Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 261

Fecha del Boletín 
02-11-2022

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20221102-118

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE CORPA

RÉGIMEN ECONÓMICO

118
Corpa. Régimen económico. Modificación presupuestaria

El Pleno del Ayuntamiento de Corpa, en sesión ordinaria celebrada el día 7 de septiembre de 2022, acordó la aprobación inicial del expediente de modificación 5/2022 del presupuesto del Ayuntamiento de Corpa de 2022.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 169.1 por remisión del 177.2 del Real Decreto 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se sometió el expediente a exposición pública por el plazo de quince días a contar desde el día siguiente de la inserción del anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID para que los interesados pudieran examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimaran oportunas.

Transcurrido dicho plazo sin que se hayan presentado alegaciones, se considera aprobada definitivamente la modificación en aplicación del artículo 169.1 del Real Decreto 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. La modificación consiste en lo siguiente:

Contra este acuerdo podrá interponer directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Madrid (artículos 171.1 de Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y 8, 1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (“Boletín Oficial del Estado” de 14 de julio de 1998).

Corpa, a 20 de octubre de 2022.—El alcalde, Santiago Serrano Barranco.

(03/20.369/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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