Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 268

Fecha del Boletín 
10-11-2022

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20221110-84

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ALCALÁ DE HENARES

RÉGIMEN ECONÓMICO

84
Alcalá de Henares. Régimen económico. O. A. Ciudad Deportiva Municipal. Extracto convocatoria subvenciones

Extracto del acuerdo de 3 de noviembre de 2022, del Consejo de Administración del Organismo Autónomo Ciudad Deportiva Municipal de Alcalá de Henares, por el que se convoca la concesión de ayudas económicas a familias con rentas bajas para acceder a la práctica de actividad física en el municipio de Alcalá de Henares.

BDNS: 657436

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 b) y 20.8 a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/lindex):

Primero. Beneficiarios.—Podrán ser beneficiarios de la subvención quienes cumplan los siguientes requisitos:

a) Familias con hijos/as de 3 a 17 años (incluidos).

b) Que desarrollen su actividad deportiva en servicios deportivos municipales, en concesiones administrativas, entidades privadas, clubes deportivos, agrupaciones deportivas y secciones de acción deportiva; con domicilio fiscal o que desarrollen su actividad deportiva en la ciudad de Alcalá de Henares.

c) Estar inscritos en su actividad deportiva para la temporada 2022-2023.

d) Presentar la solicitud de “Ayudas económicas a familias con rentas bajas para acceder a la práctica de actividad física en el municipio de Alcalá de Henares” en el plazo y forma mencionada en estas bases.

e) La renta de las familias que soliciten la ayuda, correspondiente al último ejercicio fiscal liquidado, no puede superar dos veces el IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples) correspondiente al año 2022.

“El IPREM fijado en 2022 es de 579,02 euros mensuales, un valor correspondiente a unos ingresos anuales totales de 6.948,24 euros sin pagas extraordinarias y de 8.106,28 euros con pagas”.

f) No estar incursa en alguna de las causas contempladas en el artículo 13.2 y 13.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en especial, no tener deudas pendientes con el Excmo. Ayuntamiento de Alcalá de Henares y el OACDM.

g) No estar cumpliendo sanción firme por infracción disciplinaria o administrativa en materia deportiva.

Segundo. Finalidad.—Fomentar la práctica deportiva de actividad física en niños/as y jóvenes del municipio, otorgando ayudas económicas a personas con recursos insuficientes para hacer frente a gastos específicos de carácter extraordinario, facilitando así el acceso a la realización de actividades extraescolares, contribuyendo a la eliminación de riesgos de exclusión social y vulnerabilidad.

Tercero. Bases reguladoras.—Acuerdo del Consejo de Administración del Organismo Autónomo Ciudad Deportiva Municipal de Alcalá de Henares de 3 de noviembre de 2022.

Cuarto. Importe.—El importe máximo de esta subvención pública es de 10.000,00 euros con cargo a la siguiente aplicación presupuestaria 413414890004 del vigente presupuesto del Organismo Autónomo Ciudad Deportiva Municipal de Alcalá de Henares.

La ayuda se concederá a todos/as los/as beneficiarios/as hasta cubrir el coste de la actividad que desarrolle o hasta un máximo de 214,30 euros.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—Será de quince días hábiles a partir del día siguiente al registro de la convocatoria en la Base de Datos Nacional de Subvenciones.

Alcalá de Henares, a 7 de noviembre de 2022.—El presidente del Organismo Autónomo Ciudad Deportiva Municipal, Alberto Blázquez Sánchez.

(03/21.634/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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