Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 296

Fecha del Boletín 
13-12-2022

Sección 3.10.30: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20221213-93

Páginas: 5


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

MANCOMUNIDAD 2016

OFERTAS DE EMPLEO

93
Mancomunidad 2016. Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo

Habiéndose aprobado por la Junta de Gobierno Local de esta Mancomunidad 2016, de fecha 24 de noviembre de 2022, las bases y la convocatoria del proceso selectivo, mediante oposición libre, de una plaza con denominación: Trabajador/a Social, del Personal Laboral Fijo de la Mancomunidad 2016, se abre el plazo de presentación de solicitudes, que será de veinte días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio.

Los sucesivos anuncios de esta convocatoria, cuando procedan, se publicarán en la sede electrónica de esta Mancomunidad https://mancomunidad2016.sedelectronica.es y en su caso en el tablón de anuncios, para mayor difusión.

Las bases reguladoras que regirán la convocatoria son las siguientes

BASES Y CONVOCATORIA PARA CUBRIR POR EL SISTEMA DE OPOSICION UNA PLAZA DE PERSONAL LABORAL FIJO, CON CATEGORÍA DE TRABAJADOR SOCIAL DE LA MANCOMUNIDAD 2016

1. Objeto.—La presente convocatoria tiene por objeto la cobertura, mediante el sistema de oposición, forma de acceso libre, de una plaza de naturaleza laboral fija, denominación: Trabajador/a Social del Personal Laboral Fijo de la Mancomunidad 2016, Oferta de Empleo Público 2022.

2. Condiciones de admisión de aspirantes.—Para formar parte en las pruebas de selección, será necesario reunir los requisitos establecidos en el artículo 56 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, debiendo estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Gra do o Diplomatura Universitaria en Trabajo Social.

3. Forma y plazo de presentación de instancias.—Las solicitudes (cuyo modelo se encuentra en la sede electrónica de la Mancomunidad) requiriendo tomar parte en las correspondientes pruebas de acceso, en las que los aspirantes harán constar que reúnen las condiciones exigidas en las presentes bases específicas, se dirigirán al señor presidente de la Mancomunidad 2016, se presentarán en el Registro Electrónico General de la Mancomunidad o en alguno de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de veinte días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Asimismo, las bases de la convocatoria se publicarán en la sede electrónica de la Mancomunidad 2016.

Los datos personales incluidos en la solicitud de participación serán tratados única— mente para la gestión del proceso selectivo, es decir para la práctica de las pruebas de selección y las comunicaciones que deban realizarse. Cuando sea necesario publicar un acto administrativo que contenga datos personales se publicará de la forma que determina la disposición adicional séptima de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales. La Mancomunidad será la responsable del tratamiento de estos datos.

4. Admisión de aspirantes.—Expirado el plazo de presentación de instancias, se dictará resolución en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos. En dicha resolución, que se publicará en la sede electrónica de la Mancomunidad 2016, se concederá un plazo de diez días hábiles para la subsanación.

La misma Resolución contendrá el lugar donde se encuentran expuestas al público la lista certificada y completa provisional de aspirantes admitidos/as y excluidos/as, además del lugar, fecha y hora del inicio de las pruebas selectivas.

Iniciado el proceso selectivo, la publicación de los sucesivos anuncios se efectuará a través de la sede electrónica de la Mancomunidad.

El hecho de figurar en la relación de admitidos/as no prejuzga que se reconozca a las personas interesadas la posesión de los requisitos exigidos para participar en el proceso selectivo. Cuando del examen de la documentación, que de acuerdo con la base debe presentarse en el caso de ser seleccionado/a, se desprenda que no poseen alguno de los requisitos, las personas interesadas decaerán en todos los derechos que pudieran derivarse de su participación en el procedimiento.

Asimismo, el Tribunal, si tuviera conocimiento de que alguno/a de los/las aspirantes no cumple cualquiera de los requisitos exigidos para tomar parte en el proceso selectivo, previa audiencia a la persona interesada podrá proponer su exclusión a la autoridad convocante.

