Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 277

Fecha del Boletín 
21-11-2022

Sección 3.10.20L: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20221121-81

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE LA CABRERA

RÉGIMEN ECONÓMICO

81
La Cabrera. Régimen económico. Modificación presupuestaria

Transcurrido el período de información pública del acuerdo de este Ayuntamiento de 29 de abril de 2022 sin que se hayan presentado reclamaciones al mismo, considerándose definitivamente aprobado el expediente de suplemento de crédito número 2/2022, financiado con cargo a nuevos y mayores ingresos, efectivamente recaudados sobre los totales previstos en algún concepto del Presupuesto corriente, se publica a los efectos del artículo 169.1, por remisión del 177.2, del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo:

Esta modificación se financia con cargo a nuevos y mayores ingresos, efectivamente recaudados sobre los totales previstos en algún concepto del presupuesto corriente, en los siguientes términos:

Además, queda acreditado el cumplimiento de los requisitos que establece el artículo 37.2, apartados a) y b), del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el capítulo I del título VI de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales, en materia de presupuestos, que son los siguientes:

a) El carácter específico y determinado del gasto a realizar y la imposibilidad de demorarlo a ejercicios posteriores.

b) La insuficiencia en el estado de gastos del presupuesto de crédito destinado a esa finalidad específica, que deberá verificarse en el nivel en que esté establecida la vinculación jurídica.

Contra el presente acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de dicha jurisdicción. Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 113.3 de la Ley 7/1985, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado.

En La Cabrera, a 8 de noviembre de 2022.—El alcalde, Gregorio Miguel Cerezo Hernández.

(03/21.816/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20L: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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