Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 269

Fecha del Boletín 
11-11-2022

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20221111-62

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

RÉGIMEN ECONÓMICO

Área de Gobierno de Desarrollo Urbano

62
Madrid. Régimen económico. Área de Gobierno de Desarrollo Urbano. Padrón edificios inspección técnica

Padrón de Edificios y Construcciones sujetos a la inspección técnica de edificios en el año 2023 (expediente 711/2022/18272).

El artículo 17 de la Ordenanza de Conservación, Rehabilitación y Estado Ruinoso de las Edificaciones de 2011 establece que la Administración Municipal elaborará un padrón de los bienes inmuebles sujetos a la Inspección Técnica de Edificios que se expondrá al público durante treinta días dentro del último trimestre del año anterior al plazo de presentación de las actas de Inspección Técnica a fin de facilitar el cumplimiento de este deber a los propietarios.

Atendiendo a lo dispuesto en el artículo citado el director general de la Edificación, mediante resolución de 27 de octubre de 2022, ha aprobado el Padrón de Edificios y Construcciones cuyos propietarios deben efectuar la Inspección Técnica durante el año 2023 o bien por haber transcurrido el período decenal establecido contado desde el año 2013, año en el que estuvieron obligados a efectuar la Inspección Técnica anterior al haber sido terminadas las obras de nueva planta o de rehabilitación con reestructuración general o total en el año 1982 o al haber sido construidos entre 1940 y 1952, no figurar en el Catálogo de Edificios Protegidos, no pertenecer al Centro Histórico o a los Cascos Históricos Periféricos y ser de propiedad distinta a la jurídico pública, salvo que sean de tipología residencial de vivienda colectiva con más de 50 años de antigüedad, o bien por haber cumplido treinta años y deber presentar la inspección técnica dentro del año natural siguiente al de su cumplimiento al haber sido construidos en el año 1992; todo ello, de conformidad con los artículos 14, 16 y 21.2 y la disposición transitoria cuarta de la Ordenanza de Conservación, Rehabilitación y Estado Ruinoso de las Edificaciones y con el artículo 2 y la Disposición Transitoria Primera del Decreto 103/2016 de 24 de octubre, del Consejo de Gobierno, que regula el Informe de Evaluación de los Edificios en la Comunidad de Madrid.

Asimismo, ha resuelto aprobar la exposición al público del Padrón de Edificios por el plazo de treinta días en el Tablón de Edictos Electrónico del Ayuntamiento de Madrid y anunciar dicha exposición en el “Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid”, en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en uno de los periódicos de los de mayor difusión, a fin de que los propietarios puedan examinarlo y, en su caso, formular las reclamaciones oportunas. Esta exposición producirá los efectos de notificación a los interesados de conformidad con el artículo 17 de la Ordenanza de Conservación, Rehabilitación y Estado Ruinoso de las Edificaciones”.

Este padrón se expondrá al público en el Tablón de Edictos Electrónico del Ayuntamiento de Madrid, cuya consulta se realiza a través de la web municipal ( www.madrid.es ), por un plazo de treinta días, a partir del día 15 de noviembre de 2022, a fin de que los propietarios puedan examinarlo y, en su caso, formular las reclamaciones oportunas.

Esta exposición, conforme al artículo 17 citado, producirá los efectos de notificación a los interesados de la obligación de acreditar la realización de la correspondiente inspección dentro del plazo señalado.

Madrid, a 27 de octubre de 2022.—El director general de la Edificación del Área de Gobierno de Desarrollo Urbano (por Orden de 31 de julio de 2019, del titular de la Dirección General de la Edificación), el jefe del Servicio de Inspección Técnica de Edificios, Luis Gustavo Collado Ruiz.

(01/21.048/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20221111-62