Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 262

Fecha del Boletín 
03-11-2022

Sección 1.3.34.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20221103-32

Páginas: 11


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE

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ORDEN 1902/2022, de 19 de octubre, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones de la Dirección General de Promoción Cultural para 2023.

La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, dispone en su artículo 8.1, con carácter de legislación básica del Estado, que “los órganos de las Administraciones Públicas o cualesquiera entes que propongan el establecimiento de subvenciones, con carácter previo, deberán concretar en un Plan Estratégico de Subvenciones los objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación, el plazo necesario para su consecución, los costes previsibles y sus fuentes de financiación, supeditándose en todo caso al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria”. Por su parte, la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, recoge en idénticos términos esta misma obligación en su artículo 4. bis.

Asimismo, el artículo 25.1.a) de la Ley 10/2019, de 10 de abril, de Transparencia y de Participación de la Comunidad de Madrid, establece la obligación de publicar los Planes Estratégicos de Subvenciones, además de en el Portal de Transparencia de la Comunidad de Madrid, en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, dentro de los veinte días siguientes a su aprobación.

En cumplimiento de dichos preceptos, y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas por las disposiciones vigentes,

DISPONGO

Aprobar el Plan Estratégico de Subvenciones de la Dirección General de Promoción Cultural de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte para el fomento de las artes escénicas (teatro, danza, circo), musicales, cinematográficas y de videojuegos, así como para museos, exposiciones, artes visuales y moda como disciplina creativa en el ejercicio 2023, en los términos que se concretan a continuación:

ÁMBITO NORMATIVO

El ámbito normativo en el que se enmarca el presente Plan Estratégico es la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en la redacción dada por la Ley 15/2014, 16 de septiembre, de Racionalización del Sector Público, en relación con la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS) y el Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones (SNPS); el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid; el Decreto 222/1998, de 23 de diciembre, de Desarrollo Parcial de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, en materia de bases reguladoras de las mismas; el Decreto 76/1993, de 26 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento del Procedimiento para la concesión de ayudas y subvenciones públicas; la Ley 9/1990, de 8 de noviembre, Reguladora de la Hacienda de la Comunidad de Madrid; el Decreto 45/1997, de 20 de marzo, por el que se establece el Régimen de Control Interno y Contable ejercido por la Intervención General de la Comunidad de Madrid; la Ley 6/1992, de 15 de julio, del Consejo de Cultura de la Comunidad de Madrid y su Reglamento de desarrollo (Orden de la Consejería de Cultura de 2 de agosto de 2000); la Ley 10/2019, de 10 de abril, de Transparencia y de Participación de la Comunidad de Madrid; el Reglamento (UE) 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado, prorrogado por el Reglamento 2020/972 de la Comisión, por el que se modifica el Reglamento (UE) 651/2014 en lo que respecta a su prórroga y los ajustes pertinentes; el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia; el Real Decreto-Ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia; la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia; y la Orden HFP/1031/2021, de 29 de septiembre, por la que se establece el procedimiento y formato de la información a proporcionar por las Entidades del Sector Público Estatal, Autonómico y Local para el seguimiento del cumplimiento de hitos y objetivos y de ejecución presupuestaria y contable de las medidas de los componentes del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia; y la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para 2023.

ÓRGANOS COMPETENTES

De conformidad con el artículo 5.o del Decreto 229/2021, de 13 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, corresponden a la Dirección General de Promoción Cultural las competencias relativas al fomento y desarrollo de la cultura en las diversas disciplinas y manifestaciones artísticas que conforman las actividades de teatro, danza, música, circo, cinematografía y audiovisual, así como las relativas a museos, exposiciones, artes visuales y moda como disciplina creativa.

OBJETIVOS ESTRATÉGICOS

Según el artículo 12.1 del Reglamento de la Ley General de Subvenciones, los objetivos estratégicos, que describen el efecto que se espera lograr con la acción institucional durante el período de vigencia del plan, han de estar vinculados con los objetivos establecidos en los correspondientes programas presupuestarios. En este sentido la Dirección General de Promoción Cultural ha previsto los objetivos que se relacionan a continuación:

En materia de museos, exposiciones, artes visuales y moda como disciplina creativa, los objetivos genéricos previstos en el Programa 333A son:

1. Gestión e impulso de los museos y colecciones de la Comunidad de Madrid.

2. Promoción del arte contemporáneo.

Para la consecución de los citados objetivos, se atenderá al cumplimiento de objetivos específicos, como son:

a) Impulso a la creación artística de la región mediante convocatorias anuales.

b) Descentralización de las actividades en materia de artes visuales en colaboración con entidades sin ánimo de lucro en la Comunidad de Madrid.

c) Fomento de la realización de grandes proyectos expositivos que potencien el acceso de los ciudadanos y turistas a una oferta expositiva de calidad equiparable a otras capitales europeas.

d) Impulsar el conocimiento del arte contemporáneo y fomentar la actividad expositiva y el acercamiento a los ciudadanos.

e) Afianzar la actividad expositiva de diversos museos de titularidad pública, para el uso y disfrute de los ciudadanos.

