Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 281

Fecha del Boletín 
25-11-2022

Sección 1.3.28.20: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20221125-23

Páginas: 3


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y AGRICULTURA

CANAL DE ISABEL II

23
ADENDA de 15 de noviembre de 2022, al “Convenio de 23 de marzo de 1999, de gestión comercial y mantenimiento de la red de distribución entre el Ayuntamiento de Los Molinos y el Canal de Isabel II”, para la ampliación del ámbito de aplicación del mismo mediante la inclusión de la Urbanización Los Arroyuelos.

REUNIDOS

De una parte, D. Pablo Rodríguez Sardinero.

De otra parte, D. Pascual Fernández Martínez.

Y, de otra parte, D. Antonio Coello Gómez-Rey.

INTERVIENEN

El primero, en nombre y representación de Canal de Isabel II (en adelante, Canal), Entidad de Derecho Público perteneciente a la Administración Institucional de la Comunidad de Madrid, en su condición de Gerente de dicha empresa pública, en virtud de Acuerdo del Consejo de Administración de 1 de marzo de 2021, por el que se le nombra Gerente del Ente Público Canal de Isabel II de conformidad con lo establecido en el artículo 2.2 del Decreto 68/2012, de 12 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la estructura orgánica del Canal de Isabel II y en virtud de las facultades que tiene conferidas por delegación de 7 de septiembre de 2018 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 28 de septiembre de 2018) de conformidad con lo dispuesto en los artículos 5.1.c) y 5.2 del Decreto 68/2012, de 12 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la estructura orgánica del Canal de Isabel II.

El segundo, en nombre y representación de Canal de Isabel II, S. A. (en adelante, la Sociedad Canal), en su condición de Consejero Delegado de dicha Empresa Pública, en virtud de las facultades que le corresponden, conferidas por acuerdo del Consejo de Administración de Canal de Isabel II, S. A., adoptado en su sesión celebrada el día 30 de septiembre de 2020, elevado a documento público, autorizado por el Notario de Madrid, D. Juan José de Palacio Rodríguez, el día 5 de octubre de 2020, con el n.o 2.429 de su protocolo.

El tercero, en nombre y representación del Ayuntamiento de Los Molinos (en adelante, el Ayuntamiento), en su condición de Alcalde-Presidente del mismo, elegido por Acuerdo del Pleno Extraordinario y Constitutivo de 15 de junio de 2019 y de las facultades que le atribuyen, respectivamente, el artículo 21.1.b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local (en adelante, Ley 7/1985) y el artículo 30.1.a) de la Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administración Local de la Comunidad de Madrid (en adelante, Ley 2/2003).

Cuando se haga referencia a todas las partes firmantes de la Adenda se denominará como las Partes.

Las Partes se reconocen recíprocamente capacidad y representación suficientes para la celebración de la presente Adenda y

EXPONEN

Primero

En fecha 23 de marzo de 1999, se celebró el Convenio de gestión comercial y mantenimiento de la red de distribución entre el Ayuntamiento de Los Molinos y el Canal de Isabel II (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 86, de 13 de abril de 1999), en adelante, “Convenio de Distribución”.

Segundo

En fecha 28 de octubre de 2022, se celebra el Convenio para la gestión del servicio de distribución con renovación de las infraestructuras internas de la Urbanización “Los Arroyuelos”, entre Canal de Isabel II, Canal de Isabel II, S. A., el Ayuntamiento de Los Molinos y la Urbanización Los Arroyuelos” (en adelante, Convenio para Los Arroyuelos).

Tercero

El artículo 16 de la Ley 3/2008 de la Comunidad de Madrid, de 29 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas introdujo la posibilidad de que Canal constituyese una sociedad anónima que tuviera por objeto la realización de actividades relacionadas con el abastecimiento de aguas, saneamiento, servicios hidráulicos, y obras hidráulicas. Dicha sociedad se constituyó tras la autorización otorgada por el Acuerdo de 14 de junio de 2012, del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, por el que se autoriza la constitución de la sociedad anónima “Canal de Isabel II Gestión, Sociedad Anónima”, en la actualidad, Canal de Isabel II, S. A.

Como consecuencia de lo anterior, resulta procedente que la Sociedad Canal sea Parte de la presente Adenda pese a no ser Parte firmante del Convenio de Distribución, ya que su constitución fue posterior a la firma del mismo.

Cuarto

Que el “Convenio para Los Arroyuelos” prevé la renovación de las infraestructuras internas de dicha urbanización y una vez renovadas, está previsto que las mismas pasen a formar parte de la red de distribución del municipio, regulada por el “Convenio de Distribución”.

En este sentido, en el párrafo cuarto de la Estipulación Trigésimo-primera del “Convenio para los Arroyuelos” se acuerda que: “Una vez cumplido todo lo previsto en el párrafo anterior, las Partes acuerdan que se levantará Acta en la que se dará por extinguido el presente Convenio, pasando a regirse, tanto las infraestructuras hidráulicas como la gestión del servicio en el ámbito de la urbanización, por el Convenio que regule el servicio de distribución vigente en el municipio en ese momento. A estos efectos, se suscribirá una Adenda al citado Convenio ampliando su ámbito territorial de aplicación con la incorporación de las infraestructuras hidráulicas del ámbito de la urbanización. Igualmente, se acuerda por el presente Convenio que no se cobrará a los usuarios de la Urbanización la cuota suplementaria prevista en el Convenio de Distribución para el resto del término municipal”.

Quinto

Con el fin de coordinar ambos Convenios se celebra la presente Adenda con las siguientes

ESTIPULACIONES

Primera

Objeto de la Adenda

Mediante la presente Adenda, las Partes firmantes del Convenio de Distribución acuerdan la ampliación del ámbito de aplicación del mismo, mediante la inclusión de la Urbanización “Los Arroyuelos”.

Segunda

Condición suspensiva

La ampliación del ámbito del Convenio de Distribución a la Urbanización “Los Arroyuelos” acordada en la Estipulación anterior, se producirá una vez que las obras previstas en el Convenio para Los Arroyuelos estén ejecutadas y la inversión totalmente recuperada y se haya levantado el Acta a la que se refiere la Estipulación Trigésimo-primera del referido Convenio para los Arroyuelos.

Tercera

Inicio de efectos

La presente Adenda, una vez aprobada por el Pleno del Ayuntamiento de Los Molinos de 4 de agosto de 2022 y por el Consejo de Administración del Ente Público Canal de Isabel II, de 17 de octubre de 2022, y el Consejo de Administración de la sociedad Canal de Isabel II, S. A., de 30 de septiembre de 2022, respectivamente, tendrá la tramitación legal que proceda hasta su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, produciendo efectos desde el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, sin perjuicio de lo previsto en la Estipulación Segunda.

Y siendo cuanto antecede fiel reflejo de la voluntad de las Partes, firman de forma sucesiva la presente Adenda, con los respectivos certificados electrónicos, considerándose firmado en Madrid, en la fecha en que se encuentre consignada la última firma de las Partes.

Madrid, a 15 de noviembre de 2022.—Por Canal de Isabel II, Pablo Rodríguez Sardinero.—Por Canal de Isabel II, S. A., Pascual Fernández Martínez.—Por el Ayuntamiento de Los Molinos, Antonio Coello Gómez-Rey.

(01/22.206/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.28.20: I. COMUNIDAD DE MADRID

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