Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 261

Fecha del Boletín 
02-11-2022

Sección 3.10.20R: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20221102-104

Páginas: 3


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE RIVAS-VACIAMADRID

OFERTAS DE EMPLEO

104
Rivas-Vaciamadrid. Ofertas de empleo. Bases procesos selectivos

Se publica extracto de las bases generales, aprobadas por decreto del concejal-delegado de Organización y Función Pública del Ayuntamiento de Rivas-Vaciamadrid número 2404/2022, de 19 de octubre, que habrán de regir las pruebas selectivas para proveer plazas derivadas de procesos de estabilización del Ayuntamiento de Rivas-Vaciamadrid, por concurso-oposición y por concurso de méritos, turno libre.

BASES GENERALES QUE HABRÁN DE REGIR LAS PRUEBAS SELECTIVAS PARA PROVEER PLAZAS DERIVADAS DE PROCESOS DE ESTABILIZACIÓN DE EMPLEO TEMPORAL

1. Normas generales

1.1. Publicación: las presentes bases generales se publicarán extractadas en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, así como las bases específicas de las diferentes plazas a seleccionar. Se publicará un extracto de la convocatoria en el “Boletín Oficial del Estado”. Asimismo, toda la información relativa al proceso selectivo se publicará en los siguientes medios:

— Tablón de anuncios del Ayuntamiento.

— Intranet municipal.

— Sede electrónica del Ayuntamiento de Rivas Vaciamadrid:

https://sede-electronica.rivasciudad.es/oferta-empleo/

— Web municipal del Ayuntamiento de Rivas Vaciamadrid: https://www.rivasciudad.es/

1.2. Sistema selectivo: los procesos selectivos se realizarán por los sistemas selectivos previstos (sistema concurso oposición y sistema concurso de méritos).

2. Requisitos de las personas aspirantes

Requisitos generales:

a) Tener nacionalidad española.

b) Capacidad: poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas. En el caso de plazas reservadas a turno de discapacidad, esta deberá ser compatible con el desempeño de las tareas y funciones asignadas al puesto.

c) Edad: tener cumplidos 16 años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa o de aquella otra que pueda establecerse por ley.

d) Habilitación: no haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso a Cuerpos o Escalas de personal funcionario, o para ejercer funciones similares a las que se desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado/a o inhabilitado/a. Se deberá acreditar igualmente, por quienes cuya nacionalidad no sea la española, no hallarse en inhabilitación o en situación equivalente, ni haber sido sometidos a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos, el acceso al empleo público.

e) Titulación: estar en posesión de la titulación exigida en las bases específicas de cada convocatoria, o estar en condiciones de obtenerla en la fecha de finalización de presentación de solicitudes.

f) Quienes concurran por el cupo de reserva de discapacidad, además de reunir los requisitos generales exigidos en el apartado 2 de las presentes bases, deberán tener legalmente reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100. Esta circunstancia deberá acreditarse convenientemente por la persona aspirante.

g) Haber abonado la cantidad dispuesta en concepto de derechos de examen, según la ordenanza fiscal de tasas del Ayuntamiento de Rivas-Vaciamadrid, vigente en el día de la convocatoria.

h) Cualquier otro requisito que por las exigencias del puesto aparezca recogido en las bases específicas de cada convocatoria.

i) Adicionalmente, para el acceso a plazas reservadas a personal funcionario de carrera: (…)

j) Adicionalmente, para el acceso a plazas reservadas a personal laboral fijo: (…)

3. Forma y plazo de presentación de solicitudes

3.1. Solicitudes: en virtud del artículo 66.6 de la Ley 39/2015, se han establecido modelos específicos de solicitud de participación en los procesos selectivos de estabilización, no deberá presentarse en ningún caso la solicitud genérica siendo exclusivamente válida la generada a través de modelos específicos.

Dichos modelos serán facilitados en el Servicio de Atención a la Ciudadanía o a través de la página web del Ayuntamiento: https://www.rivasciudad.es/

Se presentarán preferentemente de forma telemática en la dirección de la Sede Electrónica Municipal ( https://sede-electronica.rivasciudad.es/oferta-empleo/ ), dentro del plazo de veinte días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación del extracto del anuncio de la convocatoria en el “Boletín Oficial del Estado”, donde figurará la oportuna referencia al lugar donde se encuentran publicadas las bases específicas. Si el último día de presentación de instancias fuese sábado o inhábil, el plazo se extenderá automáticamente al día hábil inmediatamente posterior a la citada fecha.