En materia de artes escénicas (teatro, danza, circo), musicales, cinematográficas y audiovisuales y del videojuego, los objetivos genéricos incluidos en el Programa 334A son:

1. Promocionar la Comunidad de Madrid como centro de irradiación cultural, nacional e internacional promoviendo una oferta artística única y de calidad, para todos los públicos, en el ámbito de las artes escénicas, el circo, la música y el audiovisual. Apoyando además a las entidades e instituciones especialmente relevantes para la cultura madrileña en el ámbito del teatro, la danza, la música, el circo, la lírica y la cinematografía y el audiovisual, por medio de subvenciones nominativas.

2. Dinamizar y apoyar la consolidación del tejido empresarial cultural madrileño en los ámbitos de las artes escénicas, musicales, circenses, cinematográficas, audiovisuales y animación, así como fomentar la creación, modernización y crecimiento de las industrias culturales madrileñas.

3. Descentralizar la oferta cultural de la Comunidad de Madrid por medio de la colaboración con los municipios madrileños y las entidades sin ánimo de lucro.

4. Fomentar la creación contemporánea en sus distintos ámbitos, así como los nuevos lenguajes artísticos y a los nuevos talentos.

5. Fomentar el acceso de los ciudadanos en toda la región a la cultura; prestando una especial atención a los más jóvenes, para las artes escénicas, la música, circo; la cinematografía y el audiovisual.

6. Promoción de la Comunidad de Madrid como polo de atracción de las industrias culturales, facilitando la digitalización y sostenibilidad de las mismas, atrayendo el talento, y apoyando el emprendimiento, fomentando los rodajes audiovisuales, entre otras.

7. Fomentar una oferta cultural internacional en nuestra región con una especial atención a la creación y cultura hispanoamericana, promocionando la internacionalización de nuestros creadores, así como la colaboración con instituciones culturales públicas y privadas internacionales.

Estos objetivos se materializarán, por un lado, mediante el apoyo a las entidades culturales emblemáticas y museos de la Comunidad de Madrid, por subvenciones de concesión directa en los términos previstos en la normativa vigente, y, por otro, mediante el apoyo a la actividad cultural que realizan ayuntamientos, entidades sin ánimo de lucro, empresas productoras en el sector cultural, así como artistas y creadores a través de las correspondientes convocatorias públicas vigentes en 2023, en régimen de concurrencia competitiva, bajo los principios de publicidad, transparencia, objetividad, igualdad y no discriminación.

La Dirección General de Promoción Cultural pretende conseguir los siguientes efectos:

1. Promocionar la creación y producción madrileña en sus diferentes vertientes, tanto nacional como internacionalmente.

2. Presentar, difundir y promocionar la cultura tradicional de nuestra región.

3. Incrementar la audiencia de las actividades culturales que tienen lugar en nuestra región.

4. Captar nuevos públicos para las artes escénicas, la música, y las artes audiovisuales y cinematográficas.

5. Impulsar el conocimiento del arte contemporáneo y fomentar la actividad expositiva y su acercamiento a los ciudadanos.

6. Apoyar a los artistas residentes en la región en la realización de proyectos originales de creación, con la finalidad de dar a conocer su obra y reconocer el trabajo desarrollado, así como favorecer la formación, la movilidad y los contactos internacionales de los artistas y comisarios.

En cumplimiento de sus atribuciones, y al objeto de proteger, fomentar y promocionar dichas actividades, la Dirección General de Promoción Cultural, establecerá las líneas de subvención que más adelante se detallan, en sus dos ámbitos competenciales:

— Bellas Artes: museos, exposiciones, artes visuales y moda como disciplina creativa.

— Promoción Cultural: artes escénicas, circenses, musicales, cinematográficas y audiovisuales, y videojuegos.

OBJETIVOS ESTRATÉGICOS VINCULADOS AL PLAN DE RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA

La magnitud de las consecuencias sanitarias, sociales y económicas derivadas del brote de SARS-CoV-2, denominado coronavirus COVID-19, ha hecho necesario adoptar medidas que ayuden a paliar el impacto causado por este brote de carácter pandémico. En el contexto de la crisis del COVID-19, se ha hecho necesario reforzar el marco de ayuda a los Estados miembros de la Unión Europea y proporcionarles ayudas financieras directas mediante una herramienta innovadora. A tal fin, mediante el Reglamento (UE) número 241/2021 del Parlamento Europeo y del Consejo de 12 de febrero de 2021, se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.

Por su parte, el Gobierno de España aprobó el 27 de abril de 2021 el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR), que se configura como un instrumento promovido a nivel de la Unión Europea orientado a mitigar los impactos de la citada pandemia, así como a transformar la sociedad, con los objetivos de modernizar el tejido productivo, impulsar la “descarbonización” y el respeto al medio ambiente, fomentar la digitalización, y la mejora de las estructuras y recursos destinados a la investigación y formación, consiguiendo en última instancia una mayor capacidad de la sociedad para superar problemas como la pandemia.

