Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 280

Fecha del Boletín 
24-11-2022

Sección 1.4.29.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20221124-30

Páginas: 3


I. COMUNIDAD DE MADRID

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CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO

30
ADENDA de 13 de noviembre de 2022, de prórroga para el año 2023, del convenio de colaboración entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Economía, Empleo y Competitividad (actualmente Consejería de Economía, Hacienda y Empleo), la Federación de Usuarios-Consumidores Independientes de la Comunidad de Madrid (CICM-FUCI) y los ayuntamientos de Campo Real, Canencia, Colmenarejo, El Molar, Pedrezuela, Torrelaguna, Torres de la Alameda y Valdemorillo, para implantar un sistema de información al consumidor.

REUNIDOS

De una parte, Manuel Llamas Fraga, en nombre y representación de la Comunidad de Madrid en su calidad de Viceconsejero de Economía, nombrado mediante Decreto 127/2021, de 30 de junio (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 155, de 1 de julio), por delegación del Consejero de Economía, Hacienda y Empleo, de acuerdo con lo previsto en la Orden de 3 de diciembre de 2021, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se delega el ejercicio de determinadas competencias y se desconcentra el Protectorado de Fundaciones; en relación con el artículo 5 del Decreto 42/2021, de 19 de junio, de la presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid y con el artículo 4 del Decreto 88/2021, de 30 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se modifica la estructura orgánica básica de las Consejerías de la Comunidad de Madrid.

De otra, Gustavo Samayoa Estrada, en su condición de Presidente de la Federación de Usuarios y Consumidores Independientes de la Comunidad de Madrid (CICM-FUCI), con NIF G-79453*** y domicilio social en la calle Joaquín Costa, número 61, primera planta, 28002 Madrid; en virtud de las facultades que le otorgan los estatutos de la entidad, de acuerdo con el nombramiento de fecha 24 de julio de 2019.

Y de otra, Felipe Moreno Morera, Alcalde del Ayuntamiento de Campo Real, con NIF P-2803***-I, cargo que ostenta en virtud del nombramiento por acuerdo de la Junta Plenaria de esta entidad de fecha 15 de junio de 2019 y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 21.1.b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y por el artículo 135.2 de la Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administración Local de la Comunidad de Madrid.

María Mercedes López Moreno, Alcaldesa del Ayuntamiento de Canencia, con NIF P-2803***-G, cargo que ostenta en virtud del nombramiento por acuerdo de la Junta Plenaria de esta entidad de fecha 15 de junio de 2019 y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 21.1.b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y por el artículo 135.2 de la Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administración Local de la Comunidad de Madrid.

Juan Fernando López Sevillano, Segundo Teniente de Alcalde y Concejal-Delegado de Urbanismo, Juventud, Comercio y Desarrollo Local del Ayuntamiento de Colmenarejo, con NIF P-2804***-F, cargo que ostenta en virtud del nombramiento por Decreto de la Alcaldía-Presidencia 600/2019 de 9 de agosto, en el ejercicio de las competencias que le han sido delegadas en el mismo Decreto 600/2019 de 9 de agosto y en virtud de las atribuciones conferidas al Alcalde en el artículo 21.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y por el artículo 135.2 de la Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administración Local de la Comunidad de Madrid.

Yolanda Sanz Rojas, Alcaldesa del Ayuntamiento de El Molar, con NIF P-2808***-G, cargo que ostenta en virtud del nombramiento por acuerdo de la Junta Plenaria de esta entidad de fecha 15 de junio de 2019 y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 21.1.b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y por el artículo 135.2 de la Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administración Local de la Comunidad de Madrid.

Rafael Turnes García, Alcalde del Ayuntamiento de Pedrezuela, con NIF P-2810***-I, cargo que ostenta en virtud del nombramiento por acuerdo de la Junta Plenaria de esta entidad de fecha 15 de junio de 2019 y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 21.1.b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y por el artículo 135.2 de la Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administración Local de la Comunidad de Madrid.

Eduardo Burgos García, Alcalde del Ayuntamiento de Torrelaguna, con NIF P-2815***-I, cargo que ostenta en virtud del nombramiento por acuerdo de la Junta Plenaria de esta entidad de fecha 15 de junio de 2019 y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 21.1.b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y por el artículo 135.2 de la Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administración Local de la Comunidad de Madrid.

Carlos Sáez Gismero, Alcalde del Ayuntamiento de Torres de la Alameda, con NIF P-2815***-C, cargo que ostenta en virtud del nombramiento por acuerdo de la Junta Plenaria de esta entidad de fecha 15 de junio de 2019 y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 21.1.b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y por el artículo 135.2 de la Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administración Local de la Comunidad de Madrid.