En el supuesto de que por circunstancias excepcionales se hubiese de modificar el lugar, la fecha o la hora de la celebración del primer ejercicio, se hará público a través de la página web de la Mancomunidad.

Contra la Resolución que haga pública la relación definitiva de aspirantes excluidos/as, podrá interponerse recurso de reposición en el plazo de un mes, a partir del día siguiente al de su publicación o recurso Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente de dicha publicación.

Al publicarse la lista provisional de admitidos y excluidos se podrá hacer advertencia de que, trascurrido el plazo anterior sin reclamaciones, quedará aquella elevada a definitiva.

Las alegaciones presentadas serán resultas en el plazo de 30 días desde la finalización del plazo para presentación. Transcurrido dicho plazo sin que se hubiera dictado resolución alguna, las alegaciones se entenderán desestimadas.

5. Tribunal Calificador.—Para la correcta constitución del Tribunal será necesaria la asistencia de, al menos, tres miembros, entre los que se deberán encontrar el/la presidente/a y el/la secretario/a.

6. Sistema de selección y desarrollo del proceso.—El procedimiento de selección de los aspirantes será el de Oposición y consistirá en la realización de dos pruebas de aptitud eliminatorias y obligatorias para los aspirantes.

Los aspirantes serán convocados en llamamiento único, siendo excluidos de la oposición quienes no comparezcan, salvo causa de fuerza mayor debidamente acreditada y libremente apreciada por el Tribunal.

En cualquier momento el Tribunal podrá requerir a los opositores para que acrediten su personalidad. Los candidatos deberán acudir provistos del DNI o, en su defecto, pasaporte o carné de conducir.

Los ejercicios de la oposición serán los siguientes:

A. La primera prueba, consistirá en contestar por escrito un cuestionario tipo test de 50 preguntas, propuesto por el Tribunal, en relación con los contenidos de las materias comunes y específicas que figuran en el temario adjunto a estas bases. Se incluirán un 10 por 100 adicional de preguntas de reserva que computarán por su orden si resultaran anuladas por el Tribunal alguna de las preguntas iniciales.

Cada pregunta tendrá tres repuestas alternativas siendo solo una de ellas la correcta. La corrección y calificación del test se hará de forma anónima, utilizándose para ello sistemas que garanticen la objetividad de las puntuaciones otorgadas y el anonimato de los aspirantes. La puntación vendrá dada por la siguiente fórmula: nota total = (número aciertos - número errores/2) / (número preguntas/10), asignándose la calificación final de los ejercicios, con la determinación de la puntuación mínima para superar la fase de oposición, según criterio del Tribunal. El tiempo máximo de realización de este ejercicio será de 45 minutos.

Este ejercicio se calificará de 0 a 10 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 5 puntos para superarlo y acceder al segundo ejercicio.

B. La segunda prueba, de carácter práctico, consistirá en desarrollar por escrito uno o varios supuestos teórico-prácticos propuestos por el Tribunal que estarán relacionados con las materias del programa que figura como Anexo I en estas bases, y con las funciones profesionales a desempeñar, y será leído por las personas aspirantes ante el Tribunal. El Tribunal podrá realizar consultas al aspirante, relacionadas con la prueba descrita, y se valorará la capacidad de análisis, el conocimiento de la realidad municipal, la sistemática del planteamiento y conclusiones, la aplicación razonada de los conocimientos teóricos y el conocimiento de la normativa aplicable a la resolución del supuesto práctico planteado. El tiempo para la realización de este ejercicio será de 90 minutos. La puntuación máxima del ejercicio será de 10 puntos siendo necesario obtener un mínimo de 5 puntos para superarlo. La puntuación se hallará calculando la media aritmética de las puntuaciones otorgadas por cada uno de los miembros del Tribunal.

Una vez superados los ejercicios, la calificación final de esta fase de oposición será la resultante de sumar las puntuaciones obtenidas en los dos ejercicios.

