Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 265

Fecha del Boletín 
07-11-2022

Sección 1.4.30.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20221107-56

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

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CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y POLÍTICA SOCIAL

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ADENDA de 7 de octubre de 2022, de prórroga del convenio de colaboración entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social, y la Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades y la Asociación de Voluntarios de Caixabank, para el desarrollo del Programa de Educación Financiera “Finanzas para Jóvenes” en la Comunidad de Madrid.

REUNIDOS

De una parte, doña María Concepción Dancausa Treviño, Consejera de Familia, Juventud y Política Social, nombrada mediante Decreto 47/2021, de 19 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, actuando en virtud de las atribuciones que le confieren el artículo 41.a) de la Ley 1/1983, de 23 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y el artículo 3 del Decreto 48/2019, de 10 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.

De otra, don Enrique Ossorio Crespo, titular de la Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades, nombrado mediante Decreto 38/2022, de 15 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se crea la Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades, actuando en virtud de las atribuciones que le confieren el artículo 41.a) de la Ley 1/1983, de 23 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid y el artículo 3 del Decreto 48/2019, de 10 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.

Y de otra, don Raúl José Marqueta Bueno, en su condición de presidente del Consejo de Gobierno de la Asociación de Voluntarios de CaixaBank, actuando en nombre y representación de la Asociación de Voluntarios de Caixabank, con N.I.F G-66798224, constituida el 1 de junio de 2016 y domicilio social en calle Sabino Arana, 32, bis, bajos, local 2, puerta primera, de Barcelona, en virtud de las facultades en el apoderamiento otorgado ante el Notario don Salvador Farrés Ripoll de 21 de diciembre de 2021, con el número 17.774.

En lo sucesivo, las entidades firmantes podrán ser denominadas conjunta e indistintamente como las partes y de forma individual como la parte.

Ambas partes intervienen en nombre y representación de las organizaciones señaladas, reconociéndose capacidad jurídica suficiente para suscribir la presente Adenda, y al efecto,

MANIFIESTAN

Primero

Que con fecha 1 de diciembre de 2021 la Consejera de Familia, Juventud y Política Social; el entonces Consejero de Educación, Universidades, Ciencia y Portavoz del Gobierno de la Comunidad de Madrid, y el Vicepresidente de la Junta del Voluntariado, de la Asociación de Voluntarios de Caixabank, suscribieron un convenio de colaboración. En el convenio se establecen las condiciones en las que se desarrolla el proyecto “Finanzas para Jóvenes”, en los centros educativos públicos de la Comunidad de Madrid, con el fin de llevar a cabo los talleres para los alumnos y alumnas de 4.o de la ESO. El programa versa sobre el funcionamiento del sistema financiero actual, ayudando así a la formación de consumidores críticos, que tomen decisiones informadas y conscientes.

Segundo

Que en la cláusula tercera del citado convenio se reflejan las actuaciones y compromisos asumidos por ambas partes, en cada una de las fases, comunes a ambos.

Tercero

Que, en la cláusula octava de dicho Convenio, las partes firmantes acordaron que el convenio surtiría efectos desde la fecha de su firma el 1 de diciembre de 2021 y tendría vigencia por un año. No obstante, podría prorrogarse por un período de un año y así sucesivamente hasta un máximo de cuatro años adicionales de prórroga, previo acuerdo unánime de las partes mediante la correspondiente adenda de prórroga en la que, en su caso, se procedería a la actualización de las actividades a realizar.

Cuarto

Que las partes manifiestan su satisfacción por la colaboración desarrollada, reconocen mutuamente el buen cumplimiento y desean prorrogar el mismo.

Quinto

Que, con el fin de dar continuidad a la prestación del objeto de dicho Convenio, las partes firmantes de esta adenda de prórroga estiman necesario continuar con dicha colaboración por el período de un año, de conformidad a las siguientes:

CLÁUSULAS

Primera

Las partes firmantes acuerdan la prórroga por un año del convenio de colaboración suscrito con fecha 1 de diciembre de 2021 entre la Consejería de Familia, Juventud y Política Social de la Comunidad de Madrid, la entonces Consejería de Educación, Universidades, Ciencia y Portavocía del Gobierno de la Comunidad de Madrid y la Asociación de Voluntarios de Caixabank para la gestión de para el desarrollo del programa de educación financiera “Finanzas para Jóvenes” en la Comunidad de Madrid.

Por lo tanto, los efectos de la presente Adenda de prórroga de este convenio de colaboración, se extenderán desde el día 1 de diciembre de 2022 hasta el 30 de noviembre de 2023.

Segunda

Las partes intervinientes se comprometen a continuar desarrollando las actuaciones previstas en la cláusula tercera, cuarta, quinta, sexta y séptima del convenio, dirigidas a dar continuidad al objeto del convenio de colaboración.

Tercera

Las obligaciones asumidas entre las partes firmantes se entenderán vigentes hasta la extinción de la presente adenda.

Y para que así conste, y en prueba de conformidad de las partes, se firma el presente documento.

En Madrid a 7 de octubre de 2022.—La Consejera de Familia, Juventud y Política Social, María Concepción Dancausa Treviño.—El Vicepresidente, Consejero de Educación y Universidades, Enrique Ossorio Crespo.—El Presidente de la Asociación de Voluntarios de Caixabank, Raúl José Marqueta Bueno.

(03/20.604/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.30.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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