Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 273

Fecha del Boletín 
16-11-2022

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20221116-65

Páginas: 8


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

OFERTAS DE EMPLEO

Área de Gobierno de Vicealcaldía

65
Madrid. Ofertas de empleo. Área de Gobierno de Vicealcaldía. Oferta empleo público

Acuerdo de 20 de octubre de 2022, de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, por el que se rectifican los errores materiales advertidos en los anexos de los Acuerdos de 2 de diciembre de 2021 y de 19 de mayo de 2022 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, por los que se aprueban las Ofertas de Empleo Público para la estabilización de empleo temporal en el Ayuntamiento de Madrid y sus organismos autónomos correspondientes a las Leyes de Presupuestos Generales del Estado para los años 2017 y 2018 y a la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de Medidas Urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, respectivamente.

El Acuerdo de 2 de diciembre de 2021, de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid (“Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid” número 9031, de 9 de diciembre de 2021), aprobó la Oferta de Empleo Público para la estabilización de empleo temporal en el Ayuntamiento de Madrid y sus organismos autónomos correspondiente a las Leyes de Presupuestos Generales del Estado para los años 2017 y 2018, con un total de 2.636 plazas (1.736 de personal funcionario y 900 de personal laboral).

Posteriormente, por Acuerdo de 19 de mayo de 2022, de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid (“Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid” número 9143, de 24 de mayo de ) se aprobó la Oferta de Empleo Público para la estabilización de empleo temporal en el Ayuntamiento de Madrid y sus organismos autónomos correspondiente a la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de Medidas Urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, con un total de 593 plazas de personal funcionario y de personal laboral, agrupadas según el sistema de selección de su convocatoria: anexo I sistema de selección concurso con 529 plazas (426 de personal funcionario y 103 de personal laboral) y anexo II sistema de selección concurso-oposición con 64 plazas (43 de personal funcionario y 21 de personal laboral).

De conformidad con lo previsto en los criterios a aplicar en el proceso de estabilización de empleo temporal del Ayuntamiento de Madrid y sus organismos autónomos, aprobados por Acuerdo de 28 de abril de 2022, de la Junta de Gobierno y, con el fin de dar la debida difusión y publicidad de los puestos que serán objeto de las convocatorias de los procesos selectivos derivados de estas ofertas de empleo público, tras la aprobación de esta última oferta de estabilización, se publicó en la intranet corporativa “AYRE” el “Listado de puestos afectados por el proceso de estabilización de empleo temporal del Ayuntamiento de Madrid y sus organismos autónomos”, en el que se incluyen un total de 3.229 puestos.

Fruto de las comprobaciones realizadas de oficio o a instancia de los interesados, en su mayoría formuladas por personal temporal cuyos puestos no estaban incluidos en el listado publicado en AYRE y en menor medida instadas por organizaciones sindicales, se detectaron una serie de errores materiales en los listados de puestos incorporados a los expedientes de ambas ofertas y que se han reflejado en el anexo I de la Oferta de Empleo Público para la estabilización de empleo temporal en el Ayuntamiento de Madrid y sus organismos autónomos correspondiente a las Leyes de Presupuestos Generales del Estado para los años 2017 y 2018, aprobada por Acuerdo de 2 de diciembre de 2021, de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid y en los anexos I y II de la Oferta de Empleo Público para la estabilización de empleo temporal en el Ayuntamiento de Madrid y sus organismos autónomos correspondiente a la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de Medidas Urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, aprobada por Acuerdo de 19 de mayo de 2022, de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid.

El presente Acuerdo tiene por objeto rectificar los errores materiales detectados en los anexos de los citados Acuerdos de 2 de diciembre de 2021 y 19 de mayo de 2022, de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, estas podrán rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos.

Los errores detectados que son objeto de modificación se sintetizan en los siguientes cambios, en cada una de las dos ofertas de empleo público referidas:

I. Por lo que se refiere a la primera oferta de estabilización de empleo temporal aprobada, la correspondiente a las Leyes de Presupuestos Generales del Estado para los años 2017 y 2018, los errores detectados afectan a cuatro puestos incluidos en el anexo I “Personal funcionario”:

— 1 puesto que figura como subgrupo C1, Administrativo, debiendo figurar como Subgrupo C2, Auxiliar Administrativo.

