Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 293

Fecha del Boletín 
09-12-2022

Sección 3.10.20B: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20221209-47

Páginas: 5


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE BELMONTE DE TAJO

OFERTAS DE EMPLEO

47
Belmonte de Tajo. Ofertas de empleo. Convocatoria procesos selectivos

Por resolución de Alcaldía de fecha 17 de noviembre de 2022 rectificada, detectados errores, mediante resolución de Alcaldía de fecha 18 de noviembre de 2022, se ha aprobado la convocatoria, las bases generales y las siguientes bases específicas que regulan el procedimiento de estabilización de empleo temporal de la disposición adicional sexta y octava de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de Medidas Urgentes para la Reducción de la Temporalidad en el Empleo Público, dentro del marco general de ejecución de la Oferta Pública de Empleo, aprobada por Decreto de 9 de mayo de 2022 y publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 119, de fecha 20 de mayo de 2022, así como la creación de una bolsa de empleo temporal de Belmonte de Tajo.

El plazo de presentación de solicitudes, junto con la documentación requerida que se acompañe, es de veinte días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el “Boletín Oficial del Estado”.

BASES ESPECÍFICAS Y CONVOCATORIA PARA LA PROVISIÓN POR CONCURSO LIBRE DE 1 PLAZA DE AGENTE DE EMPLEO Y DESARROLLO LOCAL (AEDL) DE PROCESO ESTABILIZACIÓN DE EMPLEO TEMPORAL DEL AYUNTAMIENTO DE BELMONTE DE TAJO (MADRID)

Primera. Objeto de la convocatoria.—Es objeto de la presente convocatoria la provisión, mediante el sistema de concurso libre, de 1 plaza de agente de empleo y desarrollo local, personal laboral fijo a tiempo completo de la plantilla de personal de este Ayuntamiento, incluidas en la oferta de empleo público extraordinaria de estabilización de empleo temporal del ejercicio 2022 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 119, de 20 de mayo), código de puesto de relación de puestos de trabajo número 1006, con las características y especificaciones siguientes:

Clasificación: personal laboral fijo a tiempo completo.

Código de puesto de la relación de puestos de trabajo: 1006.

Grupo A1.

Nivel de complemento de destino: 22.

Segunda. Normativa aplicable.—Es aplicable al presente procedimiento selectivo lo dispuesto en las bases generales que rigen las convocatorias de procesos selectivos de estabilización y consolidación de empleo temporal del Ayuntamiento de Belmonte de Tajo, y en lo no regulado en las mismas, se estará a lo dispuesto en la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de Medidas Urgentes para la Reducción de la Temporalidad en el Empleo Público; el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (TREBEP); la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del Régimen Local (LRBRL); el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las Disposiciones Legales Vigentes en Materia de Régimen Local (TRRL); la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública (LMRFP); el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso (RGI); la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPACAP); la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (LRJSP), y demás disposiciones que resulten de aplicación.

Tercera. Titulación exigida y documentación a presentar.—Para ser admitidos a la realización del proceso selectivo, los aspirantes deberán estar en posesión, en la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias, del título de licenciado/Grado Universitario y reunir el resto de los requisitos establecidos en las bases generales de estabilización de este Ayuntamiento. La documentación se ajustará y presentará en la forma, plazo y con la documentación establecida en la base tercera de las bases generales que rigen las convocatorias de procesos selectivos de estabilización y consolidación de empleo temporal del Ayuntamiento. Se acompañará modelo de Anexo I de las bases generales.

Cuarta. Méritos a valorar.—Los determinados en la base sexta de las bases generales que rigen las convocatorias de procesos selectivos de estabilización y consolidación de empleo temporal del Ayuntamiento.

