Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 278

Fecha del Boletín 
22-11-2022

Sección 1.2.200.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20221122-26

Páginas: 1


I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal

UNIVERSIDAD DE ALCALÁ

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RESOLUCIÓN de 7 de noviembre de 2022, de la Universidad de Alcalá, por la que se publica la Oferta de Empleo Público de Personal Docente e Investigador para el ejercicio 2022, resultante de la tasa adicional prevista en la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de Medidas Urgentes para la Reducción de la Temporalidad en el Empleo Público.

El artículo 2.1 de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de Medidas Urgentes para la Reducción de la Temporalidad en el Empleo Público, autoriza un proceso de estabilización del empleo temporal adicional a los ya previstos en el artículo 19.Uno.6 de la Ley 3/2017, de 27 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2017 y en el artículo 19.Uno.9 de la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018.

En virtud de dicha normativa, y contando con la previa y preceptiva autorización de la Comunidad de Madrid, según acuerdo de su Consejo de Gobierno, de 29 de junio de 2022, el Consejo de Gobierno de la Universidad de Alcalá, en su sesión celebrada el 20 de octubre de 2022, ha resuelto la aprobación de la Oferta de Empleo Público de Personal Docente e Investigador para el año 2022, resultante de la tasa adicional contemplada en la normativa antes citada para su publicación por este Rectorado, en los siguientes términos:

La presente Resolución agota la vía administrativa, y contra la misma los interesados podrán interponer recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación. No obstante, lo anterior, contra la presente Resolución los interesados podrán interponer recurso potestativo de reposición ante el Rector de la Universidad de Alcalá, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación. No podrá interponerse recurso contencioso-administrativo en tanto no sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición, caso de haberse interpuesto, conforme a lo previsto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Alcalá de Henares, a 7 de noviembre de 2022.—El Rector, José Vicente Saz Pérez.

(03/21.817/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.2.200.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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