El PRTR recoge 110 inversiones y 102 reformas, con un horizonte temporal hasta el año 2026, sustentado en cuatro ejes de transformación: la transición ecológica, la transformación digital, la cohesión social y territorial y la igualdad de género. A su vez, el Plan se divide en 10 políticas tractoras que recogen 30 componentes, según diversos ejes de actuación en los que intervienen distintos departamentos ministeriales en función de sus respectivas competencias. En concreto, se refieren al ámbito competencial relativo al Plan Estratégico de Subvenciones de la Dirección General de Promoción Cultural los componentes 24 y 25.

El componente 24, “Revalorización de la industria cultural”, recoge reformas e inversiones orientadas a fortalecer la cadena de valor de las industrias culturales españolas mediante el refuerzo de sus capacidades y resiliencia, promoviendo tres ejes estratégicos: la competitividad, la dinamización y cohesión del territorio, y la digitalización y sostenibilidad de los grandes servicios culturales. Por lo que se refiere al presente Plan Estratégico de Subvenciones, se incluyen los proyectos que se indican a continuación:

C24.I2.P1 “Ayudas para ampliar y diversificar la oferta cultural en áreas no urbanas”.

C24.I2.P2.1 “Modernización y gestión sostenible de las infraestructuras de las artes escénicas y musicales”.

C.24.I1.P1.2 “Apoyo a aceleradoras culturales”.

El componente 25, “España hub audiovisual de Europa (Spain AVS Hub)” agrupa una serie de inversiones y reformas destinadas a dinamizar y fortalecer el sector audiovisual, mejorar el clima de inversión y consolidar a España como plataforma de inversión audiovisual a nivel mundial y país exportador de productos audiovisuales, desde una perspectiva amplia e integradora, que incluye los videojuegos y la creación digital, a través de la internacionalización, el fomento de la innovación y la mejora de la regulación.

El proyecto que será gestionado por la Dirección General de Promoción Cultural en el marco del presente Plan Estratégico de Subvenciones es el siguiente:

C25.I01 “Ayudas a salas de cine”.

SUBVENCIONES EN MATERIA DE MUSEOS, EXPOSICIONES, ARTES VISUALES Y MODA COMO DISCIPLINA CREATIVA

I. Normativa específica

La Ley 9/1999, de 9 de abril, de Museos de la Comunidad de Madrid, establece en su artículo 6.1, que la Comunidad de Madrid fomentará la creación de museos municipales de carácter fundamentalmente pedagógico, en especial aquellos que ofrezcan por sus criterios, planteamientos y contenido temático una visión representativa y rigurosa de la historia, las costumbres, las tradiciones, la cultura, las características humanas y naturales o la riqueza patrimonial de los pueblos de la Comunidad de Madrid y contribuirá a su mantenimiento y desarrollo mediante ayudas y asistencia técnica. Asimismo, el artículo 8.4 dispone que la Comunidad de Madrid promoverá la cooperación con otras instituciones museísticas, estableciendo a tal efecto los oportunos convenios o acuerdos.

Por otra parte, el mencionado Decreto de estructura 229/2021, de 13 de octubre, determina en su artículo 5.o, que corresponden a la Dirección General de Promoción Cultural las competencias previstas en la referida Ley 9/1999, de 9 de abril, así como la colaboración con entidades públicas o privadas en la organización de exposiciones, y el fomento y promoción de las artes visuales, en especial la pintura, la escultura, la fotografía, la videocreación, las instalaciones y las “performances”, así como la promoción, seguimiento y difusión de la moda como disciplina creativa.

Esta Dirección General gestiona estas ayudas mediante la concesión de subvenciones con asignación nominativa y mediante la concesión de subvenciones de concurrencia competitiva previa publicación de las convocatorias correspondientes.

II. Previsión presupuestaria

La Dirección General de Promoción Cultural financiará las ayudas comprendidas en el presente Plan Estratégico con cargo al crédito de las partidas que integran el capítulo IV del programa 333A (Museos y Exposiciones) por un importe máximo de 1.349.229 euros, correspondiente a la suma de las distintas líneas de subvención que se desglosan en los siguientes apartados.

III. Líneas de subvención de concurrencia competitiva de museos, exposiciones y artes visuales y moda como disciplina creativa

Las acciones a subvencionar, plazo de adjudicación y de ejecución y la previsión inicial de costes son las siguientes:

1) Circuitos de Artes plásticas de la Comunidad de Madrid (XXXIV Edición): importe máximo 30.000 euros con cargo a la partida 48399. La finalidad de las ayudas es promover la creatividad de jóvenes artistas y propiciar su acceso a la vida profesional mediante la creación de una obra y su presentación en una exposición colectiva.

Plazo de adjudicación: primer semestre de 2023.

Plazo de ejecución: segundo semestre de 2023.

2) Ayudas a personas físicas para la creación de artes visuales, por un importe máximo de 300.000 euros con cargo a la partida 48399. Su finalidad es fomentar el desarrollo de proyectos de creación en el ámbito de las artes visuales para apoyar a los creadores madrileños o residentes en Madrid y contribuir a la consolidación y proyección de su carrera.

