Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 280

Fecha del Boletín 
24-11-2022

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20221124-47

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ARGANDA DEL REY

RÉGIMEN ECONÓMICO

47
Arganda del Rey. Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones

Por número de resolución 2022007523 del concejal-delegado de Bienestar Social y Participación Ciudadana con fecha 21 de noviembre de 2022, se aprueba la convocatoria de ayudas extraordinarias dirigidas a vecinos y vecinas de Arganda del Rey con escasos recursos para colaborar en sus gastos por vivienda habitual del año 2022, sujeta a lo previsto en la Ordenanza General Reguladora de la Concesión de Subvenciones del Ayuntamiento de Arganda del Rey, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 183, del 3 de agosto de 2021, y la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.

BDNS (identif.): 660448

Beneficiarios: Personas físicas empadronadas en Arganda, titulares de algún inmueble catastral en el municipio durante el 2022, destinado a su vivienda habitual.

Objeto: Convocatoria pública de concesión de ayudas sociales extraordinarias para colaborar con gastos por vivienda habitual.

Bases de la convocatoria:

https://sedeelectronica.ayto-arganda.es/portalArganda/sede/RecursosWeb/D...

Cuantía: 50.000 euros imputados a la aplicación presupuestaria 234,480 Transferencia a Familia e Instituciones sin ánimo de lucro del presupuesto municipal.

Plazo de presentación de solicitudes: el plazo de presentación de solicitudes será de quince días naturales, desde su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Arganda del Rey, a 22 de noviembre de 2022.—El concejal-delegado de Bienestar Social y Transparencia, Francisco Javier Rodríguez Gallego.

(03/22.732/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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