Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 299

Fecha del Boletín 
16-12-2022

Sección 3.10.20R: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20221216-96

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE RIVAS-VACIAMADRID

OFERTAS DE EMPLEO

96
Rivas-Vaciamadrid. Ofertas de empleo. Oferta empleo público

Corrección error en OEP 2019 y OEP extraordinaria de estabilización, aprobado por decreto del concejal-delegado de Organización y Función Pública del Ayuntamiento de Rivas-Vaciamadrid, número 2920/2022, de 14 de diciembre.

Advertido error en la oferta de empleo público de 2019 y en la OEP extraordinaria de estabilización de la Ley 20/2021, del Ayuntamiento de Rivas-Vaciamadrid, publicadas el 18 de mayo de 2022 en el número de BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID 117:

OEP 2019. Donde dice:

“Clasificación: escala de Administración Especial, subescala Servicios Especiales, clase Cometidos Especiales. Grupo A, Subgrupo A2. Número de vacantes: una. Denominación: técnico/a Gestión Educativa. Código de plantilla: 1322274”.

OEP 2019. Debe decir:

“Clasificación: escala de Administración Especial, subescala Servicios Especiales, clase Cometidos Especiales. Grupo A. Subgrupo A2. Número de vacantes: una. Denominación: técnico/a Gestión Educativa. Código de plantilla: 1322274. (Reservada por discapacidad)”.

OEP extraordinaria de estabilización. Donde dice:

“Clasificación: escala de Administración General, Subescala Auxiliar. Grupo C. Subgrupo C2. Número de vacantes: cinco. Denominación: auxiliar administrativo/a. Código de plantilla: 124032, 124033, 124040, 124047, 124077”.

OEP extraordinaria de estabilización. Debe decir:

Clasificación: escala de Administración General, Subescala Auxiliar. Grupo C. Subgrupo C2. Número de vacantes: cinco. Denominación: auxiliar administrativo/a. Código de plantilla: 124032, 124033, 124040, 124047, 124077. (Una plaza reservada por discapacidad).

En el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece que: “Las Administraciones Públicas podrán, asimismo, rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos”.

Rivas-Vaciamadrid, a 14 de diciembre de 2022.—El coordinador de área y concejal-delegado, José Manuel Castro Fernández.

(03/24.294/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20R: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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