Plazo de adjudicación: primer semestre de 2023.

Plazo de ejecución: segundo semestre de 2023.

3) Ayudas a entidades culturales privadas sin ánimo de lucro para actividades de artes visuales y de moda como disciplina creativa. Se realizará mediante una convocatoria en régimen de concurrencia competitiva, por un importe máximo de 100.000 euros que se imputará a la partida 48099. Su finalidad es el apoyo a la actividad cultural que realizan las asociaciones y fundaciones madrileñas, por ser ambas entidades un medio de participación de los ciudadanos en actividades de artes visuales y de moda como disciplina creativa.

Plazo de adjudicación: primer semestre de 2023.

Plazo de ejecución: segundo semestre de 2023.

IV. Consignaciones presupuestarias de carácter nominativo

De acuerdo con lo establecido en el artículo 22.2 de la Ley General de Subvenciones, se han previsto diversas subvenciones con asignación nominativa en los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2023 en el programa 333A correspondiente a la Dirección General de Promoción Cultural.

En relación con dichas subvenciones, a continuación se indican las entidades beneficiarias de las mismas, su importe, objetivo, y partida presupuestaria:

— Museo Nacional del Prado: 150.000 euros para acciones relacionadas con la actividad museística, con cargo a la partida 40320.

— Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía: 150.000 euros para para acciones relacionadas con la actividad museística, con cargo a la partida 40321.

— Ayuntamiento de Buitrago del Lozoya: 35.000 euros con destino al mantenimiento del Museo Picasso, con cargo a la partida 46350.

— Ayuntamiento de Horcajuelo de la Sierra: 12.500 euros para el mantenimiento del Museo Etnográfico, con cargo a la partida 46351.

— Ayuntamiento de Colmenar de Oreja: 17.500 euros destinados al mantenimiento del Museo Ulpiano Checa, con cargo a la partida 46353.

— Asociación de Creadores de Moda de España (ACME): 334.229 euros para promoción internacional de la moda española, con cargo a la partida 48022.

— Asociación Arte y Sociedad: 15.000 euros para la organización de la Feria Estampa en su edición de 2023, con cargo a la partida 48049.

— Fundación Colección Thyssen-Bornemisza: 150.000 euros para para acciones relacionadas con la actividad museística, con cargo a la partida: 48149.

— Fundación Contemporánea: 55.000 euros para acciones relacionadas con artes visuales, con cargo a la partida 48151.

SUBVENCIONES EN MATERIA DE ARTES ESCÉNICAS, MUSICALES, CINEMATOGRÁFICAS, AUDIOVISUALES Y DE VIDEOJUEGO

I. Previsión presupuestaria

La Dirección General de Promoción Cultural financiará las ayudas comprendidas en el presente Plan Estratégico con cargo a los créditos de las partidas que integran los capítulos IV y VII del programa 334A (Promoción y Difusión Cultural). El importe máximo de las adjudicaciones que se podrá conceder en las distintas líneas de subvención de concurrencia competitiva y en las de consignación nominativa es de 16.600.000 euros, siendo 8.400.000 euros de concurrencia competitiva y 8.200.000 euros nominativas, incluidos convenios subvención. En este sentido, el importe que se ejecutará en el 2023 será de 15.500.000 euros y el importe que se ejecutará en el 2024 será de 1.700.000 euros.

II. Líneas de subvención en el ámbito de las artes escénicas, musicales, cinematográficas y audiovisuales, y de videojuego

Las acciones a subvencionar, plazo de adjudicación y de ejecución y la previsión inicial de costes son las siguientes:

1) Ayudas a municipios madrileños con población inferior a 10.000 habitantes.

Objetivo: El apoyo a la actividad cultural que realizan los municipios de menos de 10.000 habitantes se justifica por la necesidad de consolidar y promocionar actividades culturales en todo el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid, con especial incidencia en las poblaciones más pequeñas.

Se realizará mediante una convocatoria en régimen de concurrencia competitiva, para llevar a cabo actividades de teatro, danza, música y la cinematografía, con un importe máximo de 300.000 euros, que se imputará a la partida 46309.

Plazo de adjudicación: primer semestre de 2023.

Plazo de ejecución: segundo semestre de 2023.

2) Ayudas a entidades culturales privadas sin ánimo de lucro.

Objetivo: El apoyo a la actividad cultural que realizan las asociaciones y fundaciones madrileñas, se justifica por ser ambas entidades un medio de participación de los ciudadanos en actividades de teatro, danza, música y cinematografía.

Se realizará mediante una convocatoria en régimen de concurrencia competitiva, para llevar a cabo actividades de teatro, danza, música y cinematografía, con un importe máximo de 450.000 euros, que se imputará a la partida 48099.

Plazo de adjudicación: primer semestre de 2023.

Plazo de ejecución: segundo semestre de 2023.

3) Ayudas a empresas privadas dedicadas a las artes escénicas, la música, la cinematografía y el audiovisual.