Quinta. Recursos.—Las presentes bases y convocatoria podrán ser impugnadas de conformidad con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Contra la convocatoria y sus bases, que agotan la vía administrativa, se podrá interponer por los interesados recurso de reposición previo al contencioso-administrativo en el plazo de un mes ante la Alcaldía de este Ayuntamiento, o bien recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante los Juzgados de lo contencioso-administrativo de Madrid o, a su elección, el que corresponda a su domicilio, a partir del día siguiente al de publicación del anuncio correspondiente en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

BASES ESPECÍFICAS Y CONVOCATORIA PARA LA PROVISIÓN POR CONCURSO LIBRE DE 1 PLAZA DE AGENTE DE EMPLEO Y DESARROLLO LOCAL (AEDL) DE PROCESO ESTABILIZACIÓN DE EMPLEO TEMPORAL DEL AYUNTAMIENTO DE BELMONTE DE TAJO (MADRID)

Primera. Objeto de la convocatoria.—Es objeto de la presente convocatoria la provisión, mediante el sistema de concurso libre, de 1 plaza de agente de empleo y desarrollo local, personal laboral fijo a tiempo completo de la plantilla de personal de este Ayuntamiento, incluidas en la oferta de empleo público extraordinaria de estabilización de empleo temporal del ejercicio 2022 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 119, de 20 de mayo), código de puesto de relación de puestos de trabajo número 1007, con las características y especificaciones siguientes:

Clasificación: personal laboral fijo a tiempo completo.

Código de puesto de la relación de puestos de trabajo: 1007.

Grupo A2.

Nivel de complemento de destino: 18.

Segunda. Normativa aplicable.—Es aplicable al presente procedimiento selectivo lo dispuesto en las bases generales que rigen las convocatorias de procesos selectivos de estabilización y consolidación de empleo temporal del Ayuntamiento de Belmonte de Tajo, y en lo no regulado en las mismas, se estará a lo dispuesto en la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de Medidas Urgentes para la Reducción de la Temporalidad en el Empleo Público; el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (TREBEP); la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del Régimen Local (LRBRL); el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las Disposiciones Legales Vigentes en Materia de Régimen Local (TRRL); la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública (LMRFP); el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso (RGI); la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPACAP); la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (LRJSP), y demás disposiciones que resulten de aplicación.

Tercera. Titulación exigida y documentación a presentar.—Para ser admitidos a la realización del proceso selectivo, los aspirantes deberán estar en posesión, en la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias, del título de diplomado o equivalente y reunir el resto de los requisitos establecidos en las bases generales de estabilización de este Ayuntamiento. La documentación se ajustará y presentará en la forma, plazo y con la documentación establecida en la base tercera de las bases generales que rigen las convocatorias de procesos selectivos de estabilización y consolidación de empleo temporal del Ayuntamiento. Se acompañará modelo de Anexo I de las bases generales.

Cuarta. Méritos a valorar.—Los determinados en la base sexta de las bases generales que rigen las convocatorias de procesos selectivos de estabilización y consolidación de empleo temporal del Ayuntamiento.

Quinta. Recursos.—Las presentes bases y convocatoria podrán ser impugnadas de conformidad con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Contra la convocatoria y sus bases, que agotan la vía administrativa, se podrá interponer por los interesados recurso de reposición previo al contencioso-administrativo en el plazo de un mes ante la Alcaldía de este Ayuntamiento, o bien recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante los Juzgados de lo contencioso-administrativo de Madrid o, a su elección, el que corresponda a su domicilio, a partir del día siguiente al de publicación del anuncio correspondiente en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

BASES ESPECÍFICAS Y CONVOCATORIA PARA LA PROVISIÓN POR CONCURSO LIBRE DE 1 PLAZA DE OPERARIO/A DE SERVICIOS MÚLTIPLES DE PROCESO ESTABILIZACIÓN DE EMPLEO TEMPORAL DEL AYUNTAMIENTO DE BELMONTE DE TAJO (MADRID)

Primera. Objeto de la convocatoria.—Es objeto de la presente convocatoria la provisión, mediante el sistema de concurso libre, de 1 plaza de operario/a de servicios múltiples, personal laboral fijo a tiempo completo de la plantilla de personal de este Ayuntamiento, incluidas en la oferta de empleo público extraordinaria de estabilización de empleo temporal del ejercicio 2022 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 119, de 20 de mayo), código de puesto de relación de puestos de trabajo número 2007, con las características y especificaciones siguientes:

Clasificación: personal laboral fijo a tiempo completo.

Código de puesto de la relación de puestos de trabajo: 2007.

Grupo: OAP.

