Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 295

Fecha del Boletín 
12-12-2022

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20221212-71

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

RÉGIMEN ECONÓMICO

O. A. Madrid Salud

71
Madrid. Régimen económico. O. A. Madrid Salud. Concesión subvenciones

El gerente de Madrid Salud, en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 15 de los Estatutos del Organismo Autónomo Madrid Salud, aprobados por Acuerdo Plenario de 19 de noviembre de 2004 y en aplicación de lo dispuesto en el artículo 16 de la convocatoria de subvenciones del Organismo Autónomo Madrid Salud para el apoyo al mantenimiento de proyectos dedicados a la atención integral de las adicciones, realizados por entidades sin ánimo de lucro, en el ejercicio 2022, previa reunión de la Comisión de Valoración de las solicitudes, de 29 de agosto de 2022, y propuesta de resolución definitiva, realizada por la subdirectora General de Adicciones de fecha 18 de octubre de 2022, vino a adoptar con fecha 15 de noviembre de 2022, la siguiente resolución,

RESUELVO

1. Conceder, a las entidades incluidas en la relación adjunta, las siguientes cuantías, con cargo a los créditos destinados a la convocatoria de subvenciones del Organismo Autónomo Madrid Salud para el apoyo al mantenimiento de proyectos dedicados a la atención integral de las adicciones, realizados por entidades sin ánimo de lucro, en el ejercicio 2022, hasta un total de 149.083,55 euros.

2. Dichas cuantías se imputarán a la aplicación 508/120/311.02/489.01 “Otras transferencias a instituciones sin fines de lucro” del Programa “Adicciones” del presupuesto de 2022 del Organismo Autónomo Madrid Salud.

3. No conceder subvención a la entidad Asociación Nacional Pro Recuperación de Marginados, dado que su proyecto tiene una puntación igual a 70 puntos (puntuación mínima para obtener la concesión) y se ha alcanzado el crédito máximo disponible en esta convocatoria con la distribución de subvenciones entre las demás entidades solicitantes. Asimismo, no se concede subvención a las entidades Asociación Mundo Justo (puntuación obtenida: 66 puntos) y Asociación Cultural Taller de Comunicación Radio Enlace de Madrid (puntuación obtenida: 61 puntos) porque no han llegado a la puntuación mínima exigida en la convocatoria.

4. Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá, en caso de disconformidad, interponer, en aplicación de lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Pública, y el artículo 52.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, modificada por la Ley 57/2003, de 16 de diciembre, de Medidas para la modernización del Gobierno Local, recurso potestativo de reposición ante el propio órgano que la ha dictado en el plazo de un mes o directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado Contencioso-Administrativo de Madrid en el plazo de dos meses, todo ello sin perjuicio de cuantos otros recursos se estimen oportuno. Ambos plazos se computarán desde el día siguiente a la publicación de la resolución de concesión en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 28 de noviembre de 2022.—El gerente de Madrid Salud, Antonio Prieto Fernández.

(01/23.190/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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