Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 284

Fecha del Boletín 
29-11-2022

Sección 3.10.20M: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20221129-83

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MORATA DE TAJUÑA

OFERTAS DE EMPLEO

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Morata de Tajuña. Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo

Habiéndose aprobado por la Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada el 10 de noviembre de 2022, las bases específicas y la convocatoria excepcional en el marco del proceso de estabilización de empleo temporal, para cubrir una plaza de Ingeniero/a Técnico/a de Informática para el Ayuntamiento de Morata de Tajuña, se abre el plazo de presentación de solicitudes, que será de veinte días naturales, a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el “Boletín Oficial del Estado”.

Se adjuntan las bases reguladoras que regirán la convocatoria:

BASES ESPECÍFICAS REGULADORAS DE PROCESO PARA LA ESTABILIZACIÓN DE EMPLEO TEMPORAL (LEY 20/2021) DEL AYUNTAMIENTO DE MORATA DE TAJUÑA. INGENIERO/A TÉCNICO/A DE INFORMÁTICA. PERSONAL LABORAL, DEDICACIÓN A TIEMPO COMPLETO. UNA (1) PLAZA

1. Objeto.—La presente convocatoria tiene por objeto la selección mediante el sistema de concurso de una vacante, de naturaleza laboral, denominación: Ingeniero/a Técnico/a Informática. Dedicación a tiempo completo.

2. Régimen aplicable.—La convocatoria se regirá por las bases generales que regulan el proceso para la estabilización del empleo temporal del Ayuntamiento de Morata de Tajuña.

3. Titulación.—De conformidad con lo establecido en el artículo 76 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, para el acceso al Subgrupo A2, se requerirá el título de Título Universitario de Grado, o equivalente.

4. Méritos valorables en el concurso de méritos.—La valoración de los méritos de los aspirantes, serán los siguientes:

A) Experiencia profesional. Se valorará hasta un máximo de 6 puntos, de la forma establecida a continuación:

A.1. Se valorará a razón de 0,05 puntos por mes completo trabajado en el Ayuntamiento de Morata de Tajuña o sus organismos dependientes, desarrollando funciones iguales o análogas a las que corresponden a la plaza a la que se aspira en la presente convocatoria.

A.2. Se valorará a razón de 0,025 puntos por mes completo trabajado en otra Administración Pública, desarrollando funciones iguales o análogas a las que corresponden a la plaza a la que se aspira en la presente convocatoria.

A efectos del cómputo de la experiencia laboral, se entenderá por mes completo, períodos de 30 días a jornada completa.

Solo se tendrán en cuenta aquellos períodos de tiempo en los que el grupo de cotización (GC) sean 2 ó 1. Se deberá acompañar con el correspondiente certificado donde figuren que las labores en el GC 1 y 2 han sido como técnico informático.

La experiencia profesional deberá justificarse mediante la aportación de la siguiente documentación:

— Certificado de vida laboral actualizado expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social.

— Para poder justificar las tareas desempeñadas se deberá aportar certificación expedida por el órgano competente de la Administración respectiva en la que quede reflejado el tiempo expresado en días y el puesto de trabajo desempeñado.

B) Méritos específicos y formación. Se valorará hasta un máximo de 4 puntos, de la forma establecida a continuación:

B.1. Se valorará hasta un máximo de 1,5 puntos la posesión de titulaciones académicas oficiales de nivel superior a la requerida para el acceso a la plaza convocada.

Se entenderá por titulación superior, la posesión de formación con un grado superior al grado 2, según los niveles MECES aprobado por Consejo de Ministros. De igual forma se valorará como titulación superior la titulación de posgrado, máster universitario o doctorado. Se deberá acreditar mediante título oficial o certificación de titulación provisional que exprese que se han superado las pruebas para su obtención.

B.2. Se valorará, hasta un máximo de 2 puntos, cursos de formación y perfeccionamiento que versen sobre materias directamente relacionadas con las funciones propias del puesto, impartidos por centros oficiales, centros homologados y acreditados a nivel nacional, Administraciones Públicas y centros acogidos al Plan de Formación continua de las Administraciones Públicas, universidades o colegios profesionales, o bien por cualquier organismo público, directamente relacionados con las funciones de la categoría de la plaza convocada, que se acrediten mediante título, diploma o certificación que exprese la duración de los cursos.

Se valorarán en función de las horas de duración, a razón de:

— Hasta 20 horas: 0,2 puntos.

— De 21 a 40 horas: 0,6 puntos.

— De 41 a 70 horas: 1 punto.

— Más de 70 horas: 1,6 puntos.

Máxima antigüedad de los cursos: 10 años a fecha límite de presentación de solicitudes.

B.3. Se valorará con 0,50 puntos estar en posesión de certificado de auditor interno ISO 27001:2013 de Sistemas de Gestión de Seguridad de la Información, vigente a la fecha de presentación de las solicitudes.

En caso de empate en la fase de concurso este se dirimirá a favor del aspirante con mayor puntuación obtenida en la base cuarta, letra A, apartado A.1. De persistir el empate se dirimirá en favor del aspirante que tenga mayor puntuación en la fase de méritos (letra B de la base cuarta); y, de persistir el mismo, se resolverá por sorteo.

5. Incidencias.—Las presentes bases y convocatoria podrán ser impugnadas de conformidad con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En lo no previsto en las bases será de aplicación el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre; la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local; el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, aprobado por Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril; y el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, aprobado por Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, con carácter supletorio.

En Morata de Tajuña, a 18 de noviembre de 2022.—El alcalde, Ángel Marcelo Sánchez Sacristán.

(01/22.469/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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