Objetivo: Consolidar el tejido empresarial dedicado a las actividades de teatro, danza, música y cinematografía. Ello se justifica por la contribución de las empresas del sector al crecimiento cultural de nuestra región, por su aportación a la innovación creativa e intelectual, al desarrollo tecnológico e innovador y por la recuperación del patrimonio cultural.

Instrumento jurídico y líneas de actuación.

Se realizarán convocatorias destinadas a empresas en régimen de concurrencia competitiva.

Para ello se fomentará:

1. La producción de obras teatrales.

2. La producción de obras coreográficas.

3. La producción de espectáculos musicales, la grabación de discos y el fomento de ciclos o festivales de música.

4. La producción de cortometrajes.

5. La producción de largometrajes.

6. La promoción del desarrollo de proyectos audiovisuales.

7. La promoción del videojuego como disciplina creativa.

8. El apoyo a empresas para la consolidación de estructura de ámbito teatral y coreográfico.

9. El apoyo a empresas para la consolidación de las salas de teatro, salas de música y tablaos flamencos.

10. El apoyo a empresas de carácter circense.

El crédito previsto para hacer frente a las convocatorias correspondientes se consignará en la partida 47399, por un importe máximo de 7.650.000 euros, correspondiendo la ejecución de 5.950.000 euros a 2023 y de 1.700.000 euros a 2024.

Las líneas de ayuda para empresas se concretarán en las convocatorias siguientes:

3.1. Ayudas a la actividad teatral y coreográfica de carácter anual.

Los objetivos concretos que se pretenden conseguir con esta convocatoria son los siguientes:

1. Apoyar la creación de espectáculos teatrales y coreográficos.

2. Apoyar la innovación creativa e intelectual en la Comunidad de Madrid.

Esta convocatoria tendrá un importe máximo de 1.050.000 euros, con las siguientes modalidades y distribución:

1. Producción y estreno de una obra teatral: 750.000 euros.

2. Producción y estreno de una obra coreográfica: 300.000 euros.

Plazo de adjudicación: primer semestre de 2023.

Plazo de ejecución: segundo semestre de 2023.

3.2. Ayudas a la actividad musical de carácter anual.

Los objetivos concretos que se pretenden conseguir son:

1. Apoyar la creación de espectáculos musicales.

2. Apoyar la difusión de la fonografía.

3. Apoyar la difusión de música en vivo.

4. Apoyar la recuperación del patrimonio musical.

El importe máximo de esta convocatoria será de 325.000 euros, y tendrá las siguientes modalidades:

1. Producción y estreno de espectáculos musicales.

2. Grabación y edición de discos.

3. Producción y exhibición de ciclos, festivales de música y conciertos.

Plazo de adjudicación: primer semestre de 2023.

Plazo de ejecución: segundo semestre de 2023.

3.3. Ayudas de carácter bienal para el fomento de estructuras de empresas en las artes escénicas, de salas de teatro, salas de música y tablaos flamencos.

Los objetivos concretos que se pretenden conseguir son:

1. Favorecer la transición del sector cultural hacia un modelo de industria cultural.

2. Consolidar las estructuras empresariales del sector cultural.

3. Promover el desarrollo de instrumentos de gestión empresarial en el sector cultural.

4. Adaptar los mecanismos de financiación de la Comunidad de Madrid para mejorar la dotación de liquidez del sector cultural

5. Facilitar el procedimiento de justificación de los proyectos subvencionados por la Comunidad de Madrid

6. Establecer un marco de financiación que promueva proyectos de digitalización y sostenibilidad del sector cultural.

Esta convocatoria tendrá las modalidades y cuantías siguientes:

1. Ayudas a estructuras empresariales de ámbito teatral para su consolidación en la Comunidad de Madrid por un importe máximo de 1.125.000 euros, correspondiente a la anualidad 2023, de conformidad con la Orden 385/2022, de 24 de marzo, por la que se establece la convocatoria de ayudas bienales para el fomento de estructuras de empresas teatro para 2022 y 2023.

2. Ayudas a estructuras empresariales de ámbito coreográfico para su consolidación en la Comunidad de Madrid por un importe máximo de 500.000 euros, correspondiente a las anualidades 2023-2024, siendo la primera la anualidad 2023 de 250.000 euros y la anualidad 2024 por el mismo importe.

3. Apoyo a la programación y mantenimiento de salas de teatro en la Comunidad de Madrid, por un importe máximo de 900.000 euros, correspondiente a las anualidades 2023-2024, siendo la anualidad 2023 de 450.000 euros y la anualidad 2024 por el mismo importe.

4. Apoyo a la programación y mantenimiento de salas de música en vivo y tablaos flamencos, por un importe máximo de 700.000 euros, correspondiente a las anualidades 2023-2024, siendo la anualidad 2023 de 350.000 euros y la anualidad 2024 por el mismo importe.

