Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 303

Fecha del Boletín 
21-12-2022

Sección 3.10.20H: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20221221-102

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE HOYO DE MANZANARES

RÉGIMEN ECONÓMICO

102
Hoyo de Manzanares. Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones

Extracto: bases y convocatoria para participar en el Desfile de Carrozas de Reyes Magos 2023.

BDNS (Identif.): 662416

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones ( https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/662416 ).

Inscripción previa para participar en el Desfile de Carrozas de la Cabalgata de Reyes 2023.

Inscripciones desde el lunes 12 de diciembre de 2022 hasta el martes 3 de enero de 2020 a las 13:00 horas.

Entrega por:

— Ventanilla en el Registro del Ayuntamiento.

— Registro Electrónico: https://hoyodemanzanares.sedelectronica.es / Instancia General / Tramitación electrónica;

— Correo electrónico a centrodecultura@hoyodemanzanares.es . En este último caso, la solicitud sólo podrá realizarse hasta el jueves 22 de diciembre de 2022 hasta las 13:00 horas.

El desfile se realizará exclusivamente en Hoyo de Manzanares el día 5 de enero, y las carrozas deberán presentarse a las 18:00 horas.

El importe total de la subvención/ayuda es de un máximo de 7.200 euros, a repartir entre el número final de carrozas participantes debidamente inscritas, y que cumplan lo estipulado en estas bases, así como los requisitos recogidos en la Ley General de Subvenciones (artículo 13), entre ellos, estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o frente a la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, y del pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.

El número máximo de carroza participantes se establece en nueve. Si se reciben más de nueve inscripciones, la subvención será destinada a las nueve primeras carrozas inscritas.

La retribución por participar en el desfile se cobrará con posterioridad a la cabalgata, una vez se compruebe la participación en la misma, se reciba la justificación de los gastos para la configuración de las carrozas y para los disfraces de los participantes, y dicha justificación sea comprobada por la administración.

Las carrozas beneficiarias de esta subvención tendrán que presentar los documentos acreditativos de los gastos realizados para el material directamente relacionado con la elaboración de la carroza y disfraces de los participantes, que justifiquen la cuantía a percibir en concepto de subvención. La justificación correspondiente a esos gastos deberá realizarse con facturas (no se admitirán tiques), válidamente emitidas, con fecha y concepto, que deberán ir a nombre de una asociación/peña (con CIF), entidad, o persona física representante de la carroza según ficha de inscripción, con el CIF/NIF correspondiente, y que acrediten los gastos relativos a elaboración de la carroza y disfraces de los participantes. Las facturas deberán recoger información suficiente para determinar el material empleado en la elaboración de la carroza y confección de los disfraces, así como reunir los requisitos mínimos exigidos por la normativa vigente sobre obligaciones de facturación. Dichas facturas y la relación mencionada serán presentadas en el registro del Ayuntamiento.

En el caso de personas físicas, el Ayuntamiento emitirá, a solicitud del demandante, el debido certificado para que, de cara a hacienda, quede reflejado el gasto, y, de esa manera, la subvención no repercuta fiscalmente en el interesado.

Recorrido de la Cabalgata: salida de la plaza Ruiz Giménez, paso por la avenida de La Paloma y plaza de La Caldereta. Recepción de SS. MM. en la plaza Mayor.

Hoyo de Manzanares, a 30 de noviembre de 2022.—El concejal de Cultura, Festejos y Patrimonio Cultural, Bernardo Martínez de Albornoz Dechamps.

(03/24.165/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20H: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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