Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 254

Fecha del Boletín 
25-10-2022

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20221025-70

Páginas: 3


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE SAN LORENZO DE EL ESCORIAL

RÉGIMEN ECONÓMICO

70
San Lorenzo de El Escorial. Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones

Extracto del acuerdo de la Junta de Gobierno Local, de 13 de octubre de 2022, por el que se aprueban las bases de la convocatoria de la 3.a edición de los “Premios a la Excelencia en el Estudio” para el 2022.

BDNS (Identif.): 653922

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones ( http://www.pap.minhafp.gob.es/bdnstrans/es/index ) y en la página web municipal ( http://www.aytosanlorenzo.es ).

Primero. Objeto.—Los premios se destinarán a las familias de los alumnos empadronados en el municipio que durante el curso escolar 2021-2022 hayan realizado cualquier curso de Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato, Formación Profesional de Grado Medio o Educación Secundaria en Educación de Personas Adultas, y que estudien en un centro educativo de San Lorenzo de El Escorial o de cualquier municipio de la Comunidad de Madrid, con una nota media en su expediente académico igual o superior a 9 en el último curso realizado. Para los premios de la EVAU (Evaluación para el Acceso a la Universidad), la nota tiene que ser igual o mayor a 13.

Estos premios son compatibles con cualquier otro de las diversas Administraciones Públicas o entidades privadas.

El objetivo de estos premios es ayudar a las familias, contribuyendo en parte con los gastos escolares de los alumnos premiados en el siguiente curso escolar, y reconociendo además, el esfuerzo de los alumnos.

Crédito presupuestario: la partida 2313-48030 “Familia e infancia. Ayudas material, transp., nacimientos...” tiene un dotación para este fin de 20.914,51 euros.

Segundo. Solicitud y requisitos.—Solicitará el premio el padre, la madre o el tutor que esté empadronado con el menor. Si el alumno es mayor de edad, será él quien solicite el premio.

I. Para poder optar a este premio el solicitante y el alumno deben estar empadronados en el municipio de San Lorenzo de El Escorial antes del 1 de octubre de 2021 de forma ininterrumpida y continuar estándolo en la fecha de la solicitud.

II. Que el alumno haya obtenido en el curso 2021-2022 una nota media igual o superior a 9.

III. Que la nota de la EVAU (Evaluación para el Acceso a la Universidad), sea igual o mayor a 13.

IV. Que la familia del alumno (padre, madre o tutor), o el alumno si es mayor de edad, no tenga deudas pendientes con el Ayuntamiento de San Lorenzo de El Escorial.

Tercero. Plazo y lugar de presentación.

— La solicitud y la documentación necesaria para solicitar estos premios, se presentará en los diez días hábiles siguientes a la fecha de publicación de las presentes bases en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

— Las solicitudes deberán presentarse, debidamente cumplimentadas y con la documentación requerida en el Registro Electrónico del Ayuntamiento, o en las formas previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo común.

Cuarto. Premios.—Los destinatarios de los premios serán las familias de los alumnos con nota media, igual o superior a 9. Para la ordenación de los mismos, se tendrá en cuenta la calificación más alta, siempre que sean mayor o igual a 9.

Para acceder a los premios de la EVAU (Evaluación para el Acceso a la Universidad), el alumno/a debe tener una nota igual o mayor a 13.

Los premios pueden quedar desiertos si no hay un número de solicitudes suficientes o si alguna de las solicitudes presentadas no cumple los requisitos.

A todos los premios superiores a 300,00 euros se les aplicarán las retenciones legales vigentes en el momento de la realización del pago.

— Para los alumnos de 6.o Educación Primaria, un total de veinte premios distribuidos de la siguiente manera:

a) Primer premio: Diploma acreditativo y 200,00 euros.

b) Segundo premio: Diploma acreditativo y 100,00 euros.

c) Tercer premio: Diploma acreditativo y 75,00 euros.

d) Del cuarto al vigésimo premio: Diploma acreditativo y 50,00 euros.

