Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 289

Fecha del Boletín 
05-12-2022

Sección 3.10.20F: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20221205-105

Páginas: 3


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE FUENLABRADA

PERSONAL

105
Fuenlabrada. Personal. Modificación complemento específico

La Junta de Gobierno Local, en sesión ordinaria celebrada en fecha 18 de noviembre de 2022 adoptó los siguientes acuerdos:

1.o Incrementar con efectos del 1 de enero de 2022, el complemento específico asignado a los puestos de trabajo de personal laboral y funcionario en los distintos instrumentos de ordenación de puestos de trabajo del Ayuntamiento y sus Organismos Autónomos en un 1,5 por 100 sobre las cantidades vigentes a fecha 31 de diciembre de 2021, y el importe unitario de las retribuciones variables (horas extraordinarias, complementos variables, etc.), así como los conceptos derivados de acuerdos específicos de policía y bomberos en un 1,5 por 100 sobre el importe vigente a 31 de diciembre de 2021, incrementos que deberán respetar la disponibilidad total aprobada en los Presupuestos Municipales.

2.o Modificar los distintos anexos de personal del Ayuntamiento de Fuenlabrada y cada uno de sus Organismos Autónomos aprobados junto con el presupuesto municipal para el año 2022 en relación con el personal laboral y funcionario en el sentido de que las cuantías del salario base, complemento de destino, antigüedades y paga extraordinaria se sujeten a las cuantías establecidas en el Ley 22/2021, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022, y a lo señalado en el Real Decreto Ley 18/2022, de 18 de octubre, por el que se aprueban medidas de refuerzo de la protección de los consumidores de energía y de contribución a la reducción del consumo de gas natural en aplicación del “Plan + seguridad para tu energía (+SE)“ para estos conceptos, incluido el específico, incrementándose en un 1,5 por 100, todo ello con efectos de 1 de enero de 2022, con la excepción de los complementos de puesto de trabajo que se relacionan y que serán estudiados en expediente administrativo separado.

3.o No incrementar, ni aplicar absorción y reducción alguna a los complementos personales transitorios que derivan de diferencias resultantes de las cantidades que se perciben en concepto de trienios o antigüedad como consecuencia de acuerdos a los que se refiere la disposición adicional segunda del Acuerdo Colectivo.

4.o No incrementar, sino aplicar la absorción y reducción prevista en la disposición transitoria décima de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la reforma de la Función Pública, y disposición transitoria quinta de la Ley 22/2021, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022, con efectos desde el 1 de enero de 2022, los complementos personales transitorios reconocidos a las/os siguientes empleadas/os municipales, así como los importes que compensan diferencias entre subgrupos en el caso de habilitaciones y aquellas otras cantidades que se perciben en concepto de trienios o antigüedad como consecuencia de acuerdos a los que se refiere la disposición adicional segunda del Acuerdo Colectivo pero que en la actualidad se encuentran ocupando otros puestos:

5.o Incrementar las retribuciones establecidas para el personal eventual en un 1,5 por 100 sobre las que estuvieran vigentes a 31 de diciembre de 2021, con efectos desde el 1 de enero de 2022, con las correspondientes modificaciones en el Anexo de Personal.

6.o Publicar en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID los acuerdos anteriores.

En Fuenlabrada, a 22 de noviembre de 2022.—La directora general para la Gestión y Desarrollo de las Personas, Beatriz Sánchez Ruiz.

(03/22.860/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20F: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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