Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 309

Fecha del Boletín 
28-12-2022

Sección 3.10.20G: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20221228-78

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE GRIÑÓN

RÉGIMEN ECONÓMICO

78
Griñón. Régimen económico. Precio público

La Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Griñón, en sesión extraordinaria celebrada el día 19 de diciembre de 2022, previo dictamen de la Comisión Informativa Especial de Cuentas y Permanente de Economía y Hacienda, adoptó un acuerdo cuyo tenor literal es el que sigue:

“La Junta de Gobierno Local por unanimidad de los concejales asistentes (Sres. Casillas Catalán, Amor Núñez, Rodríguez Martín, Pereda Navarro y Ruiz Martínez), acuerda:

1. Que sea apreciada la concurrencia de razones sociales y de interés público que permitan que el precio público fijado no cubra la totalidad del coste que supondrá la organización de la citada fiesta de fin de año.

2. Fijar el precio público para la citada fiesta en las siguientes tarifas:

— Entrada adultos (660): 35 euros.

— Entrada menores (300): 20 euros.

— Ropero (960): 1 euros.

Contra el presente acuerdo que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer el siguiente recurso:

Recurso de Reposición ante el mismo órgano que dictó el acuerdo, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación del presente acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Contra la desestimación expresa o presunta del recurso de reposición, cabrá recurso contencioso administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso Administrativo de Madrid en los plazos que a tal efecto señala el artículo 46 de la Ley 29/1998, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa”.

Lo que se hace público para general conocimiento y a los efectos indicados.

En Griñón, a 23 de diciembre de 2022.—El alcalde-presidente, José María Porras Agenjo.

(01/25.396/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20G: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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