3.4. Ayudas de carácter bienal para la producción cinematográfica.

Los objetivos concretos que se pretenden conseguir son:

1. Apoyar la producción y difusión de los nuevos creadores audiovisuales de la Comunidad de Madrid.

2. Apoyar la innovación y el desarrollo tecnológico.

3. Apoyar la producción de largometrajes y cortometrajes en la Comunidad de Madrid.

4. Apoyar el conocimiento del patrimonio cultural y de los rasgos específicos de la Comunidad de Madrid.

Las convocatorias que se pondrán en marcha para la consecución de dichos objetivos serán las siguientes:

1. Producción de largometrajes por un importe máximo de 1.000.000 euros, correspondiendo 500.000 euros a 2023 y la misma cantidad a 2024.

Plazo de adjudicación: primer semestre de 2023.

Plazo de ejecución: primera anualidad, segundo semestre de 2023; segunda anualidad, 2024.

Asimismo, se tramitarán los pagos correspondientes a la segunda anualidad, por importe de 500.000 euros, de la convocatoria aprobada por Orden 386/2022, de 24 de marzo, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se convocan ayudas a empresas audiovisuales para la producción de largometrajes en la Comunidad de Madrid en 2022/23.

2. Producción de cortometrajes por un importe máximo de 300.000 euros, correspondiendo 150.000 euros a 2023 e igual importe a 2024.

Plazo de adjudicación: segundo semestre de 2023.

Plazo de ejecución: primera anualidad, segundo semestre de 2023; segunda anualidad, 2024.

Asimismo, se tramitarán los pagos correspondientes a la segunda anualidad, por importe de 150.000 euros, de la convocatoria aprobada por Orden 258/2022, de 24 de febrero, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se convocan ayudas a personas físicas y empresas audiovisuales para la producción de cortometrajes en la Comunidad de Madrid en 2022/23.

3.5. Ayudas anuales a empresas productoras cinematográficas para el desarrollo de proyectos audiovisuales.

El objetivo es impulsar y facilitar los procesos previos al rodaje de proyectos audiovisuales (largometrajes y series de ficción, animación o documentales) con la finalidad de que posteriormente puedan concretarse en una obra audiovisual que se pueda realizar en nuestra Comunidad, a fin de facilitar su conocimiento por los espectadores de todo el mundo mediante su exhibición pública.

Esta convocatoria tendrá un importe máximo de 750.000 euros.

3.6. Ayudas a empresas para el desarrollo de la actividad circense en la Comunidad de Madrid.

El objetivo es apoyar y fomentar a empresas de ámbito circense a desarrollar sus proyectos en la Comunidad de Madrid.

Esta convocatoria tendrá un importe máximo de 100.000 euros.

Plazo de adjudicación y de ejecución: segundo semestre de 2023.

3.7. Ayudas a empresas para la promoción del videojuego como disciplina creativa en la Comunidad de Madrid.

El objetivo es impulsar y facilitar el desarrollo de una actividad innovadora tecnológicamente a través del diseño y promoción del videojuego.

Esta convocatoria tendrá un importe máximo de 250.000 euros.

Plazo de adjudicación: primer semestre de 2023.

Plazo de ejecución: segundo semestre de 2023.

III. Consignaciones presupuestarias de carácter nominativo

De acuerdo con lo establecido en el artículo 22.2 de la Ley General de Subvenciones, se han previsto diversas subvenciones con asignación nominativa en los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2023 en el programa 334A correspondiente a la Dirección General de Promoción Cultural.

En relación con dichas subvenciones, a continuación se indica su objetivo, entidad, importe y partida presupuestaria:

Objetivo: Apoyar entidades culturales emblemáticas de la Comunidad de Madrid, con trayectorias sobresalientes en la realización de actividades de interés y calidad, con la finalidad de fomentar sus actividades y facilitar su mantenimiento:

— Festival de Cine Alcalá de Henares (Alcine): 55.000 euros, con cargo a la partida 46352.

— Ateneo, Científico y Literario: 100.000 euros con cargo a la partida 48014.

— Academia de las Artes y las Ciencias Cinematográficas de España: 35.000 euros, con cargo a la partida 48015.

— Asociación Círculo de Bellas Artes: 250.000 euros, con cargo a la partida 48018.

— Asociación Madrileña Audiovisual (AMA): 30.000 euros, con cargo a la partida 48055.

— Fundación Escuela de la Cinematografía y del Audiovisual de la Comunidad de Madrid: 1.750.000 euros, con cargo a la partida 48120.

— Fundación Teatro de La Abadía: 1.750.000 euros, con cargo a la partida 48121.

— Fundación Teatro Real: 3.800.000 euros, con cargo a la partida 48128.

— Academia de las Artes Escénicas: 130.000 euros, con cargo a la partida 48152.

IV. Convenio subvención con la Fundación Teatro Real: 300.000 euros, con cargo a la partida 48100

CONVOCATORIAS DE AYUDAS VINCULADAS AL PLANE RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA

1. Convocatorias de ayudas en el ámbito del Componente 24

1.1. C24.I02.P02 “Modernización y gestión sostenible de las infraestructuras de las artes escénicas y musicales, así como el fomento de circuitos de difusión interterritorial”.

