Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 296

Fecha del Boletín 
13-12-2022

Sección 3.10.30: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20221213-94

Páginas: 5


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

MANCOMUNIDAD 2016

OFERTAS DE EMPLEO

94
Mancomunidad 2016. Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo

Habiéndose aprobado por la Junta de Gobierno Local de esta Mancomunidad 2016, de fecha 24 de noviembre de 2022, las bases y convocatoria para cubrir una plaza de trabajadora social con funciones de coordinación de la Mancomunidad 2016, por el sistema de oposición, promoción interna horizontal, se abre el plazo de presentación de solicitudes, que será de veinte días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Las bases reguladoras que regirán la convocatoria son las siguientes:

BASES Y CONVOCATORIA PARA CUBRIR POR EL SISTEMA DE OPOSICIÓN POR PROMOCIÓN INTERNA HORIZONTAL DE UNA PLAZA DE PERSONAL LABORAL FIJO, CON CATEGORÍA DE TRABAJADORA SOCIAL CON FUNCIONES DE COORDINACIÓN, EN LA MANCOMUNIDAD 2016

1. Objeto de la convocatoria

El objeto de provisión, por oposición, promoción interna horizontal del siguiente puesto en esta Mancomunidad.

Denominación: Trabajadora Social con funciones de coordinación.

2. Modalidad y características del contrato

La modalidad del contrato es personal laboral fijo, regulada en el artículo 11 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.

El carácter del contrato será fijo y en régimen de dedicación a tiempo completo.

Las condiciones serán las establecidas el Convenio Colectivo de la Mancomunidad y en su defecto en la legislación laboral aplicable.

De conformidad con el artículo 27 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, las retribuciones del personal laboral se determinarán de acuerdo con la legislación laboral, el convenio colectivo que sea aplicable y el contrato de trabajo, respetando en todo caso lo establecido en el artículo 21 del mismo.

La plaza descrita se encuentra adscrita a los Servicios Técnicos de la Mancomunidad, dependiendo orgánica y funcionalmente de la Dirección de la Mancomunidad.

Las funciones a desempeñar serán las siguientes:

1. Seguimiento, control y coordinación de los servicios y proyectos de la Mancomunidad, tanto propios como de aquellos que tenga externalizados y que estén a su cargo.

2. Responsabilizarse de la existencia, cumplimentación y uso correcto de soportes documentales técnicos y administrativos y de recabar la información necesaria para el análisis del funcionamiento de los programas y de la intervención desarrollada.

3. Apoyo documental e informativo a Dirección en relación con el estado de ejecución y resultados de los distintos servicios/programas de la Mancomunidad o de entidades en los que esta intervenga.

4. Elevar propuestas a Apoyo Técnico para la elaboración de programas y proyectos.

5. Responsabilizándose de la correcta aplicación de los protocolos establecidos y ordenanzas reguladoras de prestaciones.

6. Ejercicio de las funciones de Trabajador Social, en su caso.

7. En general, cualesquiera otras tareas afines a la categoría del puesto y semejantes a las anteriormente descritas, que le sean encomendadas por sus superiores jerárquicos y resulten necesarias por razones del servicio.

3. Requisitos de las personas aspirantes

Para ser admitido/a para la realización de las pruebas selectivas las personas aspirantes deberán reunir en la fecha de terminación del plazo de presentación de solicitudes los siguientes requisitos:

— Ser personal laboral fijo de la Mancomunidad 2016 y tener al menos, una antigüedad de dos años de servicio activo.

— Estar en posesión de la diplomatura o grado universitario en Trabajo Social.

— Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas propias del cuerpo al que se pretende acceder.

— Ser español/a, nacional de uno de los estados miembros de la Unión Europea o persona de otra nacionalidad a la que se apliquen los Tratados celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, para la aplicación de libre circulación de trabajadores, o cualquier extranjero con residencia legal en España en los mismos términos que el artículo 57 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la ley del Estatuto Básico del Empleado Público; en este caso, tendrá que acreditar documentalmente el conocimiento del idioma español.

— Tener cumplidos dieciséis años de edad y no haber alcanzado la edad de jubilación forzosa.

— No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño del puesto de trabajo.

— Estar en posesión del permiso de conducir clase B y disponer de vehículo propio.

— No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas por sentencia firme.

— No estar incurso en incompatibilidad prevista en el Ley 53/1984 y Real Decreto 598/1985.

4. Solicitudes y documentación

Las solicitudes para tomar parte en el proceso selectivo se ajustarán al modelo oficial y serán facilitadas gratuitamente en el Registro General de la Mancomunidad 2016, también podrán descargarse en el tablón de anuncios de la sede electrónica de la Mancomunidad.

