Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 285

Fecha del Boletín 
30-11-2022

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20221130-57

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ALCOBENDAS

RÉGIMEN ECONÓMICO

57
Alcobendas. Régimen económico. Modificación presupuestaria

En la Intervención de esta Entidad Local y conforme disponen los artículos 177 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales y 38 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, se encuentran expuestos al público a efectos de reclamaciones los expedientes de modificación presupuestaria que se indica a continuación, aprobados por el Ayuntamiento Pleno en sesión extraordinaria de 17 de noviembre de 2022 y que afectan al vigente presupuesto de la entidad.

— Crédito extraordinario 10 2022.

Los interesados que estén legitimados, según lo dispuesto en el citado texto refundido, podrán presentar reclamaciones con sujeción a los siguientes trámites:

a) Plazo de exposición y admisión de reclamaciones: quince días hábiles a partir del siguiente a la fecha de inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

b) Oficina de presentación: Registro General.

c) Órgano ante el que se reclama: Ayuntamiento de Alcobendas.

En Alcobendas, a 28 de noviembre de 2022.—El titular accidental del Órgano de Contabilidad y Presupuesto (nombramiento por resolución de la Dirección General de Reequilibrio Territorial de la Consejería de Administración Local y Digitalización de la Comunidad de Madrid, de 11 de noviembre de 2022), José Luis Martínez Porras.—El secretario general del Pleno Accidental (según resolución de la Dirección General de Requilibrio Territorial de la Comunidad de Madrid, de 22 de septiembre de 2022), Francisco Coronado Martínez.

(03/23.135/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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