1.1.1. Orden 1747/2021, de 29 de diciembre, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se establecen las bases reguladoras que han de regir la convocatoria pública para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva destinadas a la financiación de proyectos de inversión en infraestructuras escénicas y musicales con cargo al “Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (financiado por la Unión Europea) Nextgeneration EU”.

Se trata de la convocatoria de ayudas correspondiente a 2022, cuya resolución se efectuará en 2023. Las presentes ayudas tienen como finalidad contribuir a la financiación de inversiones para la modernización y gestión sostenible de las infraestructuras de las artes escénicas y musicales ubicadas en la Comunidad de Madrid, tanto de titularidad pública como privada. Las actuaciones elegibles que se financiarán con cargo a estas ayudas son las siguientes:

a) Modernización de sistemas digitales de audio y comunicaciones en red.

b) Modernización de los sistemas de iluminación digital.

c) Modernización de los sistemas de vídeo digital.

d) Modernización de los sistemas de gestión digital de maquinaria escénica.

e) Modernización de las herramientas y sistemas digitales de gestión artística y de producción de espectáculos en los recintos escénicos y musicales.

En el marco de las bases reguladoras aprobadas por la citada Orden 1747/2021, de 29 de diciembre, se convocarán ayudas con cargo al programa presupuestario 334A por importe de 2.696.313 euros, con el siguiente desglose: 1.887.419 euros con cargo a la partida 77309 y 808.894 euros con cargo a la partida 76309.

Plazo para la publicación de la convocatoria: último trimestre de 2022.

1.2. C24.I02.P01 “Ayudas para ampliar y diversificar la oferta cultural áreas no urbanas”.

Estas ayudas pretenden reforzar y desarrollar capacidades para construir un sector cultural sólido más allá de los grandes núcleos urbanos y contribuir de ese modo a incrementar la actividad cultural en el territorio, entendida como motor de cambio, dinamización y transformación social. Su objetivo es activar procesos culturales en zonas no urbanas que refuercen el vínculo individual y social con el territorio y ofrezcan nuevas oportunidades laborales.

Con estas ayudas, se financiarán, entre otras, las siguientes actuaciones:

— Eventos o espectáculos artísticos o culturales, festivales, exposiciones y otras actividades culturales similares dentro de los siguientes ámbitos: artes visuales, cine y artes audiovisuales, teatro, danza, circo, música, actividades artísticas multidisciplinares y aquellas que relacionan la cultura y las artes con la ciencia y/o los saberes tradicionales.

— Proyectos que, mediante la participación multiagente (laboratorios de ideas, prototipados de proyectos, iniciativas transdisciplinares o alianzas transectoriales), favorezcan la experimentación, la investigación y la innovación cultural y tengan una concreción práctica en el territorio.

— Patrimonio inmaterial, en conexión con la cultura y las prácticas contemporáneas.

— Actividades de educación, transferencia y mediación artística y cultural, incluyendo el uso de las nuevas tecnologías.

Las ayudas se destinarán a financiar proyectos y actividades culturales que se celebren o se desarrollen en el medio rural, entendiendo por tal, como lo define la Ley 45/2007, de 13 de diciembre, para el desarrollo sostenible del medio rural, el espacio geográfico formado por la agregación de municipios o entidades locales menores definido por las administraciones competentes que posean una población inferior a 30.000 habitantes y una densidad inferior a los 100 habitantes por km2. En ausencia de definición, ese espacio quedará delimitado por el término municipal. Se dará tratamiento prioritario a aquellos proyectos y actividades que se desarrollen en municipios o localidades de menos de 5.000 habitantes y estén integrados en el medio rural.

El importe máximo correspondiente a la convocatoria de 2023 será de 300.001 euros, que se hará efectivo con cargo a la partida 46309 del programa 334A y 224.370 euros, que se hará efectivo a cargo de la partida 47399 del programa 334A.

Publicación de la convocatoria: primer semestre de 2023.

Resolución: antes del 30 de septiembre de 2023.

1.3. C.24.I1.P1.2 “Apoyo a aceleradoras culturales”.

La aceleración de las Industrias Creativas y Culturales (ICC) es un elemento esencial para la recuperación y resiliencia de la economía madrileña. La creatividad e innovación, rasgos distintivos de las ICC, son elementos clave para la recuperación económica. La renovación continua y amplitud de las oportunidades de negocio plantean un escenario de oportunidades.

A través de estas actuaciones, se pretende activar el crecimiento del tejido industrial empresarial y profesional de las ICC de la Comunidad de Madrid, desarrollando su potencial y transformándolo en polo de atracción económico y generación de empleo.

Las ayudas estarán dirigidas a la obtención de habilidades emprendedoras y financieras de los profesionales de los sectores de cultura y la creación, a través de actuaciones como:

a) Acelerar el crecimiento del tejido empresarial y profesional de las ICC.

b) Impulso de la transformación a la cultura digital y la incorporación de las nuevas tecnologías en las ICC.

c) Favorecer las interconexiones entre las ICC y de estas con otros sectores económicos.

d) Mejora del acceso a la financiación de las ICC.

