Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 309

Fecha del Boletín 
28-12-2022

Sección 3.10.20B: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20221228-62

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE BOADILLA DEL MONTE

RÉGIMEN ECONÓMICO

62
Boadilla del Monte. Régimen económico. Ordenanza fiscal impuesto bienes inmuebles

En sesión ordinaria celebrada con fecha 23 de diciembre de 2022, el Pleno de este Ayuntamiento adoptó acuerdo de aprobación definitiva de la modificación de la Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto sobre Bienes Inmuebles, procediéndose a la publicación del mismo, todo ello en virtud de lo ordenado en el artículo 17.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, insertando a continuación el texto íntegro de la modificación aprobada:

MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES

Uno.—Se modifica el primer párrafo del punto 6 del artículo 4, que pasa a tener la siguiente redacción:

“6. En virtud de lo previsto en el artículo 74.5 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se aplicará una bonificación del 45 por 100 de la cuota íntegra del impuesto para los bienes inmuebles de naturaleza urbana de uso residencial en los que se hayan instalado sistemas para el aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía proveniente del sol para autoconsumo, siempre que representen un suministro de energía mínimo del 40 por 100 del total del consumo energético del inmueble”.

DISPOSICIÓN FINAL

La presente modificación de la “Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto sobre Bienes Inmuebles” entrará en vigor el día 1 de enero de 2023, previa publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 19.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, contra el referido acuerdo las personas legitimadas podrán interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a su publicación.

Así lo manda y firma.

Boadilla del Monte, a 23 de diciembre de 2022.—El primer teniente de alcalde-delegado del Área de Gobierno de Economía y Hacienda, Urbanismo, Infraestructuras y Obras, Nuevas Tecnologías y Patrimonio Histórico, Francisco Javier González Menéndez.

(03/25.359/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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