7. Relación de aprobados, acreditación de requisitos exigidos y formalización de contrato.—Concluidas las pruebas, se elevará al órgano competente propuesta de candidato para la formalización del contrato, que en ningún caso podrá exceder del número de plazas convocadas. Cualquier propuesta de aprobados que contravenga lo anteriormente establecido será nula de pleno derecho.

El órgano competente procederá a la formalización del contrato previa acreditación de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la convocatoria.

Formalizado el contrato se deberá comunicar a la oficina pública de empleo que corresponda, en el plazo de los diez días siguientes a su concertación; asimismo, se deberá informar a la representación legal de los trabajadores, mediante entrega de una copia básica del contrato celebrado.

Téngase en cuenta que hasta que se formalice el mismo y se incorpore al puesto de trabajo correspondiente, los aspirantes no tendrán derecho a percepción económica alguna.

8. Constitución de Bolsa de Empleo.—Se constituirá una Bolsa de Empleo con las personas que superen el proceso de selección y no resulten contratadas, a fin de que pueda ser utilizada en futuros llamamientos que pudieran resultar necesarios para cubrir vacantes temporalmente debidas a bajas por enfermedad, maternidad, etc. La Bolsa será ordenada según la puntuación obtenida.

9. Incidencias.—Las presentes bases y convocatoria podrán ser impugnadas de conformidad con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Asimismo, la Jurisdicción competente para resolver las controversias en relación con los efectos y resolución del contrato laboral será la Jurisdicción Social.

Contra la convocatoria y sus bases, que agotan la vía administrativa, se podrá interponer por los interesados recurso de reposición en el plazo de un mes ante la Presidencia de esta Mancomunidad 2016 previo al contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Madrid o, a su elección, el que corresponda a su domicilio, a partir del día siguiente al de publicación de su anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID (artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).

Contra los actos del Tribunal podrá interponerse recurso de alzada ante el Presidente de la Mancomunidad 2016 en el plazo de un mes, a partir del día siguiente al de la publicación del correspondiente Acuerdo del Tribunal.

En lo no previsto en las bases, será de aplicación del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado aprobado por el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo; el Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de Administración Local; el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local aprobado por el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril; la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local; y el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre.

ANEXO

Materias comunes

Tema 1. La Constitución española de 1978. Principios generales. Estructura y contenido. Derechos y Deberes fundamentales. La Organización territorial del Estado en la Constitución. Las Comunidades Autónomas: los Estatutos de Autonomía.

Tema 2. La Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora Bases de Régimen Local. El municipio: territorio y población. Competencias y organización.

Tema 3. La Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Tema 4. La Administración electrónica: rasgos definitorios y regulación de la Ley 39/2015.

La sede electrónica. El derecho de los ciudadanos a relacionarse con la Administración por medios electrónicos.

Tema 5. A Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales: principios generales. Derechos del interesado.

Tema 6. El personal al servicio de la Administración Pública según el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 20 de octubre.

Materias específicas

Tema 1. Política social y Estado de Bienestar. El Sistema Público de Servicios Sociales. Marco normativo, principios, objetivos, niveles de actuación y áreas de competencia.

Tema 2. La política social en el marco de la Unión Europea. Planes y estrategias de lucha contra la pobreza y exclusión social. Políticas europeas para la inclusión social activa.

Tema 3. El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones. Prestaciones actuales del sistema de Seguridad Social. Prestaciones contributivas y no contributivas.

Tema 4. El Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030. El Instituto de Mayores y Servicios Sociales (IMSERSO): competencias y recursos.

Tema 5. El Plan Concertado para el desarrollo de las prestaciones básicas en los Servicios Sociales de Atención Primaria. Fundamentos, catálogo de prestaciones y cooperación entre la Administración Estatal, Autonómica y Local.

Tema 6. La Ley 11/2003, de 27 de marzo, de Servicios Sociales en la Comunidad de Madrid.

Tema 7. Consejería de Familia, Juventud y Política Social: estructura orgánica y competencias, funciones y recursos.

Tema 8. Los Servicios Sociales de Atención Primaria. Concepto, tipos y características. Competencias municipales.

