Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 301

Fecha del Boletín 
19-12-2022

Sección 3.10.30: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20221219-117

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

MANCOMUNIDAD INTERMUNICIPAL DE SERVICIOS SOCIALES DEL ESTE DE MADRID (MISSEM)

OFERTAS DE EMPLEO

117
Mancomunidad Intermunicipal de Servicios Sociales del Este de Madrid (MISSEM). Ofertas de empleo. Proceso selectivo

Resolución de Presidencia, de 1 de diciembre de 2022, de la Mancomunidad Intermunicipal de Servicios Sociales del Este de Madrid (MISSEM) por la que se resuelve la publicación de la relación de aprobados para cubrir la plaza de Coordinador de Servicios Sociales, en régimen de interinidad, mediante promoción interna, por el sistema de concurso de méritos.

Habiendo concluido el procedimiento para la cubrir por promoción interna mediante concurso de méritos en régimen de interinidad la siguiente plaza, en esta Mancomunidad:

— Denominación de la plaza: Coordinador de Servicios Sociales.

— Régimen: interinidad.

— Unidad/Área: Servicios Sociales.

— Titulación exigible: licenciado universitario o equivalente.

— Sistema selectivo: concurso de méritos.

— Número de vacantes: 1.

Se publica para su general conocimiento la relación de candidato propuesto, que es la siguiente:

Atendiendo a la anterior lista, única candidata se propone el nombramiento a favor de la persona antedicha.

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo ante el presidente, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Madrid o, a su elección, el que corresponda a su domicilio, si éste radica en otro lugar, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer Vd. cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.

Madrid, a 1 de diciembre de 2022.—El presidente, Jorge González Martínez.

(02/23.513/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.30: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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