Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 272

Fecha del Boletín 
15-11-2022

Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20221115-74

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE PINTO

RÉGIMEN ECONÓMICO

74
Pinto. Régimen económico. Calendario fiscal

Se pone en conocimiento de los contribuyentes del municipio de Pinto el calendario fiscal de los tributos municipales del ejercicio 2023, aprobado por decreto del concejal-delegado de Hacienda, de 19 de octubre de 2022, donde se establecen los períodos para pagar los citados ingresos públicos.

Plazo de ingreso

El cobro de dichos padrones se efectuará con arreglo a los períodos de recaudación:

En período voluntario:

— Tasa por utilización privativa o aprovechamiento especial del dominio público local por utilización de cajeros automáticos, de 27 de febrero a 28 de abril de 2023.

— Tasa por utilización privativa o aprovechamiento especial del dominio público local (entrada de vehículos), de 27 de febrero a 28 de abril de 2023.

— Tasa por recogida y tratamiento de residuos sólidos, de 27 de febrero a 28 de abril de 2023.

— Impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza urbana, de 26 de abril al 30 de junio.

— Impuesto sobre bienes inmuebles de características especiales, de 26 de abril al 30 de junio.

— Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica, de 18 de septiembre a 20 de noviembre.

— Impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza rústica, de 18 de septiembre a 20 de noviembre.

— Impuesto sobre actividades económicas, de 18 de septiembre a 20 de noviembre.

En período ejecutivo:

Se advierte que, transcurrido el plazo de ingreso en período voluntario, las deudas serán exigidas por el procedimiento de apremio y se devengarán los correspondientes recargos del período ejecutivo, los intereses de demora y, en su caso, las costas que se produzcan.

Los padrones fiscales, conteniendo las cuotas a pagar y los elementos tributarios determinantes de las mismas, una vez aprobados, se expondrán al público en las oficinas municipales quince días antes de iniciarse los respectivos períodos de cobro y por el plazo de un mes.

La exposición pública de los padrones podrá efectuarse por medios telemáticos.

Contra la exposición pública de los padrones y el contenido de estos se podrá interponer recurso de reposición, previo al contencioso-administrativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la finalización del período de exposición pública del padrón.

Modo de ingreso

Los recibos domiciliados se cargarán directamente en las cuentas autorizadas por el contribuyente.

Para los recibos no domiciliados, el documento preciso para efectuar el pago de la deuda será enviado al domicilio fiscal de los contribuyentes. En el caso de no recibir el citado documento de pago, deberá solicitarlo en la Oficina de Servicios Tributarios del Ayuntamiento, dentro de los plazos de pago voluntario establecidos para cada tributo. (plaza de la Constitución, número1, 28320 Pinto, Madrid).

Lugar, día y hora de pago

Los contribuyentes podrán hacer efectivas sus deudas en el horario de caja que tengan establecido en cada una de las siguientes entidades bancarias: Banco Bilbao Vizcaya Argentaria (BBVA), Banco de Santander, Ibercaja Banco, S. A., Caixabank, S. A., Lieberbank, S. A., Kutxabank Cajamar.

Este calendario fiscal se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Pinto y por Internet desde la página web municipal, a los efectos de cumplir la función de anuncio de cobranza además de la de dar a conocer las fechas de exposición pública de los mencionados padrones tributarios.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Pinto, a 2 de noviembre de 2022.—El alcalde, Juan Diego Ortiz González.

(01/21.314/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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