Las aceleradoras y los programas de aceleración están especializados no solo en la inyección de capital a través de inversiones, sino también en dar acompañamiento a proyectos con alto potencial de crecimiento y desarrollan actividades que van desde la mentoría y tutoría de acompañamiento, hasta los programas de formación intensiva, apoyo en la búsqueda de financiación, inversión, o desarrollo de redes de contactos.

El importe máximo correspondiente a la convocatoria de 2023 será de 4.941.611,56 euros, que se hará efectivo con cargo a la partida 77309 del programa 334A, del cual se podrá detraer un máximo de 36.180 euros, en concepto de costes operativos de implementación para la resolución de estas ayudas.

Publicación de la convocatoria: último trimestre de 2022.

Resolución: antes del 30 de septiembre de 2023.

2. Convocatorias de ayudas a gestionar en el ámbito del Componente 25

2.1. C25.I01 “Ayudas a salas de cine”.

En el contexto actual, las salas de cine necesitan renovar sus competencias y prácticas para animar al público a volver a las salas después de meses de cierre, de aforo reducido y escasez de estrenos, así como integrar nuevos enfoques de la experiencia del consumo audiovisual para hacer frente a nuevas realidades en torno a la cultura, el público, la sociedad, el desarrollo sostenible, los desequilibrios entre territorios, la tecnología y la industria. Ante la falta de ayudas ordinarias para las salas de exhibición, estas nuevas ayudas se proponen:

— Desplegar un escenario de provenir para las salas de exhibición a través de criterios de innovación, funcionamiento digitalizado y sostenible, creación y fidelización de públicos y adaptación a los nuevos hábitos de consumo audiovisual.

— Mantener las salas de exhibición como agente relevante de la cadena de valor por ser fuente de promoción de la producción europea y en lenguas oficiales de España y por favorecer la recuperación de la inversión en producción audiovisual a través de los ingresos de taquilla.

— Evitar que desaparezca una oferta cultural estable y diversa en todo el territorio.

El importe máximo de esta convocatoria ascenderá a 1.975.710 euros, que se financiará con cargo a la partida 77309, del programa 334A.

La convocatoria de ayudas a las salas de exhibición cinematográfica, aprobada por Orden 1131/2022, de 13 de julio, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas a titulares de salas de exhibición cinematográfica y se aprueba la convocatoria correspondiente al año 2022, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (financiado por la Unión Europea) Nextgeneration EU, se publicó en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID el 28 de julio de 2022.

La resolución de dichas ayudas se efectuará en el último trimestre de 2022.

El abono de las mismas se efectuará en el primer trimestre de 2023.

Las medidas implementadas por los titulares de las salas de exhibición que resulten beneficiarios de estas ayudas deben estar puestas en marcha en 2023.

SEGUIMIENTO, SISTEMA DE EVALUACIÓN Y CUMPLIMIENTO DE LOS OBJETIVOS

El seguimiento de las subvenciones se realiza por tres órganos diferentes:

1. La Dirección General, en todas sus fases, desde la presentación del proyecto inicial hasta la memoria final justificativa.

En este sentido, se comparará el proyecto o memoria detallada que, en la fase previa a la concesión de la subvención, se exige a los solicitantes, con las actuaciones o proyectos finalmente desarrollados, lo que se justificará con la documentación que deba aportar cada entidad de conformidad con lo que establezcan las correspondientes bases reguladoras.

2. La Comisión de valoración correspondiente, como órgano de trabajo del Consejo de Cultura de la Comunidad de Madrid, participará en las subvenciones de concurrencia competitiva en la elaboración de la propuesta de resolución previa a la adjudicación de las ayudas.

3. La Intervención de la Comunidad de Madrid, en todas las fases del procedimiento mediante la fiscalización de la documentación previa a la adjudicación y al pago de las ayudas, y mediante la comprobación material de las actuaciones de los beneficiarios, de conformidad con lo establecido en el artículo 12 de la Ley de Subvenciones de la Comunidad de Madrid.

El sistema de evaluación y el cumplimiento de objetivos lo realizan la Dirección General mediante la comparación entre los resultados obtenidos y los indicadores establecidos en las fichas presupuestarias de los programas 333A (Museos y Exposiciones) y 334A (Promoción y Difusión Cultural) de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid.

MEDIDAS CORRECTORAS

Si como resultado de la evaluación efectuada se pusiese de manifiesto que las acciones impulsadas mediante las subvenciones no están cumpliendo los objetivos previstos, se podrán introducir en el presente Plan estratégico de subvenciones las modificaciones que se estimen pertinentes, al objeto de adecuar de forma eficaz los recursos públicos invertidos a la obtención de los resultados perseguidos, garantizando el principio de eficiencia en la gestión pública.

En Madrid, a 19 de octubre de 2022.

La Consejera de Cultura, Turismo y Deporte, MARTA RIVERA DE LA CRUZ

(03/20.416/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.34.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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