Nivel de complemento de destino: 14.

Segunda. Normativa aplicable.—Es aplicable al presente procedimiento selectivo lo dispuesto en las bases generales que rigen las convocatorias de procesos selectivos de estabilización y consolidación de empleo temporal del Ayuntamiento de Belmonte de Tajo, y en lo no regulado en las mismas, se estará a lo dispuesto en la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de Medidas Urgentes para la Reducción de la Temporalidad en el Empleo Público; el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (TREBEP); la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del Régimen Local (LRBRL); el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las Disposiciones Legales Vigentes en Materia de Régimen Local (TRRL); la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública (LMRFP); el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso (RGI); la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPACAP); la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (LRJSP), y demás disposiciones que resulten de aplicación.

Tercera. Titulación exigida y documentación a presentar.—Para ser admitidos a la realización del proceso selectivo, los aspirantes deberán estar en posesión, en la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias, del título de graduado en Educación Secundaria Obligatoria o equivalente, estar en posesión de carnet de conducir clase B vigente y reunir el resto de los requisitos establecidos en las bases generales de estabilización de este Ayuntamiento. La documentación se ajustará y presentará en la forma, plazo y con la documentación establecida en la base tercera de las bases generales que rigen las convocatorias de procesos selectivos de estabilización y consolidación de empleo temporal del Ayuntamiento. Se acompañará modelo de Anexo I de las bases generales.

Cuarta. Méritos a valorar.—Los determinados en la base sexta de las bases generales que rigen las convocatorias de procesos selectivos de estabilización y consolidación de empleo temporal del Ayuntamiento.

Quinta. Recursos.—Las presentes bases y convocatoria podrán ser impugnadas de conformidad con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Contra la convocatoria y sus bases, que agotan la vía administrativa, se podrá interponer por los interesados recurso de reposición previo al contencioso-administrativo en el plazo de un mes ante la Alcaldía de este Ayuntamiento, o bien recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante los Juzgados de lo contencioso-administrativo de Madrid o, a su elección, el que corresponda a su domicilio, a partir del día siguiente al de publicación del anuncio correspondiente en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

BASES ESPECÍFICAS Y CONVOCATORIA PARA LA PROVISIÓN POR CONCURSO LIBRE DE 1 RESPONSABLE DE LIMPIEZA DE PROCESO ESTABILIZACIÓN DE EMPLEO TEMPORAL DEL AYUNTAMIENTO DE BELMONTE DE TAJO (MADRID)

Primera. Objeto de la convocatoria.—Es objeto de la presente convocatoria la provisión, mediante el sistema de concurso libre, de 1 plaza de responsable de limpieza, personal laboral fijo a tiempo completo de la plantilla de personal de este Ayuntamiento, incluidas en la oferta de empleo público extraordinaria de estabilización de empleo temporal del ejercicio 2022 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 119, de 20 de mayo), código de puesto de relación de puestos de trabajo número 2008, con las características y especificaciones siguientes:

Clasificación: personal laboral fijo a tiempo completo.

Código de puesto de la relación de puestos de trabajo: 2008.

Grupo: OAP.

Nivel de complemento de destino: 14.

Segunda. Normativa aplicable.—Es aplicable al presente procedimiento selectivo lo dispuesto en las bases generales que rigen las convocatorias de procesos selectivos de estabilización y consolidación de empleo temporal del Ayuntamiento de Belmonte de Tajo, y en lo no regulado en las mismas, se estará a lo dispuesto en la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de Medidas Urgentes para la Reducción de la Temporalidad en el Empleo Público; el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (TREBEP); la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del Régimen Local (LRBRL); el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las Disposiciones Legales Vigentes en Materia de Régimen Local (TRRL); la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública (LMRFP); el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso (RGI); la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPACAP); la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (LRJSP), y demás disposiciones que resulten de aplicación.

Tercera. Titulación exigida y documentación a presentar.—Para ser admitidos a la realización del proceso selectivo, los aspirantes deberán estar en posesión, en la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias, del título de graduado en Educación Secundaria Obligatoria o equivalente y reunir el resto de los requisitos establecidos en las bases generales de estabilización de este Ayuntamiento. La documentación se ajustará y presentará en la forma, plazo y con la documentación establecida en la base tercera de las bases generales que rigen las convocatorias de procesos selectivos de estabilización y consolidación de empleo temporal del Ayuntamiento. Se acompañará modelo de Anexo I de las bases generales.

