Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 275

Fecha del Boletín 
18-11-2022

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20221118-115

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 2

115
Móstoles número 2. Procedimiento 112/2022

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. MARIA ISABEL CANO CAMPAÑA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 2 de Móstoles.

HAGO SABER: Que en el procedimiento 112/2022 (Ejecución: ) de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de Dña. María de los Ángeles Santiago Ramírez frente a Nosaterra Nordes S.L. sobre Despidos / Ceses en general se ha dictado resolución del tenor literal siguiente :

En Móstoles, a veintidós de abril de dos mil veintidós.

Vistos por la Ilma. Sra. Magistrada-Juez del Juzgado de lo Social nº 2 de Móstoles, Dª. Ana Fernández Valenti, los presentes autos nº 112/2022 seguidos a instancia de Dña. María de los Ángeles Santiago Ramírez frente a Nosaterra Nordes S.L. sobre Despido.

EN NOMBRE DEL REY

Ha dictado la siguiente

SENTENCIA Nº 148/2022

FALLO

Estimo la demanda formulada por Dª María de los Ángeles Santiago Ramírez, frente a Nosaterra Nordes S.L., declaro la improcedencia del despido de que fue objeto con fecha 25-09-21, condenando a la demandada a estar y pasar por tal declaración asi como a que, a su elección, que deberá manifestar de forma expresa ante este juzgado en el plazo máximo de cinco días a contar desde la notificación de esta sentencia, readmita a la actora en su puesto de trabajo, con abono de los salarios de tramitación en cuantía bruta diaria prorrateada de 22’00 euros, o la indemnice en la cantidad de 363’00 euros, supuesto que determinará la extinción de la relación laboral en la fecha del despido. Y poniendo en conocimiento de la empresa que en caso de no efectuar la opción en el plazo indicado, se entenderá que opta a favor de la readmisión.

Y estimando parcialmente la reclamación acumulada de cantidad, condeno a Nosaterra Nordes S.L., a que abone a Dª María de los Ángeles Santiago Ramírez, la cantidad bruta de 557’54 euros brutos con prorrata de pagas extras incluida en concepto de nómina de septiembre 2021.

Notifíquese esta Sentencia a las partes advirtiendo que contra ella podrán interponer Recurso de Suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, anunciándolo por comparecencia o por escrito en este Juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a su notificación y designando Letrado o graduado social colegiado para su tramitación. Se advierte al recurrente que no fuese trabajador o beneficiario del Régimen Público de Seguridad Social, ni gozase del derecho de asistencia jurídica gratuita que deberá acreditar al tiempo de anunciarlo haber ingresado el importe de 300 euros en la cuenta de este juzgado 2851-0000-61-0112-22 abierta en la oficina del Banco Santander 1564 sita en Avda. Constitución 52 de Móstoles, aportando el resguardo acreditativo; así como acreditar al tiempo de anunciarlo haber consignado el importe íntegro de la condena en o presentar aval de duración indefinida y pagadero a primer requerimiento de Entidad Financiera por el mismo importe, en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista.

Se puede realizar el ingreso por transferencia bancaria a la cuenta del Banco Santander de este juzgado con IBAN ES55 0049 3569 92 0005001274, indicando en el campo “observaciones o concepto de la transferencia” los dígitos 2851-0000-61-0112-22.

Y para que sirva de notificación en legal forma a Nosaterra Nordes S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto.salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Móstoles, a veinticinco de octubre de dos mil veintidós.

LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/20.822/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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