La solicitud podrá asimismo presentarse en las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015 (LPAC).

En la solicitud se declarará que se conocen y reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos en la convocatoria.

Se podrán presentar tantas solicitudes como convocatorias a las que deseen concurrir, haciendo constar en cada solicitud normalizada, la denominación de la plaza y, en su caso, la especialidad a la que se opta, el sistema selectivo y turno al que se presentan.

La presentación de la instancia en el modelo específico supondrá la aceptación de la normativa reguladora del procedimiento selectivo.

Al modelo específico de solicitud se acompañará:

— Recibo de haber abonado los derechos de examen correspondientes según lo dispuesto en el punto 3.2 relativo al pago de tasa por derechos de examen.

— Los documentos para la fase de concurso que se presentarán según lo dispuesto en el apartado 6.

— Fotocopia del DNI o pasaporte que acrediten cumplir con lo previsto en la base 2.1.

— Titulación exigida en las bases específicas de cada convocatoria.

— El personal que opte por el cupo de reserva por discapacidad deberán aportar certificación expedida por los órganos competentes del Ministerio de Empleo y Seguridad Social o, en su caso, de la Comunidad Autónoma correspondiente, en la que se acredite la calificación de la minusvalía, el grado de la misma, así como la compatibilidad para el desempeño de las tareas y funciones correspondientes.

— Aquellos otros que, en su caso, pudieran exigirse en las bases específicas.

4. Sistema selectivo

La realización de las pruebas selectivas se hará de acuerdo con lo previsto en las presentes bases generales y en las bases específicas de cada convocatoria, conforme con lo previsto en los siguientes apartados.

4.1. Sistema selectivo concurso-oposición: se aplicará conforme establece el artículo 2.1 de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de Medidas Urgentes para la Reducción de la Temporalidad en el Empleo Público.

A) Fase oposición:

— Calificación de la fase de oposición: 60 por 100 del proceso selectivo, conforme al artículo 2.4 de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre.

Esta fase de oposición, que puede no tener carácter eliminatorio, consistirá en un ejercicio eminentemente práctico, que versará sobre el contenido del puesto correspondiente a la plaza que se convoca, de conformidad con lo dispuesto en el temario recogido en las correspondientes bases específicas.

B) Fase de concurso: esta fase, supondrá el 40 por 100 del total del proceso, no tendrá carácter eliminatorio, ni podrá tenerse en cuenta para superar la fase de oposición. Los puntos se repartirán de la siguiente forma:

Consistirá en la valoración de los méritos alegados y debidamente acreditados por las personas aspirantes a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes de participación, de conformidad con el baremo establecido en las presentes bases y en las correspondientes bases específicas de cada convocatoria.

4.2. Sistema selectivo concurso: se aplicará conforme establece la disposición adicional sexta y octava de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de Medidas Urgentes para la Reducción de la Temporalidad en el Empleo Público.

A) Fase de concurso:

Los puntos se repartirán de la siguiente forma:

La experiencia profesional tanto general como específica supondrá como máximo el 75 por 100 de la puntuación total. La puntuación relativa la formación y a los méritos específicos supondrá el 25 por 100 de la puntuación total.

Consistirá en la valoración de los méritos alegados y debidamente acreditados por las personas aspirantes a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes de participación, de conformidad con el baremo establecido en las presentes bases y en las correspondientes bases específicas de cada convocatoria.

DISPOSICIÓN FINAL

Entrada en vigor.—Las presentes bases entrarán en vigor al día siguiente de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto íntegro de las bases que rigen la presente convocatoria será publicado en la página web https.//www.rivasciudad.es , en la sede electrónica https://sede-electronica.rivasciudad.es/oferta-empleo/ , y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Rivas-Vaciamadrid.

Rivas-Vaciamadrid, a 20 de octubre de 2022.—El coordinador de Área y concejal-delegado, José Manuel Castro Fernández.

(03/20.368/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20R: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20221102-104