Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 289

Fecha del Boletín 
05-12-2022

Sección 1.2.34.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20221205-13

Páginas: 9


I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal

CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE

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ORDEN 2284/2022, de 23 de noviembre, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se aprueba convocatoria pública para la provisión de un puesto de trabajo de carrera de naturaleza laboral denominado “Técnico de Área” por el procedimiento de Libre Designación.

Con la finalidad de proveer mediante el sistema de Libre Designación un puesto de carrera reservado al personal laboral fijo de la Administración de la Comunidad de Madrid y conforme a lo previsto en los artículos 30, 73 y siguientes del Convenio Colectivo Único para el Personal Laboral al Servicio de la Administración de la Comunidad de Madrid (2021-2024), se procede a la aprobación de las siguientes

BASES DE CONVOCATORIA

Primera. Objeto

Se aprueba convocatoria pública para la provisión del puesto de trabajo de carrera 78.110, denominado “Técnico de Área”, con las características que figuran en el Anexo I, mediante el sistema de Libre Designación, entre el personal laboral fijo al servicio de la Administración de la Comunidad de Madrid.

Segunda. Normativa aplicable

La presente convocatoria se regirá, en todo lo referente a su organización y desarrollo, por lo dispuesto en el Convenio Colectivo Único para el Personal Laboral al Servicio de la Administración de la Comunidad de Madrid (2021-2024).

Tercera. Requisitos y condiciones de participación

1. Ostentar la condición de personal laboral fijo de la Administración de la Comunidad de Madrid incluido en el ámbito de aplicación del citado Convenio Colectivo, con excepción del personal de las empresas públicas.

2. Encontrarse en activo, en excedencia por cuidado de hijos, por cuidado de familiares, por razón de violencia de género o por motivos particulares.

3. No hallarse cumpliendo una sanción de demérito que comporte la suspensión del derecho a concurrir en convocatorias de provisión de puestos de carrera.

4. Pertenecer al grupo, categoría y área de actividad a que se encuentre adscrito el puesto de trabajo convocado.

5. Los requisitos deberán cumplirse el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse durante todo el proceso de cobertura.

Cuarta. Solicitudes y documentación

1. La solicitud para tomar parte en el procedimiento de selección se ajustará al modelo que figura en el Anexo II de esta convocatoria y se presentará electrónicamente en el plazo de quince días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación de la presente convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, junto con la documentación que proceda, en el Registro Electrónico de la Comunidad de Madrid a través del enlace https://tramita.comunidad.madrid/oferta-empleo/tecnico-area-0 , o en los demás registros electrónicos previstos en el artículo 16.4.a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

2. La presentación de la solicitud se realizara por medios electrónicos, para ello es necesario disponer de uno de los certificados electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica, que sean operativos en la Comunidad de Madrid y expedidos por prestadores incluidos en la “Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación” o cualquier otro sistema de firma electrónica que la Comunidad de Madrid considere válido en los términos y condiciones que se establezcan específicamente para cada tipo de firma.

Las notificaciones que deban practicarse se harán exclusivamente por medios electrónicos. Al ser los solicitantes sujetos del artículo 14.2 de la Ley 39/2015, obligados a relacionarse electrónicamente con la Administración, la notificación se realizará a través de medios electrónicos de acuerdo con lo establecido en el artículo 43 del mismo texto legal. A tal efecto, el solicitante está obligado a estar dado de alta en el servicio de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid, accediendo al mismo a través del enlace https://www.comunidad.madrid/servicios/administración-digital-punto-acceso-general

3. Los interesados acompañarán su solicitud con la siguiente documentación:

— Certificado de cumplimiento de requisitos mínimos, conforme al Anexo III de la convocatoria, que deberá ir firmado por el titular de la Secretaría General Técnica, Subdirección General de Personal o responsable de personal de la Consejería, Organismo o Ente en el que preste servicios.

— Servicios prestados en la Comunidad de Madrid u otras Administraciones Públicas: certificado acreditativo de los períodos trabajados, funciones, así como de la categoría profesional en la que han sido prestados aquéllos, que deberá ir firmado por el titular de la Secretaría General Técnica, Subdirección General de Personal o responsable de personal de la Consejería, Organismo o Ente en el que haya prestado servicios, si se trata de experiencia adquirida en la Comunidad de Madrid, así como por el órgano que tenga asumidas las competencias correspondientes cuando se trate de otras Administraciones públicas.

— Certificado de funciones desempeñadas en la categoría profesional en la que se preste o se haya prestado servicios, con indicación de las funciones desempeñadas y períodos trabajados, expedido por el titular de la Secretaría General Técnica, Subdirección General de Personal o responsable de personal de la Consejería, Organismo o Ente en el que preste o haya prestado servicios.

— Para aportarse documentos durante la tramitación del expediente, se debe de realizar a través del portal https://www.comunidad.madrid/servicios/administración-digital-punto-acceso-general

4. A efectos del cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 8 de la “Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales” y en el artículo 5 del “Reglamento (UE) 2016/679, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE” (Reglamento general de protección de datos), los datos contenidos en la solicitud serán objeto de tratamiento automatizado por la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte para el desarrollo del proceso selectivo, siendo su cumplimentación obligatoria para la admisión a este proceso.

5. Conforme a lo previsto en el artículo 68.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se requerirá al interesado para que, en un plazo de diez días, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición, previa Resolución.

Finalizado el plazo anterior, se publicarán en la página web de la Comunidad de Madrid y en los tablones de anuncios de la sede de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, los listados provisionales de admitidos y excluidos en el procedimiento, con indicación de las causas que, en su caso, dan lugar a la exclusión, concediéndose un plazo de diez días hábiles para la presentación de alegaciones.

Transcurrido el citado plazo, se publicarán en los mismos medios los listados definitivos de admitidos y excluidos.

Quinta. Sistema de provisión

El sistema de provisión del puesto será el de Libre Designación, de forma que el titular de la Consejería, o del Órgano en el que haya delegado, seleccionará libre y discrecionalmente al candidato de entre los que reúnan el perfil y requisitos establecidos en el Anexo I de las bases de esta convocatoria.

Sexta. Adjudicación del puesto

1. El puesto convocado se adjudicará al candidato que, reuniendo los requisitos establecidos, sea seleccionado libre y discrecionalmente por el titular de la Consejería o del Órgano en el que haya delegado.

2. La resolución de la convocatoria se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

3. El destino obtenido será definitivo e irrenunciable, salvo que el candidato propuesto obtenga otro puesto de carrera convocado con anterioridad a la adjudicación de aquel.

4. El acceso a un puesto de carrera no supondrá en ningún caso la reserva del puesto de procedencia.

Séptima. Recursos

Contra la presente convocatoria y las actuaciones que se deriven de la misma podrán los interesados interponer demanda, en el plazo de dos meses, ante el Juzgado de lo Social de Madrid, de acuerdo con lo establecido en el artículo 10.4.a) en relación con el artículo 6.2.b) de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, Reguladora de la Jurisdicción Social, y en el artículo 69 de la mencionada Ley, en la redacción dada por la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Madrid, a 23 de noviembre de 2022.—La Consejera de Cultura, Turismo y Deporte, P. D. (Orden 1389/2021, de 16 de noviembre; BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 29 de noviembre de 2021), la Secretaria General Técnica, María José Barrero García.











(03/22.869/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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