Santiago Villena Acedos, Alcalde del Ayuntamiento de Valdemorillo, con NIF P-2811***-J, cargo que ostenta en virtud del nombramiento por acuerdo de la Junta Plenaria de esta entidad de fecha 15 de junio de 2019 y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 21.1.b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y por el artículo 135.2 de la Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administración Local de la Comunidad de Madrid

Actuando las partes en razón de sus respectivos cargos y reconociéndose mutuamente capacidad jurídica suficiente para este acto,

EXPONEN

I. Que el 26 de diciembre de 2019 se suscribió un convenio de colaboración entre la Comunidad de Madrid, a través de la extinta Consejería de Economía, Empleo y Competitividad, la Federación de Usuarios-Consumidores Independientes de la Comunidad de Madrid (CICM-FUCI), y los ayuntamientos de Campo Real, Canencia, Colmenarejo, El Molar, Pedrezuela, Torrelaguna, Torres de la Alameda y Valdemorillo, para implantar un sistema de información al consumidor.

II. Que el convenio ha sido prorrogado sucesivamente el 1 de diciembre de 2020 y el 26 de noviembre de 2021, cuya vigencia expira el 31 de diciembre de 2022.

III. Que las partes se encuentran satisfechas con los resultados alcanzados con la ejecución de dicho convenio, reconocen mutuamente su buen desarrollo y desean prorrogarlo por un año más.

IV. Que se mantienen las condiciones económicas previstas para la implantación de un sistema de información al consumidor en los municipios firmantes y se actualiza su imputación al presupuesto de gastos de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo para el ejercicio 2023.

En atención a lo expuesto, las partes acuerdan formalizar la presente adenda con arreglo a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera

Prórroga del convenio de colaboración para el año 2023

De conformidad con lo previsto en la cláusula undécima del convenio de colaboración suscrito el día 20 de diciembre de 2019 entre la Comunidad de Madrid, a través de la extinta Consejería de Economía, Empleo y Competitividad, la Federación de Usuarios-Consumidores Independientes de la Comunidad de Madrid (CICM-FUCI), y los ayuntamientos de Campo Real, Canencia, Colmenarejo, El Molar, Pedrezuela, Torrelaguna, Torres de la Alameda y Valdemorillo, para implantar un sistema de información al consumidor, las partes firmantes acuerdan unánimemente prorrogar la vigencia de dicho convenio por el plazo de un año, que tendrá efectos a partir del día 1 de enero de 2023 y hasta el día 31 de diciembre de 2023.

Segunda

Financiación y pago

Se mantiene el importe de 54,45 euros (IVA incluido) por hora de servicio, que será financiado por la Comunidad de Madrid, y en 153 el número de horas en que se prestará el mismo, a razón de 3 horas consecutivas un día a la semana, a excepción de la última semana del mes de diciembre.

El importe máximo destinado a cada ayuntamiento asciende a 8.330,85 euros (IVA incluido).

Se mantiene la cuantía que la Comunidad de Madrid aportará para el desarrollo del convenio de colaboración durante la ejecución de la presente prórroga, fijada en la cláusula sexta y en el anexo I del mismo en la cantidad máxima de 66.646,80 euros (IVA incluido), actualizando la asignación presupuestaria al subconcepto 22809 “otros convenios, conciertos o acuerdos” del Programa 492A “Consumo”, del presupuesto de gastos de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo para el ejercicio 2023.

La aportación de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo se ajustará al efectivo coste de los trabajos certificados por los ayuntamientos, considerando el máximo del importe del convenio.

Tercera

Registro y publicación

La presente adenda de prórroga se inscribirá en el Registro de Convenios y Protocolos y se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Y siendo cuanto antecede fiel reflejo de la voluntad de las partes, firman de forma sucesiva la presente adenda con los respectivos certificados electrónicos considerándose firmado en Madrid, en la fecha en que se encuentre consignada la última firma de las partes.

Madrid, a 13 de noviembre de 2022.—El Consejero de Economía, Hacienda y Empleo, P. D. (Orden de 3 de diciembre de 2021), el Viceconsejero de Economía, Manuel Llamas Fraga.—El Presidente de la Federación de Usuarios Independientes de la Comunidad de Madrid (CICM-FUCI), Gustavo Samayoa Estrada.—El Alcalde de Campo Real, Felipe Moreno Morera.—La Alcaldesa de Canencia, María Mercedes López Moreno.—El Segundo Teniente de Alcalde de Colmenarejo, Juan Fernando López Sevillano.—La Alcaldesa de El Molar, Yolanda Sanz Rojas.—El Alcalde de Pedrezuela, Rafael Turnes García.—El Alcalde de Torrelaguna, Eduardo Burgos García.—El Alcalde de Torres de la Alameda, Carlos Sáez Gismero.—El Alcalde de Valdemorillo, Santiago Villena Acedos.

(03/22.060/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.29.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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