Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 254

Fecha del Boletín 
25-10-2022

Sección 1.3.108.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20221025-18

Páginas: 55


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE SANIDAD

18
ORDEN 1564/2022, de 19 de octubre, del Consejero de Sanidad, por la que se modifica el Catálogo de Material Ortoprotésico del Decreto 84/2021, de 30 de junio, por el que se establece el Catálogo de Material Ortoprotésico de la Comunidad de Madrid, se regula el procedimiento de obtención de la prestación ortoprotésica y las ayudas por gastos de desplazamiento fuera de la Comunidad de Madrid, con fines asistenciales.

La prestación ortoprotésica consiste en la utilización de productos sanitarios, implantables o no, cuya finalidad es sustituir total o parcialmente una estructura corporal, o bien modificar, corregir o facilitar su función. Comprende los elementos precisos para mejorar la calidad de vida y autonomía del paciente y se encuadra dentro de la denominada cartera común suplementaria del Sistema Nacional de Salud, modalidad introducida en la Ley 16/2003, de 28 de mayo, de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud a través del Real Decreto-Ley 16/2012, de 20 de abril, de medidas urgentes para garantizar la sostenibilidad del Sistema Nacional de Salud y mejorar la calidad y seguridad de sus prestaciones.

El Servicio Madrileño de Salud dispone de su Catálogo de Material Ortoprotésico que contiene todos aquellos productos sanitarios de carácter ortoprotésico susceptibles de financiación a través de la prestación ortoprotésica incluida en la cartera común suplementaria del Sistema Nacional de Salud, aprobado mediante Decreto 84/2021, de 30 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se establece el Catálogo de Material Ortoprotésico de la Comunidad de Madrid, se regula el procedimiento de obtención de la prestación ortoprotésica y las ayudas por gastos de desplazamiento fuera de la Comunidad de Madrid, con fines asistenciales. En dicho Catálogo se incluyen los tipos de productos que constituyen el catálogo común para sillas de ruedas, ortesis y ortoprótesis especiales, así como los correspondientes a prótesis externas distintas de miembros. También se incorporaron los productos correspondientes a prótesis externas de miembro superior e inferior que figuraban en el Catálogo de Prestación Ortoprotésica del extinto Instituto Nacional de la Salud, pendiente que el Ministerio competente en materia de sanidad reemplazase el mismo, cuestión que sucede con la publicación de la Orden SND/44/2022, de 27 de enero, por la que se actualiza, en lo relativo al catálogo común de prótesis externas de miembro superior y miembro inferior, ortoprótesis para agenesias, sillas de ruedas, ortesis y productos para la terapia del linfedema, el Anexo VI del Real Decreto 1030/2006, de 15 de septiembre, por el que se establece la cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de Salud y el procedimiento para su actualización. La disposición adicional primera de la Orden SND/44/2022, de 27 de enero, indica a las comunidades autónomas que deberán adaptar sus carteras de servicios a lo dispuesto en la misma, ya que, en el marco competencial de las comunidades autónomas, éstas pueden establecer su propio catálogo de prestaciones ortoprotésicas, acorde el apartado 3.2 del Anexo VI del Real Decreto 1030/2006, de 15 de septiembre, donde señala que “los responsables de prestación ortoprotésica establecerán sus respectivos catálogos que contendrán, al menos, los tipos de productos del catálogo común al que se refieren los apartados 6, 7, 8, 9 y 10”.

Por consiguiente, se incorpora al Catálogo de Material Ortoprotésico del Servicio Madrileño de Salud, acorde a la Orden SND/44/2022, de 27 de enero, las prótesis externas de miembro superior y miembro inferior; las ortoprótesis para agenesias; un nuevo tipo de silla de ruedas autopropulsable no plegable (rígida) para personas con patología medular de cualquier etiología o enfermedad neuromuscular, SRM 030D. Se modifica los productos para la terapia del linfedema y la descripción de un tipo de ortesis ya incluido en el catálogo, el tipo de producto OIE 010A. Se vincula la financiación de los audiófonos y de los moldes adaptadores a programas de detección precoz, tratamiento completo y seguimiento de la hipoacusia, así como al estilo de vida de los pacientes menores de 26 años. Se elimina del Catálogo las prótesis estéticas de miembro inferior y prótesis estéticas y no funcionales del miembro superior, así como la supresión de los encajes tibiales y encajes femorales, añadiendo componentes generales de prótesis tanto de miembro superior como de miembro inferior.

La Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Sanidad dispone, acorde al artículo 26 y sucesivos del Decreto 84/2021, de 30 de junio, de una Comisión de Apoyo y Seguimiento de la Prestación Ortoprotésica de la Comunidad de Madrid, que está formado, entre otros, por facultativos especialistas en Medicina Física y Rehabilitación y especialistas en Cirugía Ortopédica y Traumatología pertenecientes a hospitales del Servicio Madrileño de Salud, así como dos representantes, médicos inspectores, de la Dirección General de Inspección, Ordenación y Estrategia Sanitaria, quienes han propuesto incluir en el Catálogo las indicaciones clínicas que han de concurrir a efectos de acceder a la financiación de la prestación ortoprotésica, los servicios prescriptores que pueden realizar la prestación ortoprotésica, e indicar los productos que serán de especial prescripción definido en el artículo 16 del Decreto 84/2021, de 30 de junio, así como las incompatibilidades de determinados tipos de productos de la prestación ortoprotésica. Además, esta Comisión ha propuesto modificar el decreto 84/2021, de 30 de junio, las indicaciones clínicas de las sillas de ruedas si son de uso en exteriores o interiores y varían algunos accesorios para las sillas de ruedas; actualizar las indicaciones clínicas en algunas ortesis de columna vertebral y de miembro inferior, así como ciertos cojines para prevenir las úlceras por presión; incluir el título del grupo 04 48, equipo para el entreno del movimiento, la fuerza y el equilibrio, así como sus indicaciones; agregar como servicio prescriptor al Servicio de Angiología y Cirugía Vascular para el grupo de calzados ortopédicos, al Servicio de Oncología Médica para las prótesis de mama y a los Servicios de Medicina Interna y Neurocirugía para la prescripción del tipo de producto SRA 000J.

La presente Orden hace efectivas las propuestas de la Comisión de Apoyo y Seguimiento de la Prestación Ortoprotésica de la Comunidad de Madrid garantizando que el acceso a la prestación ortoprotésica que desarrolla esta Orden se haga en condiciones de igualdad efectiva, ajustado a los principios de buena regulación, siendo éstos los principios de necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia y eficiencia, contenidos en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, así como el artículo 2 del Decreto 52/2021, de 24 de marzo, del Consejo de Gobierno, por el que se regula y simplifica el procedimiento de elaboración de las disposiciones normativas de carácter general en la Comunidad de Madrid. Los principios de necesidad y eficacia de esta Orden están garantizados por el interés general que subyace en esta regulación, que es el de procurar facilitar a los pacientes el acceso a las prestaciones ortoprotésicas, y se ajustan a la normativa estatal, específicamente a la Orden SND/44/2022, de 27 de enero, siendo la publicación mediante Orden el instrumento previsto en el Decreto 84/2021, de 30 de junio, para la actualización del Catálogo de Material Ortoprotésico de la Comunidad de Madrid, quedando garantizado el principio de seguridad jurídica ya que su contenido presenta coherencia completa con el resto del ordenamiento jurídico, tanto el de la Unión Europea, como el nacional y el de la Comunidad de Madrid. El principio de proporcionalidad queda salvaguardado al contener este texto normativo las medidas adecuadas e imprescindibles para conseguir el objetivo que se pretende. En cuanto al principio de transparencia, se ha llevado a cabo los trámites previstos en la normativa vigente mediante la participación activa de los potenciales destinatarios de esta norma mediante el trámite de audiencia e información pública. Finalmente, el principio de eficiencia, se logra evitando la exigencia de cargas administrativas innecesarias a los destinatarios y racionalizando la gestión de los recursos públicos.

En virtud de lo establecido en los artículos 41.d) y 50.3 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y en el Decreto 1/2022, de 19 de enero, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Sanidad, cuyo artículo 1 desarrolla las competencias del Consejero de Sanidad, y de conformidad con la habilitación normativa prevista en la disposición final segunda del Decreto 84/2021, de 30 de junio,

DISPONE

Artículo Único

Modificación del Decreto 84/2021, de 30 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se establece el Catálogo de Material Ortoprotésico de la Comunidad de Madrid, se regula el procedimiento de obtención de la prestación ortoprotésica y las ayudas por gastos de desplazamiento fuera de la Comunidad de Madrid, con fines asistenciales.

El Decreto 84/2021, de 30 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se establece el Catálogo de Material Ortoprotésico de la Comunidad de Madrid, se regula el procedimiento de obtención de la prestación ortoprotésica y las ayudas por gastos de desplazamiento fuera de la Comunidad de Madrid, con fines asistenciales, queda modificado como sigue.









































































































DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA

Entrada en vigor

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 19 de octubre de 2022.

El Consejero de Sanidad, ENRIQUE RUIZ ESCUDERO

(03/20.417/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.108.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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