Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 302

Fecha del Boletín 
20-12-2022

Sección 3.10.20F: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20221220-73

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE FRESNO DE TOROTE

OFERTAS DE EMPLEO

73
Fresno de Torote. Ofertas de empleo. Bases procesos selectivos

Mediante resolución rectificativa de Alcaldía de 15 de diciembre del 2022, se dejan sin efecto las resoluciones de Alcaldía 1203 y 1204 de fecha 9 de diciembre de 2022 al tratarse de procesos selectivos ordinarios no sujetos a estabilización.

“Resolución de Alcaldía:

Visto el informe de secretaría intervención, donde se advierte, entre otras cuestiones, que los procesos selectivos por oposición libre no se incluyen en los procesos de estabilización de personal temporal.

Vista la existencia de errores materiales en las resoluciones de esta alcaldía, de 9 de diciembre de 2022, por la que se aprobaban las bases y convocatoria por oposición libre de dos plazas de auxiliar administrativo y una plaza de profesor de actividades extraescolares.

Advertido que dicha resolución inicial, errónea en cuanto a que incorpora plazas que no se corresponden, y visto además que las Administraciones Públicas podrán, asimismo, rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho, o aritméticos existentes en sus actos, según dispone el artículo 109, apartado 2, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, he resuelto:

Primero.—Dejar sin efecto las resoluciones de esta alcaldía número 1203 y 1204, de 9 de diciembre de 2022, en lo relativo a la aprobación de bases y convocatoria por oposición de los siguientes puestos de trabajo:

Segundo.—Publicar la presente resolución rectificativa tanto en el tablón de anuncios de la sede electrónica https://fresnodetorote.es como en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID”.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo ante la Alcaldía, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio.

Todo ello sin perjuicio de que se pueda interponer cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.

En Fresno de Torote, a 16 de diciembre de 2022.—La alcaldesa-presidenta, Ana Isabel Arias López.

(03/24.558/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20F: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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