Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 301

Fecha del Boletín 
19-12-2022

Sección 4.50.1.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20221219-122

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

122
Madrid. Secretaría de Gobierno. Propuesta Listados de peritos judiciales para el año 2023

SECRETARÍA DE GOBIERNO

Don Sebastián Lastra Liendo, Secretario de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, con sede en Madrid.

CERTIFICO: Que en Pleno de la Sala de Gobierno de este Tribunal Superior de Justicia de Madrid en sesión celebrada el 12 de diciembre de 2022 ha adoptado el siguiente acuerdo:

6. DOS. TSJ. Presidencia. - PRESENTACIÓN LISTADOS PERITOS DPER AÑO 2023. PROPUESTA.

Se da cuenta de la propuesta de la Presidencia del Tribunal Superior de Justicia de apertura del proceso de presentación de los listados de peritos para la aplicación de designación de peritos DPER en el año 2023.

LA SALA DE GOBIERNO POR UNANIMIDAD ACUERDA: Asumir la propuesta de la Presidencia de este Tribunal para la apertura del proceso de presentación de los listados de peritos de la aplicación DPER para el año 2023 del siguiente tenor literal:

“De conformidad con lo establecido en el art. 160.3 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, por esta Presidencia se eleva, a la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, la siguiente Propuesta de Acuerdo:

Con la finalidad de dar cumplimiento a lo establecido en el art. 341.1 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, para la remisión de los listados de los colegiados y asociados dispuestos a actuar como peritos, en el año 2023, en los juzgados y tribunales del territorio sobre los que el Tribunal Superior de Justicia de Madrid extiende su jurisdicción, los Colegios Profesionales y entidades análogas correspondientes deberán recabar las instrucciones y forma de presentación de dichos listados a través de la dirección de correo electrónico: tsj.peritos@madrid.org

Se recuerda a los Colegios y Asociaciones que podrán incluir en los referidos listados a aquellos colegiados y asociados que tengan acreditados los conocimientos en la subespecialidad que interesan inscribirse mediante las titulaciones correspondientes.

Asimismo, deberán verificar que las diferentes sociedades anónimas, limitadas y otras entidades que soliciten su inclusión a través de Colegios y Asociaciones, contemplen en sus estatutos la facultad de ejercer como peritos.

Se recuerda a los Colegios, Asociaciones, así como a sus colegiados, asociados y sociedades, que la inscripción en una subespecialidad del catálogo de especialidades sin la titulación oportuna puede derivar en exigencias de responsabilidades civiles, penales y/o administrativas.

Dichos listados serán dirigidos hasta el día 20 de enero del 2023 y serán cargados en la aplicación DPER conforme a las instrucciones facilitadas a través de la dirección de correo electrónico tsj.peritos@madrid.org

El orden de llamamiento para el ejercicio de la función de perito seguirá el de prelación establecido en el artículo 341.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Publíquese este acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID”.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de alzada ante el Pleno del Consejo General del Poder Judicial y, en su caso, recurso de revisión, en los plazos, formas y por los motivos que establece la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Conforme a lo que establece el artículo 14.1 del Reglamento 1/2000, de 26 de julio, de los Órganos de Gobierno de Tribunales, contra los actos de las Salas de Gobierno, constituidas en pleno o en comisión, podrá interponerse recurso de alzada ante el Pleno del Consejo General del Poder Judicial y, en su caso, recurso de revisión, en los plazos, formas y por los motivos que establece la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, disponiendo el artículo 122.1 de la citada Ley 39/2015, que el plazo para la interposición del recurso de alzada será de un mes, si el acto fuera expreso.

Y para que conste extiendo la presente en Madrid a día 12 de diciembre del 2022.

EL SECRETARIO DE GOBIERNO

Fdo.: Sebastián Lastra Liendo

(03/24.187/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.50.1.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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