Tema 9. Los Servicios Sociales Especializados. Concepto, tipos y características. Colaboración de los Servicios de Atención Primaria en la prestación de los Servicios Sociales Especializados.

Tema 10. Estructura, organización y funcionamiento de los Servicios Sociales en la Mancomunidad 2016. El Centro de Servicios Sociales.

Tema 11. Detección, análisis y evaluación de necesidades sociales. Necesidades y de-mandas más relevantes en la Mancomunidad 2016.

Tema 12. Planificación Social. La programación en Servicios Sociales.

Tema 13. La intervención social a nivel individual y familiar. Modelos de intervención en Trabajo Social. Planteamientos metodológicos actuales del Trabajo Social.

Tema 14. Trabajo social comunitario: Modelos y técnicas de trabajo con redes comunitarias.

Tema 15. La Evaluación en los Servicios Sociales. Metodología e instrumentos para la evaluación.

Tema 16. Técnicas e instrumentos en Trabajo Social. La entrevista. El contrato. El Informe Social.

Tema 17. Sistema de Información de Usuarios de Servicios Sociales (SIUSS).

Tema 18. Fundamentos, principios y funciones básicas del trabajo social. Código deontológico del trabajador social.

Tema 19. Atención a la Dependencia: Legislación estatal y autonómica. Definición. Grados de Dependencia. Baremo de Valoración de la Dependencia. El catálogo de servicios destinado a las personas en situación de dependencia. Competencias y actuaciones a nivel local.

Tema 20. Personas con diversidad funcional. Tipología de necesidades. Legislación. Recursos sociales de atención a personas con diversidad funcional.

Tema 21. Personas mayores. Legislación. Recursos sociales de atención al sector: centros, prestaciones y servicios para personas mayores a nivel estatal, autonómico y local. El Servicio de Ayuda a Domicilio y Teleasistencia.

Tema 22. La familia. Tipologías de familias. Familias multi problemáticas. Modelos de intervención familiar. Marco legislativo. Políticas de apoyo a la familia. Programas atención social a la familia en la Mancomunidad 2016.

Tema 23. La protección social de los menores. Marco institucional y legislativo del sistema de protección a la infancia. Medidas de protección. Intervención desde la Atención Social Primaria y su relación con otras áreas.

Tema 24. El trabajo social en el Sistema Educativo. Escolarización e integración de menores con necesidades educativas especiales. Composición y funciones de los Equipos de Orientación Educativa y Psicopedagógica. Absentismo escolar. Programa marco de prevención y atención del absentismo escolar en la Comunidad de Madrid.

Tema 25. La violencia. Violencia de género y familiar. Legislación estatal y autonómica contra la violencia de género. Recursos de atención autonómicos y municipales de atención a la violencia de género.

Tema 26. La exclusión social. Personas en grave riesgo de exclusión social. Personassin hogar. Tipología de necesidades. Intervención social e itinerarios de inserción. Recursos de atención social.

Tema 27. Renta Mínima de Inserción de la Comunidad de Madrid.

Tema 28. Drogodependencias y otras adicciones. Prevención. Recursos de atención.

Tema 29. Personas con enfermedad mental. Recursos de atención.

Tema 30. Personas adultas en situación de desamparo. Legislación. Protección jurídica: la tutela y curatela.

Tema 31. Atención social a personas inmigrantes y refugiadas. Reagrupación familiar y arraigo social.

Tema 32. Intervención de los Servicios sociales en situaciones de urgencia y emergencia social. El papel del trabajador social.

Se podrá consultar el texto íntegro de las bases en la sede electrónica de la Mancomunidad 2016. Dichas bases permanecerán publicadas hasta que finalicen los procesos de selección. Los sucesivos anuncios de esta convocatoria se publicarán en la sede electrónica de la Mancomunidad.

En Fuente el Saz de Jarama, a 29 de noviembre de 2022.—El presidente de la Mancomunidad 2016, Miguel Ángel Medranda Rivas.

(03/23.364/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.30: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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