Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 287

Fecha del Boletín 
02-12-2022

Sección 3.10.30: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20221202-101

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

MANCOMUNIDAD DE SERVICIOS DEL SUROESTE DE MADRID

RÉGIMEN ECONÓMICO

101
Mancomunidad de Servicios del Suroeste de Madrid. Régimen económico. Plan estratégico de subvenciones

Aprobado inicialmente el Plan Estratégico de Subvenciones de la Mancomunidad de Servicios del Suroeste de Madrid, por acuerdo de la Junta Plenaria de esta Mancomunidad, en sesión ordinaria celebrada en fecha 22 de noviembre de 2022, de conformidad con los artículos 49 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y 56 del texto refundido de Régimen Local, se somete el mismo a información pública y audiencia por el plazo de treinta días hábiles, a contar desde día siguiente a la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que pueda ser examinado y presentar las reclamaciones que se estimen oportunas.

Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado legitimado en las dependencias de esta entidad para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes.

Asimismo, el texto del citado Plan estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de esta entidad, a través del enlace: http://mancomunidadsuroeste.sedelectronica.es

En el supuesto de que no se presentasen reclamaciones al expediente durante el plazo legalmente establecido, se entenderá definitivamente aprobado el Plan Estratégico de Subvenciones de la Mancomunidad de Servicios del Suroeste de Madrid sin necesidad de acuerdo expreso por la Junta Plenaria de la entidad; en caso contrario, la Junta Plenaria, como órgano competente, será quien resuelva las mismas.

Dado en Griñón, a 23 de noviembre de 2022.—El presidente, José María Porras Agenjo.

(03/22.811/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.30: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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