— Para los alumnos de 4.o de ESO, un total de veinte premios distribuidos de la siguiente manera:

a) Primer premio: Diploma acreditativo y 370,37 euros.

b) Segundo premio: Diploma acreditativo y 200,00 euros.

c) Tercer premio: Diploma acreditativo y 150,00 euros.

d) Del cuarto al vigésimo premio: Diploma acreditativo y 75,00 euros.

— Para los alumnos de 2.o de Bachillerato, un total de veinte premios distribuidos de la siguiente manera:

a) Primer premio: Diploma acreditativo y 493,83 euros.

b) Segundo premio: Diploma acreditativo y 370,37 euros.

c) Tercer premio: Diploma acreditativo y 250,00 euros.

d) Del cuarto al vigésimo premio: Diploma acreditativo y 200,00 euros.

— Para los alumnos de Segundo curso de Formación Profesional de Grado Medio, un total de veinte premios con la siguiente distribución:

a) Primer premio: Diploma acreditativo y 493,83 euros.

b) Segundo premio: Diploma acreditativo y 370,37 euros.

c) Tercer premio: Diploma acreditativo y 250,00 euros.

d) Del cuarto al vigésimo premio: Diploma acreditativo y 200,00 euros.

— Para las mejores notas en la EVAU (Evaluación para el Acceso a la Universidad) del municipio, un total de 3 premios distribuidos de la siguiente manera:

a) Primer premio: Diploma acreditativo y 370,37 euros.

b) Segundo premio: Diploma acreditativo y 200,00 euros.

c) Tercer premio: Diploma acreditativo y 100,00 euros.

Los premios de Segundo de Bachillerato y de la EVAU no son incompatibles.

— Para los alumnos de Educación Secundaria de Nivel II de Educación de Personas Adultas un total de 5 premios distribuidos de la siguiente manera:

• Primer premio: Diploma acreditativo y 370,37 euros.

• Segundo premio: Diploma acreditativo y 200,00 euros.

• Tercer premio: Diploma acreditativo y 150,00 euros.

— Del cuarto al quinto premio: Diploma acreditativo y 75,00 euros.

— Para los alumnos de 1.o a 5.o curso de Educación Primaria: 10 premios por curso de 50,00 euros y Diploma acreditativo.

— Para los alumnos de 1.o a 3.o curso de Educación Secundaria Obligatoria: 10 premios por curso de 75,00 euros y Diploma acreditativo.

— Para los alumnos de 1.o de Formación Profesional de Grado Medio: 10 premios de 100,00 euros y Diploma acreditativo.

— Para los alumnos de 1.o de Bachillerato: 10 premios de 100,00 euros y Diploma acreditativo.

— Para los alumnos de Educación Secundaria Nivel I de Educación de Personas Adultas: 5 premios de 75,00 euros y Diploma acreditativo.

Si una vez finalizado el plazo de subsanaciones, si alguna solicitud no fuese subsanada, se concederá al alumno o alumna el Diploma acreditativo del Reconocimiento de Excelencia en el Estudio, sin otorgar premio económico.

Quinto. Documentación a presentar.—Para poder ser admitido en la convocatoria, la solicitud, debidamente cumplimentada, habrá de ser acompañada necesariamente de la siguiente documentación:

a) Fotocopia del DNI, NIF, NIE u otros documentos oficiales que acrediten la identidad del padre y de la madre o de los tutores legales del alumno, con plena validez al momento de su presentación.

b) Fotocopia del DNI del alumno que opta al premio.

c) Fotocopia del Libro de familia de la unidad familiar.

d) Certificado original de las calificaciones del curso académico emitido por el Centro Educativo donde cursó los estudios.

e) Fotocopia de la tarjeta de la EVAU en el que aparezca la nota media de esta prueba (Acompañada en el momento de la presentación de la tarjeta original).

San Lorenzo de El Escorial, a 17 de octubre de 2022.—La alcaldesa, Carlota López Esteban.

(03/20.192/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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