En la solicitud se hará constar que se cumplen todos y cada uno de los requisitos de la convocatoria, adjuntando a la misma fotocopia o copia escaneada de la siguiente documentación:

— Documento Nacional de Identidad. En el caso de ser extranjero, fotocopia del pasaporte o Número de Identificación de Extranjeros, aportando en este último caso certificado de residencia y de trabajo.

— Permiso de conducir clase B.

— Fotocopia de los títulos académicos exigidos anteriormente para participar en la convocatoria, o de estar en condiciones de obtenerlos a la fecha de terminación del plazo de presentación de solicitudes.

A efectos del cumplimiento de los artículos 6 y 8 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, los datos contenidos en la solicitud serán objeto de tratamiento automatizado por la administración de la Mancomunidad para el desarrollo de proceso selectivo, siendo su cumplimentación obligatoria para la admisión a las pruebas selectivas.

5. Plazo de presentación

El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días naturales contados a partir del siguiente a la publicación del anuncio de las presentes bases y la convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la inadmisión del aspirante al proceso selectivo.

6. Lugar de presentación

Las personas interesadas presentarán la solicitud debidamente cumplimentada, en el Registro General de la Mancomunidad 2016, de lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas.

También podrán presentarse en los registros de la Administración General del Estado, de las Comunidades Autónomas, y en todas aquellas oficinas de registro que establecen las disposiciones vigentes y mediante las demás formas previstas en la legislación vigente de aplicación.

7. Admisión de aspirantes

Terminado el plazo de presentación de instancias establecido en esta convocatoria, el Departamento de Administración propondrá a las Presidencia de la Mancomunidad la lista provisional de admitidos y excluidos con objeto de que apruebe, en su caso, la referida lista. Esta se publicará en el tablón de anuncios de la Mancomunidad y en el tablón de anuncios de la sede electrónica https://mancomunidad2016.sedelectronica.es

En el caso de haber aspirantes excluidos con defectos subsanables, se concederá un plazo de 10 días naturales para la presentación de reclamaciones, tal y como establece el artículo 73 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (en adelante, LPACAP).

Resueltas las reclamaciones presentadas por los aspirantes provisionalmente excluidos, el Departamento de Administración elevará al órgano correspondiente la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos, y se dictará resolución al efecto, haciéndose pública para el general conocimiento en el tablón de anuncios y en la página web de la Mancomunidad.

De igual manera el resto de las publicaciones y notificaciones del proceso selectivo se realizarán en el tablón de anuncios y en la sede electrónica de la Mancomunidad 2016.

8. Tribunal de selección

El tribunal de selección será colegiado y su composición deberá ajustarse a los principios de imparcialidad y profesionalidad de sus miembros, y se tenderá, asimismo, a la paridad entre mujer y hombre.

No podrán formar parte de los órganos de selección, el personal de elección o designación política, los funcionarios interinos y el personal eventual.

La pertenencia a los órganos de selección será siempre a título individual, no pudiendo ostentarse esta en representación o por cuenta de nadie.

Mediante Resolución de la Presidencia, se designarán los miembros del tribunal de selección que incluirá la de los respectivos suplentes, a quienes será de aplicación las mismas prescripciones que a los titulares, se notificará a sus miembros y se publicará en el tablón de anuncios de la Mancomunidad y en la sede electrónica de la misma.

El tribunal calificador estará compuesto por los siguientes miembros:

a) Presidente/a: Un/a entre el personal laboral fijo con titulación o especialización igual o superior a las exigidas para el acceso a esta plaza.

b) Vocales: Dos vocales designados por la Junta de Gobierno Local de la Mancomunidad, de entre el personal laboral fijo con titulación o especialización igual o superior a las exigidas para el acceso a esta plaza, al menos, perteneciente a la plantilla de la Mancomunidad.

c) Secretario/a: De la Mancomunidad con voz pero sin voto.

El tribunal quedará válidamente constituido con la asistencia de al menos la mitad más uno de sus miembros, debiendo asistir necesariamente el presidente/a y secretaria o sus suplentes.

Los miembros del tribunal de selección deberán abstenerse de formar parte del mismo cuando concurran las circunstancias previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (en adelante, LRJSP).

Los aspirantes podrán recusar a los miembros del tribunal cuando juzguen que concurren en ellos alguna o varias de las circunstancias señaladas en la presente base, siguiéndose para ello el procedimiento establecido en el artículo 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público.

El tribunal queda autorizado para resolver cuantas cuestiones y dudas se presenten y tomar los acuerdos necesarios para el buen orden de la selección.

