Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 275

Fecha del Boletín 
18-11-2022

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20221118-58

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ARGANDA DEL REY

RÉGIMEN ECONÓMICO

58
Arganda del Rey. Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones

Convocatoria V Festival Internacional de Cine de Arganda del Rey.

BDNS (Identif.): 658431

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index

Destinatarios: La participación está abierta a productores/as y realizadores/as de cine que presenten películas de producción nacional o internacional.

Los menores de edad solo podrán participar en la sección “Ciudad de Arganda”.

Requisitos Premios Secciones Internacional y Nacional:

— La duración de los cortometrajes presentados a los premios en las secciones Internacional y Nacional no será superior a 30 minutos.

— En el caso de coproducción será necesario indicar el porcentaje de cada productora y su nacionalidad. Se considerará de producción nacional si la producción es española en un porcentaje superior al 50 por 100.

— Los premiados de las secciones Internacional y Nacional podrán ser personas físicas mayores de edad o personas jurídicas con capacidad para facturar excepto las Comunidades de Bienes.

Requisitos Premios Sección “Ciudad de Arganda”:

— En el caso de la sección “Ciudad de Arganda”, la duración de los cortometrajes no excederá de 1 minuto incluidos créditos.

— En el caso de la sección “Ciudad de Arganda”, es requisito indispensable albergar en el cortometraje al menos una escena exterior rodada en algún lugar reconocible de la ciudad de Arganda del Rey.

— En el caso de la sección “Ciudad de Arganda”, se podrán presentar películas filmadas y/o editadas con cualquier tipo de cámara o teléfono móvil.

— Los premiados en la Sección “Ciudad de Arganda” podrán ser únicamente personas físicas. Si el premiado resultase ser menor de edad, su padre, madre o tutor legal recibiría la cuantía económica correspondiente a su premio.

Objeto: V Festival Internacional de Cine de Arganda del Rey con el motivo de contribuir a la difusión y promoción de las artes plásticas y visuales en todas sus manifestaciones artísticas y divulgativas.

Con este Festival, además de potenciar la participación en actividades de creación artística se pretende fomentar la participación en actividades vinculadas con la actividad municipal.

Bases reguladoras:

https://sedeelectronica.ayto-arganda.es/portalArganda/sede/RecursosWeb/D...

Cuantía:

Premios V Festival Internacional de Cine de Arganda del Rey.

Sección Internacional:

— Premio al Mejor Cortometraje de Ficción o Documental Internacional, dotado con 2.000 euros.

Sección Nacional:

— Primer Premio al Mejor Cortometraje de Ficción Nacional dotado con 2.000 euros.

— Segundo Premio al Mejor Cortometraje de Ficción Nacional dotado con 1.000 euros.

— Primer Premio al Mejor Cortometraje Documental Nacional dotado con 2.000 euros.

— Segundo Premio al Mejor Cortometraje Documental Nacional dotado con 1.000 euros.

Sección Ciudad de Arganda:

— Premio al Mejor Cortometraje “Ciudad de Arganda” con 1.000 euros.

— Premio al Mejor Cortometraje del Público “Ciudad de Arganda” dotado con 1.000 euros.

— Dos Menciones especiales del público Mejor Cortometraje “Ciudad de Arganda” Sin dotación económica.

De estas cuantías se hará la correspondiente retención de la Agencia Tributaria.

Plazo de presentación cortometrajes: Desde el 12 de noviembre hasta las 23:59 horas peninsulares del día 9 de diciembre de 2022.

Arganda del Rey, a 11 de noviembre de 2022.—La concejala-delegada de Cultura, Ocio, Fiestas y otros núcleos periféricos, Montserrat Fernández Gemes.

(03/21.996/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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