Cuarta. Méritos a valorar.—Los determinados en la base sexta de las bases generales que rigen las convocatorias de procesos selectivos de estabilización y consolidación de empleo temporal del Ayuntamiento.

Quinta. Recursos.—Las presentes bases y convocatoria podrán ser impugnadas de conformidad con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Contra la convocatoria y sus bases, que agotan la vía administrativa, se podrá interponer por los interesados recurso de reposición previo al contencioso-administrativo en el plazo de un mes ante la Alcaldía de este Ayuntamiento, o bien recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante los Juzgados de lo contencioso-administrativo de Madrid o, a su elección, el que corresponda a su domicilio, a partir del día siguiente al de publicación del anuncio correspondiente en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

BASES ESPECÍFICAS Y CONVOCATORIA PARA LA PROVISIÓN POR CONCURSO LIBRE DE 2 PLAZAS DE LIMPIADOR/A DE PROCESO ESTABILIZACIÓN DE EMPLEO TEMPORAL DEL AYUNTAMIENTO DE BELMONTE DE TAJO (MADRID)

Primera. Objeto de la convocatoria.—Es objeto de la presente convocatoria la provisión, mediante el sistema de concurso libre, de 2 plazas de limpiador/a, personal laboral fijo a tiempo completo de la plantilla de personal de este Ayuntamiento, incluidas en la oferta de empleo público extraordinaria de estabilización de empleo temporal del ejercicio 2022 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 119, de 20 de mayo), código de puesto de relación de puestos de trabajo número 2009 y 2010, con las características y especificaciones siguientes:

Clasificación: personal laboral fijo a tiempo completo.

Código de puesto de la relación de puestos de trabajo: 2009 y 2010.

Grupo: OAP.

Nivel de complemento de destino: 14.

Segunda. Normativa aplicable.—Es aplicable al presente procedimiento selectivo lo dispuesto en las bases generales que rigen las convocatorias de procesos selectivos de estabilización y consolidación de empleo temporal del Ayuntamiento de Belmonte de Tajo, y en lo no regulado en las mismas, se estará a lo dispuesto en la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de Medidas Urgentes para la Reducción de la Temporalidad en el Empleo Público; el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (TREBEP); la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del Régimen Local (LRBRL); el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las Disposiciones Legales Vigentes en Materia de Régimen Local (TRRL); la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública (LMRFP); el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso (RGI); la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPACAP); la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (LRJSP), y demás disposiciones que resulten de aplicación.

Tercera. Titulación exigida y documentación a presentar.—Para ser admitidos a la realización del proceso selectivo, los aspirantes deberán estar en posesión, en la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias, del título de graduado en Educación Secundaria Obligatoria o equivalente y reunir el resto de los requisitos establecidos en las bases generales de estabilización de este Ayuntamiento. La documentación se ajustará y presentará en la forma, plazo y con la documentación establecida en la base tercera de las bases generales que rigen las convocatorias de procesos selectivos de estabilización y consolidación de empleo temporal del Ayuntamiento. Se acompañará modelo de Anexo I de las bases generales.

Cuarta. Méritos a valorar.—Los determinados en la base sexta de las bases generales que rigen las convocatorias de procesos selectivos de estabilización y consolidación de empleo temporal del Ayuntamiento.

Quinta. Recursos.—Las presentes bases y convocatoria podrán ser impugnadas de conformidad con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Contra la convocatoria y sus bases, que agotan la vía administrativa, se podrá interponer por los interesados recurso de reposición previo al contencioso-administrativo en el plazo de un mes ante la Alcaldía de este Ayuntamiento, o bien recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante los Juzgados de lo contencioso-administrativo de Madrid o, a su elección, el que corresponda a su domicilio, a partir del día siguiente al de publicación del anuncio correspondiente en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Belmonte de Tajo, a 18 de noviembre de 2022.—El alcalde, Amador Salinas Haro.

(02/22.539/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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