9. Sistema de selección

El procedimiento de selección consistirá en la valoración de un supuesto práctico adecuado al puesto convocado. Se llevará a cabo en dos momentos:

— Presentación de proyecto de coordinación: el órgano de selección instará a los aspirantes a que presenten un proyecto relacionado con las funciones propias de la plaza, así como la metodología y recursos para llevarlo a cabo. El proyecto se presentará en formato A4, tendrá una extensión máxima de 15 hojas escritas en Word, a una cara, en letra arial 12. Se establecerán las medidas necesarias para garantizar el anonimato de las candidatas.

— Exposición oral: el órgano de selección dará a conocer la fecha de entrevista, donde los aspirantes procederán a la defensa ante el tribunal del proyecto en un tiempo máximo de una hora. El tribunal calificador podrá preguntar sobre lo expuesto y cualquier aspecto relacionado con las funciones y características del puesto convocado.

Se valorará la capacidad, claridad expositiva, suficiencia y aplicación de los conocimientos de la persona aspirante a la resolución de los problemas prácticos planteados para valorar su preparación en relación al puesto de trabajo a desempeñar.

Esta prueba se calificará de 0 a 10 puntos. El lugar, fecha y hora de la realización de la entrevista se publicará en el tablón de anuncios y en la sede electrónica de la Mancomunidad.

10. Lista de aprobados y propuesta del tribunal

Una vez finalizado el proceso selectivo, el tribunal de selección publicará la lista de calificaciones finales, que será expuesta en el tablón de anuncios de la sede electrónica de la Mancomunidad, en función de la mayor puntuación obtenida, resultando seleccionada el aspirante que obtenga la mayor puntuación.

No se podrá declarar superado el proceso selectivo a un número de aspirantes superior al de plazas convocadas.

11. Nombramiento

El Presidente de la Mancomunidad nombrará al aspirante propuesto, en el plazo de diez días.

12. Normativa que rige el proceso selectivo. supletoriedad e impugnación

Este proceso selectivo se ajustará a lo establecido en la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local; el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público; la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y demás normativa vigente en esta materia, así como las presentes bases y criterios de selección de esta convocatoria.

Las presentes bases y convocatoria podrán ser impugnadas de conformidad con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Contra la convocatoria y sus bases, que agotan la vía administrativa, se podrá interponer por los interesados recurso de reposición en el plazo de un mes ante la Mancomunidad, previo al contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Madrid o, a su elección, el que corresponda a su domicilio, si este radica en lugar diferente. El plazo se contará a partir del día siguiente al de publicación de su anuncio en el Tablón de Anuncios de la Mancomunidad (art. 30 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y art. 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).

En lo no previsto en las bases, será de aplicación el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, y el resto de normativa concordante.

13. Protección de datos de carácter personal

En base al consentimiento prestado del interesado, la Mancomunidad 2016, trata la información de carácter personal que nos facilita para su participación en la convocatoria selectiva para cubrir por el sistema de Concurso de Méritos por promoción interna, una plaza de personal laboral fijo, con categoría de coordinador/a.

Los datos proporcionados se conservarán hasta una vez finalizado el proceso selectivo y adjudicada la plaza a fin de cumplir con la finalidad perseguida, durante los años necesarios para cumplir con las obligaciones legales o hasta que se retire el consentimiento expreso por parte del interesado de querer participar en el proceso de selección de la plaza ofertada.

Los datos no se cederán a terceros salvo en los casos en los que exista una obligación legal o usted nos preste su consentimiento.

El interesado tendrá derecho a obtener confirmación sobre si en la Mancomunidad 2016, se están tratando sus datos personales, acceder a los mismos, rectificar aquellos que son inexactos o solicitar su supresión cuando ya no sean necesarios, así como ejercer sus derechos de oposición y de limitación de tratamiento, en los casos previstos en la normativa enviando un correo electrónico a serviciossociales@mancomunidd2016.org

Para el ejercicio de los derechos, cualquier solicitud relacionada con los datos personales facilitados o consulta relativa a nuestra Política de Protección de Datos, diríjase a la dirección indicada o envíe un correo electrónico a nuestro Delegado de Protección de Datos ( dpo.cliente@conversia.es ), indicando su nombre, apellidos, fotocopia del DNI, derecho que desea solicitar, contenido de su petición e indicar un domicilio a efecto de notificaciones.

En Fuente el Saz de Jarama, a 29 de noviembre de 2022.—El presidente de la Mancomunidad 2016, Miguel Ángel Medranda Rivas.

(03/23.373/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.30: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20221213-94