Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 298

Fecha del Boletín 
15-12-2022

Sección 1.3.34.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20221215-51

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE

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ORDEN 2207/2022, de 2 de diciembre, de la Consejería de Cultura Turismo y Deporte, por la que se revocan o minoran determinadas ayudas concedidas mediante la Orden 977/2022, de 20 de junio, de la Consejera de Cultura, Turismo y Deporte, a municipios de la Comunidad de Madrid o sus entes deportivos municipales por la organización o participación en actividades del deporte infantil en la temporada 2020-2021.

Mediante la Orden 348/2022, de 17 de marzo, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, se aprueba la convocatoria de ayudas a los municipios de la Comunidad de Madrid o sus entes deportivos municipales por la organización o participación en actividades del deporte infantil en la temporada 2020-2021.

Por Orden 977/2022, de 20 de junio, de la Consejera de Cultura, Turismo y Deporte, se conceden dichas ayudas a municipios de la Comunidad de Madrid o sus entes deportivos municipales, de acuerdo con la Orden 348/2022, de 17 de marzo, anteriormente citada.

El apartado octavo, “Pago, plazo y forma de justificación”, de la Orden 348/2022, de 17 de marzo, señala los requisitos que han de cumplir las entidades beneficiarias antes de proceder al pago de las cuantías concedidas. Por otro lado, el artículo 10, “Justificación para el pago de la subvención” de la Orden 1660/2017, de 11 de mayo, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, por la que se establecen las bases reguladoras de estas ayudas, especifica la documentación justificativa que debe presentarse.

Examinadas las justificaciones presentadas, se ha observado el incumplimiento de determinados requisitos por parte de las entidades que se relacionan.

En su virtud, y en ejercicio de las atribuciones que me han sido conferidas por la legislación vigente, y en particular por el artículo 7 de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid,

DISPONGO

Primero

Revocación del importe de las subvenciones concedidas

Revocar el importe de la subvención de 1.450,82 euros concedida al Ayuntamiento de Arganda del Rey, por no haber presentado la justificación en el plazo establecido por la Orden 977/2022.

Revocar el importe de la subvención de 9.932,50 euros concedida al Ayuntamiento de Colmenarejo, por no haber presentado la justificación en el plazo establecido por la Orden 977/2022.

Revocar el importe de la subvención de 288,63 euros al Ayuntamiento de Valdemorillo, por no haber presentado la documentación para la justificación de la ayuda de acuerdo con lo establecido en el apartado primero de la Orden 977/2022, en el artículo 10 de la Orden 1660/2017, de 17 de mayo.

Segundo

Minoración del importe de las subvenciones concedidas

Minorar en 1.492,16 euros el importe de la subvención concedida al Ayuntamiento de Venturada, por justificar válidamente un importe de 7.265,89 euros, de los 8.758,05 euros concedidos.

DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA

Eficacia y medios de impugnación

El presente acto producirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, y contra el mismo, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de reposición ante el propio órgano que lo ha dictado en el plazo de un mes o, directamente, el recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad de Madrid, en el plazo de dos meses, contados, en ambos casos, desde el siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 2 de diciembre de 2022.—La Consejera de Cultura, Turismo y Deporte, P. D. C. (Orden 1389/2021, de 16 de noviembre; BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 29 de noviembre de 2021), el Director General de Deportes, Fernando Benzo Sainz.

(03/23.766/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.34.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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