Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 268

Fecha del Boletín 
10-11-2022

Sección 3.10.20M: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20221110-101

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MIRAFLORES DE LA SIERRA

OFERTAS DE EMPLEO

101
Miraflores de la Sierra. Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo

Por resolución de Alcaldía 2022/1558, de fecha 24 de octubre, se han aprobado las bases específicas que regirán el proceso selectivo para cubrir una plaza de conserje, con carácter de personal laboral fijo (expediente electrónico 4801/2022), mediante el sistema de acceso libre y procedimiento de concurso-oposición del proceso extraordinario de estabilización de empleo temporal. Las bases de dicho procedimiento se encuentran expuestas íntegramente en el tablón de anuncios y en la sede electrónica de este Ayuntamiento:

https://mirafloresdelasierra.sedelectronica.es/board/9753e838-f59b-11de-...

El plazo de presentación de solicitudes de participación será de diez días hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el “Boletín Oficial del Estado”.

Contra la convocatoria y sus bases, que ponen fin a la vía administrativa, se puede interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, ante el Alcaldía del Ayuntamiento de Miraflores de la Sierra, de conformidad con los artículos 123 y 124 de Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo contencioso-administrativo de Madrid o, a su elección, el que corresponda a su domicilio en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo, no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente.

En Miraflores de la Sierra, a 25 de octubre de 2022.—El alcalde-presidente, Luis Guadalix Calvo.

(02/20.772/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20M: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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