— 2 puestos que figuran como subgrupo C2, Auxiliar Administrativo, debiendo figurar como Subgrupo C1, Administrativo.

— 1 puesto del subgrupo C2, Auxiliar Administrativo incluido erróneamente ya que está ocupado por un jubilado parcial/relevista.

Además, se incluyeron un total de 80 plazas de técnico/a de Empleo de las que hay que eliminar 10 plazas con motivo del fallo judicial recaído en favor de los ocupantes que generaron su inclusión, según el cual estos han adquirido la condición de indefinidos-fijos.

II. Por otro lado, los errores detectados en la segunda oferta de estabilización de empleo temporal, la correspondiente a la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, consisten, en síntesis, en lo siguiente:

— La omisión de 13 puestos que, cumpliendo los requisitos establecidos en la Ley 20/2021, de 28 de diciembre (10 puestos por disposición adicional octava y 3 puesto por artículo 2), no se han computado en los anexos I y II de la citada oferta:

• 10 puestos en el anexo I “Sistema de Selección Concurso” (6 de ellos están ocupados por funcionarios interinos y 4 por personal laboral temporal).

• 3 puestos en el anexo II “Sistema de Selección Concurso-Oposición” (personal laboral temporal).

— La duplicidad de un puesto incluido erróneamente en el anexo II “Sistema Selección Concurso-Oposición”, que debe estar y está computado correctamente en el anexo I.

— La errónea denominación de la categoría del puesto de Técnico/a Auxiliar Actividades Deportivas (especialidad Técnico/a Salvamento Socorrismo), siendo la denominación correcta la de “Profesiones Auxiliares” Servicios Generales y Mantenimiento (especialidad Operario/a).

— La errónea denominación de la especialidad de un puesto de Técnico Especialista Promoción del Empleo, especialidad Formador/a Hostelería, siendo la denominación correcta la de Técnico Especialista Promoción del Empleo, especialidad Formador/a Hostelería Restaurante-Bar (anexo I, Personal Laboral, Grupo C, Subgrupo C1).

El resultado de las rectificaciones anteriores arroja que el total de plazas incluidas en ambas ofertas de empleo es de 3.230 plazas, que se distribuyen según los siguientes totales:

a) La cifra total OEP Leyes de Presupuestos Generales del Estado de los años 2017 y 2018, incluyendo ambos anexos pasa a ser de 2.625 plazas, 1.725 de personal funcionario y 900 de personal laboral.

b) La cifra total OEP Ley 20/2021, incluyendo ambos anexos pasa a ser de 605 plazas, 481 son de personal funcionario (436 en el anexo I y 45 en el anexo II) y 124 de personal laboral (103 en el anexo I y 21 en el anexo II).

De conformidad con lo previsto en el artículo 37.1 del texto refundido del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre y en la disposición adicional novena de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, de la presente propuesta se ha dado cuenta a las organizaciones sindicales en la sesión de la Mesa General de Negociación de los Empleados Públicos del Ayuntamiento de Madrid y sus organismos autónomos celebrada el 26 de septiembre de 2022.

En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 127.h) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, el artículo 17.1.m) de la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid y el artículo 4.2 del Reglamento de Ordenación del Personal del Ayuntamiento de Madrid, de 22 de diciembre de 2005, a propuesta de la titular del Área de Gobierno de Hacienda y Personal y previa deliberación de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, en su reunión de 20 de octubre de 2022,

ACUERDA

Primero.—Rectificar los errores materiales advertidos en los anexos del Acuerdo de 2 de diciembre de 2021, de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público para la estabilización de empleo temporal en el Ayuntamiento de Madrid y sus organismos autónomos correspondiente a las Leyes de Presupuestos Generales del Estado para los años 2017 y 2018, en los términos del anexo I.

Segundo.—Rectificar los errores materiales advertidos en los anexos del Acuerdo, de 19 de mayo de 2022, de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público para la estabilización de empleo temporal en el Ayuntamiento de Madrid y sus organismos autónomos correspondiente a la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de Medidas Urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, en los términos del anexo II.

Tercero.—El Acuerdo se remitirá a la Administración General del Estado y se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el “Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid”.









Madrid, a 3 de noviembre de 2022.—La directora de la Oficina del Secretario de la Junta de Gobierno, Carmen Toscano Ramiro.

(03/21.420/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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