Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 262

Fecha del Boletín 
03-11-2022

Sección 3.10.20N: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20221103-76

Páginas: 42


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE NAVAS DEL REY

URBANISMO

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Navas del Rey. Urbanismo. Normas Subsidiarias Planeamiento

En sesión celebrada el día 30 de julio de 1985 y por el Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, se ha adoptado el acuerdo: aprobar definitivamente las Normas Subsidiarias de Planeamiento del término municipal de Navas del Rey (Madrid), promovidas por el Ayuntamiento de la localidad citada, en base a las consideraciones técnicas y jurídicas en que fundamenta su informe favorable la Comisión de Urbanismo y Medio Ambiente.

NORMAS SUBSIDIARIAS DE PLANEAMIENTO MUNICIPAL DE NAVAS DEL REY

Aprobación provisional: 10 de julio de 1985; aprobación definitiva: 30 de julio de 1985.

Anuncios en BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID: 9 de agosto de 1985; y en “Boletín Oficial del Estado” de 6 de septiembre de 1985.

INTRODUCCIÓN

Las Normas Subsidiarias de Planeamiento de Navas del Rey han sido formuladas por el Ayuntamiento de esta localidad, que ha contado con el asesoramiento y colaboración de la Consejería de Ordenación del Territorio, Medio Ambiente y Vivienda.

La redacción del documento ha estado a cargo de un equipo encabezado por Amparo Gimeno, Antonio Alonso e Ignacio Marinas, que ha trabajado bajo la dirección e instrucciones inicialmente de la Diputación Provincial de Madrid y posteriormente del correspondiente Servicio de Desarrollo del Planteamiento de la Dirección General de Urbanismo, en el cual se ha encargado directamente de la dirección y el seguimiento del proceso de planeamiento Carlos Martínez.

















































































Navas del Rey, a 20 de octubre de 2022.—El alcalde, Jaime Peral Pedrero.

(03/20.449/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20N: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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