÍTICA SOCIAL

27
ORDEN 2147/2022, de 17 de octubre, de la Consejera de Familia, Juventud y Política Social, de Modificación del Plan Estratégico de Subvenciones 2022 de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social de la Comunidad de Madrid.

El artículo 8.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, de carácter básico, establece que los órganos de las Administraciones Públicas o cualesquiera entes que propongan el establecimiento de subvenciones, con carácter previo, deberán concretar en un plan estratégico de subvenciones los objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación, el plazo necesario para su consecución, los costes previsibles y sus fuentes de financiación, supeditándose en todo caso al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria. La Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, recoge en idénticos términos esta misma obligación, en su artículo 4 bis.

Mediante Orden 261/2022, de 15 de febrero, de la Consejera de Familia, Juventud y Política Social, se aprobó el Plan Estratégico de Subvenciones 2022 de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social de la Comunidad de Madrid. Detectados errores en la misma, fueron corregidos mediante la Orden 542/2022 de 24 de marzo.

Mediante Orden 1296/2022, de 14 de junio de 2022, el Plan Estratégico fue modificado para incorporar nuevas líneas de subvención y se procedió a la corrección de errores. Posteriormente, mediante Orden 1863/2022, de 12 de septiembre, ha sido nuevamente modificado para la inclusión de nuevas líneas y la reformulación de alguna de las líneas existentes.

Procede ahora, acometer una nueva modificación para la incorporación de una nueva línea de subvención.

En la actualidad asistimos a un notable incremento de la inflación, esto es a un aumento de los precios de los bienes y servicios que se ha convertido en uno de los mayores problemas de la economía, con una tendencia alcista como consecuencia de los efectos derivados de la invasión de Rusia en territorio ucraniano, con un incremento de los precios de las energías y de los precios de las materias primas, así como un aumento de los costes de producción, que conduce a una elevación adaptativa de los precios, lo que se traduce en una merma del poder adquisitivo.

Destacar que esta subida de precios afectará sobre todo a la población vulnerable y /o en situación de exclusión social, por sus propias características. Por lo que se prevé la tramitación de convenios subvención con entidades del Tercer Sector, que permitirán asegurar que sus dispositivos de atención social proporcionen un servicio público de calidad a la población más vulnerable o en situación o riesgo de exclusión social, en esta situación extraordinaria en la Comunidad de Madrid.

Por todo lo anterior, procede modificar el Plan Estratégico de Subvenciones 2022 de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social, con el fin de reflejar esta nueva línea de subvención.

En su virtud, de acuerdo con lo establecido en el artículo 4 bis de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, de conformidad con las competencias que me atribuye el artículo 7 de la mencionada Ley de Subvenciones en relación con el artículo 50.3 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid

DISPONGO

Primero

Modificación del Plan Estratégico

1. Se modifica el Plan Estratégico de Subvenciones 2022 de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social de la Comunidad de Madrid en los términos y con el contenido que se indica a continuación:

Apartado 2. Objetivos:

a) Dentro del objetivo 2 “Sostener la red de servicios sociales de atención primaria y paliar los efectos de la crisis económica sobre la población vulnerable y en situación o riesgo de exclusión social”, se incluye una nueva línea de subvención que se inserta con el número 16 con la siguiente redacción:

“16. Convenios con Entidades del Tercer Sector para paliar la situación provocada por el aumento de la inflación.

Objetivo: Paliar el incremento de costes en los proyectos dirigidos a los colectivos más vulnerables y/o en riesgo de marginación social en nuestra Región, debido a la situación de elevada inflación existente y que son gestionados por entidades del Tercer Sector de Acción Social de la Comunidad de Madrid, así como el incremento de costes operativos y de funcionamiento de estas entidades.

Órganos Instructores: la Dirección General de Servicios Sociales las líneas de subvención identificadas con los números 1 al 9 y la Dirección General de Integración, las señaladas con los números 10 al 16 la Dirección General de Integración”.

Apartado 3. Costes presupuestarios previsibles:

a) En el Programa 232E: Lucha contra la exclusión social.

En el cuadro primero, se introducen las siguientes modificaciones:

Donde dice:

Debe decir:

En el cuadro segundo, se introducen las siguientes modificaciones:

Donde dice:

Debe decir:

Apartado 6. Efectos o resultados perseguidos:

Se añaden dos nuevos párrafos que se corresponden con los nuevos efectos o resultados vinculados a la nueva línea de subvención que se incorpora, con la siguiente redacción:

“— Ayudar a reducir la incidencia negativa en los grupos de población más vulnerable de la sociedad madrileña, provocado por el aumento de la inflación, evitando un aumento de la pobreza, del riesgo de inseguridad alimentaria y de la marginación social.

— Aliviar la presión en las partidas de gasto correspondientes al funcionamiento de las entidades sin ánimo de lucro del Tercer Sector de Acción Social, como gestoras de los proyectos dirigidos a la ayuda de los grupos de población más vulnerables en la Comunidad de Madrid, provocada por el incremento de la inflación”.

Apartado 7. Indicadores de cumplimiento de objetivos y resultados:

En el subapartado 2, “Indicadores específicos”:

Se incluyen nuevos indicadores específicos, identificados con la letra ae), con la siguiente redacción:

ae) Convenios con Entidades del Tercer Sector para paliar la situación provocada por el aumento de la inflación.

— Número de personas atendidas (desagregadas por edad y genero).

— Número de personas atendidas en los distintos centros y servicios.”

2. Se modifica el cuadro incluido al final del Plan Estratégico de Subvenciones 2022 de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social de la Comunidad de Madrid, denominado “Desglose por programas y subconceptos. ejercicio 2022”, que queda como se recoge en el Anexo a esta Orden.

Segundo

Efectos

Esta Orden producirá efectos desde el momento de su firma.

Tercero

Publicidad

Esta Orden se publicará en el Portal de Transparencia de la Comunidad de Madrid y en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 17 de octubre de 2022.

La Consejera de Familia, Juventud y Política Social, MARÍA CONCEPCIÓN DANCAUSA TREVIÑO



(03/20.207/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.30.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20221024-27