Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 266

Fecha del Boletín 
08-11-2022

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20221108-87

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE VILLAVICIOSA DE ODÓN

RÉGIMEN ECONÓMICO

87
Villaviciosa de Odón. Régimen económico. Ordenanza fiscal bienes inmuebles

En el Servicio de Rentas de este Ayuntamiento, y a los efectos de lo dispuesto en el artículo 17.2 del Real Decreto 2/2004, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Haciendas Locales, se encuentra expuesto al público el acuerdo provisional que a continuación se relaciona, adoptado por la Corporación en Pleno en sesión celebrada el día 31 de octubre de 2022:

— Aprobar la modificación de la ordenanza fiscal siguiente: ordenanza fiscal reguladora del impuesto de bienes inmuebles de naturaleza urbana y rústica.

Los interesados legítimos a los que hace referencia el artículo 18 del Real Decreto 2/2004, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Haciendas Locales, podrán examinar el referido expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas con sujeción a las siguientes reglas:

a) Plazo de información pública y audiencia, así como presentación de reclamaciones: treinta días hábiles desde la publicación de este anuncio en le BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

b) Oficina de presentación: Registro General del Ayuntamiento.

c) Organismo ante el que se reclama: Pleno del Ayuntamiento.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 17.3 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, finalizado el período de exposición pública, y sin que se hubiera presentado reclamaciones durante el citado período de exposición pública, se entenderá de manera definitiva adoptado el acuerdo anteriormente citado, hasta entonces provisional, sin necesidad de acuerdo Plenario.

Villaviciosa de Odón, a 4 de noviembre de 2022.—El alcalde-presidente, Raúl Martín Galán.

(03/21.506/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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